Que, con Resolución No. 2015-566-CsG-PN de junio 17 del 2015, el H. Consejo de Generales de la Policía Nacional, resuelve calificar IDONEOS, para ascender al grado de GENERAL DE DISTRITO, de conformidad con los artículos 76, 84 y 89 literal c) de la Ley de Personal de la Policía Nacional, en concordancia con el artículo 37 inciso cuarto del Reglamento de Evaluación para el ascenso de los Oficiales de la Policía Nacional, a los señores Coroneles de Policía de E.M. VILLEGAS UBILLUS NELSON HUMBERTO, BARRERA JARAMILLO EDISON VICENTE y GALLARDO BEDON EDISON EDUARDO, pertenecientes a la Cuadragésima Séptima Promoción de Oficiales de Línea;
Que, la Ley de Personal de la Policía Nacional, establece “Art. 76.- El ascenso constituye un derecho del personal policial para pasar al grado inmediato superior, previo cumplimiento de los requisitos establecidos en esta Ley y el Reglamento.”
Que, la Ley Reformatoria a la Ley de Personal de la Policía Nacional, en su Art 1, sustituye el Art, 22, por el siguiente: “Art 22.- Los grados Oficiales Generales y el grado Oficial Superior de Coronel de Policía, se otorgarán por Decreto Ejecutivo;…”;
Que, el señor Ministro del Interior, previo el pedido del señor Comandante General de la Policía Nacional, que consta en Oficio No. 2015-566-CsG-PN del 17 de junio del 2015, solicita se expida el correspondiente Decreto Ejecutivo, conforme lo resuelto por el H, Consejo de Generales de la Policía Nacional;
En ejercicio de las atribuciones conferidas por el Art. 147 numeral 5 de la Constitución de la República,