Que el artículo 41 de la Ley de Personal de las Fuerzas Armadas dispone: “Los agregados militares a las embajadas, adjuntos y ayudantes, así como delegados militares ante
organismos internacionales, serán nombrados por el Ejecutivo, a solicitud del Ministro de Defensa Nacional, previo pedido de los comandantes generales de Fuerza respectivos, a través del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas.”;
Que el Consejo de Oficiales Generales de la Fuerza Área, en sesión ordinaria de fecha 18 de junio de 2013 ha resuelto seleccionar al señor CRNL. EMT. AVC. VÍCTOR LEONIDAS AGUIRRE CABRERA, para que desempeñe las funciones de Agregado de Defensa, de conformidad con lo que estipula el artículo 38 letra d) de la Ley Orgánica de la Defensa Nacional;
Que el Consejo de Oficiales Generales de la Fuerza Área, mediante resolución No. 003-EE-1 O-2015 de fecha 27 de mayo de 2015, seleccionó al citado señor Oficial, para que desempeñe las funciones de Agregado de Defensa en la Embajada del Ecuador en la República de la India;
Que con Oficio No. FA-EI.3h-D-2015-1772-O de 17 de junio de 2015, el señor Comandante General de la Fuerza Área, remite al Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, el trámite mediante el cual solicita se nombre al señor CRNL. EMT. AVC. VÍCTOR LEONIDAS AGUIRRE CABRERA, para que desempeñe las funciones de Agregado de Defensa en la Embajada del Ecuador en la República de la India con sede en la ciudad de Nueva Delhi;
Que con Oficio Nro. 15-G-1-a1-235 de 24 de junio de
2015, el señor Jefe del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, remite al señor Ministro de Defensa Nacional, el expediente para el nombramiento del señor CRNL. EMT. AVC. VÍCTOR LEONIDAS AGUIRRE CABRERA, para que desempeñe las funciones de Agregado de Defensa en la Embajada del Ecuador en la República de la India, con sede en la ciudad de Nueva Delhi, del 15 de octubre de 2015 hasta el 14 de octubre de 2017. Reemplaza al señor CRNL. EM. AVC. GUERRA SARMIENTO TIRSO FABIÁN, cuyo periodo de gestión concluye el 14 de octubre de 2015; y,
En ejercicio de las atribuciones conferidas en la Constitución de la República del Ecuador; en concordancia con el artículo 41 de la Ley de Personal de las Fuerzas Armadas y a solicitud del señor Ministro de Defensa Nacional, previo pedido de la Comandancia General de la Fuerza Área, a través del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas;