Decreto 788 Deróguese el Decreto Ejecutivo Nro. 1206 de 26 de junio de 2012, publicado en el Registro Ofi cial 745 de 13 de julio de 2012

No. 788

Rafael Correa Delgado

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA

Decreta:

Artículo 1.- Deróguese el Decreto Ejecutivo Nro. 1206 de 26 de junio de 2012, publicado en el Registro Oficial 745 de 13 de julio de 2012.

DISPOSICIONES TRANSITORIAS PRIMERA.- Todos los archivos físicos, magnéticos e informativos, así como la documentación en general de las validaciones realizadas por el Ministerio de Desarrollo Urbano y Vivienda, deberán ser entregados al Servicio de Gestión Inmobiliaria del Sector Público, INMOBILIAR, para conocimiento, constancia y seguimiento de los procesos iniciados y que se encuentren pendientes, información que será migrada en un plazo de 30 días contados a partir de la vigencia del presente Decreto Ejecutivo.

DISPOSICION FINAL.- El presente Decreto Ejecutivo entrará en vigencia a parir de su publicación en el Registro Oficial.

Jueves 24 de Septiembre de 2015