Dictamen 043-10-DTI-CC Dictamínase la inconstitucionalidad de las disposiciones en los art.VI, numeral 2, literales a, b y c; VII y X del Tratado entre Ecuador y los EE.UU.

Quito, D. M., 25 de noviembre del 2010
DICTAMEN N.º 043-10-DTI-CC CASO N.º 0013-10-TI LA CORTE CONSTITUCIONAL, para el período de transición Juez Constitucional Ponente: Dr. Patricio Pazmiño Freire

DICTAMEN

1. La denuncia del “Tratado entre la República del Ecuador y los Estados Unidos de América sobre promoción y protección recíproca de inversiones”, suscrito por el Estado ecuatoriano el 27 de agosto de 1993, requiere aprobación previa por parte de la Asamblea Nacional, por encontrarse dentro de los casos que establece el artículo 419, numeral 6 de la Constitución de la República.

2. Dictamina la inconstitucionalidad de las disposiciones contenidas en los artículos: VI, numeral 2, literales a, b y c; VII y X del “Tratado entre la República del Ecuador y los Estados Unidos de América sobre promoción y protección recíproca de inversiones”.

3. Notifíquese, publíquese y cúmplase.

Miércoles 5 de Enero de 2011