Ley Orgánica Reformatoria al Mandato Constituyente No. 10

EL PLENO
DE LA ASAMBLEA NACIONAL

LEY ORGANICA REFORMATORIA AL MANDATO CONSTITUYENTE No. 10

Artículo Único.- Sustitúyase el artículo 2 del Mandato Constituyente No. 10 por el siguiente:

“Art. 2.- Inicio de la Portabilidad Numérica.- El proceso para permitir la portabilidad numérica en los servicios móviles de telecomunicaciones, se iniciará a partir de la vigencia del presente mandato y su implementación se realizará hasta el 12 de octubre del 2009.”.

Disposición Final.- La presente Ley Orgánica entrará en vigencia a partir de su promulgación en el Registro Oficial.

Martes 1 de Septiembre de 2009