EL PLENO
DE LA ASAMBLEA NACIONAL
LEY ORGANICA REFORMATORIA AL MANDATO CONSTITUYENTE No. 10
Artículo Único.- Sustitúyase el artículo 2 del Mandato Constituyente No. 10 por el siguiente:
“Art. 2.- Inicio de la Portabilidad Numérica.- El proceso para permitir la portabilidad numérica en los servicios móviles de telecomunicaciones, se iniciará a partir de la vigencia del presente mandato y su implementación se realizará hasta el 12 de octubre del 2009.”.
Disposición Final.- La presente Ley Orgánica entrará en vigencia a partir de su promulgación en el Registro Oficial.
Oficio No. T.4586- SGJ-09-2193
Quito, 24 de septiembre del 2009
Señor licenciado
Luis Femando Badillo Guerrero
DIRECTOR DEL REGISTRO OFICIAL, Encargado
En su despacho.-
De mi consideración:
Luego de la respectiva aprobación por parte de la Asamblea Nacional, y de conformidad con lo que disponen los artículos 137 de la Constitución de la República, y 63 de la Ley Orgánica de la Función Legislativa, remito a usted la
“LEY ORGANICA REFORMATORIA AL MANDATO
CONSTITUYENTE No. 10”, debidamente sancionada, en original y en copia certificada, así como el certificado de discusión, para su correspondiente publicación en el Registro Oficial.
Luego de la respectiva publicación, le agradeceré que se sirva remitir el ejemplar original a la Comisión Legislativa y de Fiscalización para los fines pertinentes.
Atentamente,
f.) Dr. Alexix Mera Giler, Secretario General Jurídico de la Presidencia de la República.
CERTIFICACION
En mi calidad de Secretario General de la Asamblea Nacional, certifico que el proyecto de LEY ORGANICA
REFORMATORIA AL MANDATO CONSTITUYENTE
No. 10, fue discutido y aprobado en las siguientes fechas:
PRIMER DEBATE: 30-jul-2009
(Comisión Legislativa y de Fiscalización).
SEGUNDO DEBATE: 01-sep-2009
Quito, 1 de septiembre del 2009.
f.) Dr. Francisco Vergara O., Secretario General de la Asamblea Nacional.
Palacio Nacional, en San Francisco de Quito, Distrito Metropolitano de Quito, a veintitrés de septiembre del dos mil nueve.
Sanciónase y promúlgase.
f.) Rafael Correa Delgado, Presidente Constitucional de la República.
Es fiel copia del original.- Lo certifico.
Quito, 24 de septiembre del 2009.
f.) Ab. Oscar Pico Solórzano, Subsecretario General de la Administración Pública.
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