Acuerdo 11/2015 Modifíquese el Acuerdo No. 053/2013 de 02 de agosto del 2013

No. 11/2015
Roberto Yerovi De La Calle
EL DIRECTOR GENERAL DE AVIACIÓN CIVIL

Acuerda:

ARTÍCULO 1.- MODIFICAR la cláusula TERCERA del ARTÍCULO 1 del Acuerdo No. 025/2013, de 15 de abril del 2013, modificado con Acuerdo No. 053/2013, de 02 de agosto del 2013, por la siguiente:

TERCERA: Aeronaves a utilizar: “La aerolínea” utilizará en el servicio, equipo de vuelo consistente en aeronaves MD-11; Boeing B-777-200; Boeing B-777-300 y Boeing B-787-9.

La operación de las aeronaves que se autorizan por medio del presente instrumento, estarán sujetas a las limitaciones técnicas y operacionales, fijadas por la Dirección General de Aviación Civil. Cualquier cambio, sustitución o remplazo del equipo de vuelo, se podrá realizar previa autorización expresa de la autoridad aeronáutica.

La aerolínea KLM COMPAÑÍA REAL HOLANDESA DE AVIACIÓN, deberá entregar la información estadística, sobre el tráfico movilizado en cumplimiento a la Resolución No. 032/2015, de 23 de enero del 2015.

ARTÍCULO 2.- Salvo lo dispuesto en el artículo precedente,025/2013, de 15 de abril del 2013 y No. 053/2013, de 02 de agosto del 2013, se mantienen vigentes y sin ninguna modificación.

ARTICULO 3.- Del cumplimiento del presente Acuerdo, encárguese a la Dirección General de Aviación Civil, a través de los respectivos procesos institucionales.

Martes 2 de Junio de 2015