Acuerdo DM-2015-074 Desígnense integrantes del Jurado Calificador para el “Concurso Nacional de Festivales de las Artes 2015 - 2016”, a varios especialistas

No. DM-2015-074
Guillaume Long, Ph.D. 
MINISTRO DE CULTURA Y PATRIMONIO

Acuerda:

Artículo 1.- Designar como integrantes del Jurado Calificador para el “Concurso Nacional de Festivales de las Artes 2015 - 2016”, a los siguientes especialistas:

Nombres y Apellidos

Nacionalidad

Cédula de ciudadanía / Pasaporte

Categoría

Eduardo Martín Peña Vázquez

Ecuatoriana

0103784260

Artes Escénicas y Performance

Víctor Hugo Gallegos Flores

Ecuatoriana

1700068032

Héctor Tomás Garzón González

Ecuatoriana

0908970114

Giovanni Salvatore Bayas Aguiar

Ecuatoriana

0930419361

Artes Literarias y Narrativas

Edgar Allan García Rivadeneira

Ecuatoriana

0800523110

María Fernanda Campos Proaño

Ecuatoriana

0930022249

Leonardo Arturo Cárdenas Palacios

Ecuatoriana

1102068358

Artes Musicales y Sonoras

César Augusto Bustos Cabezas

Ecuatoriana

1710048081

Carlos Andrés Albán Jaramillo

Ecuatoriana

1710263896

María Ozcoidi Moreno

Española

1755139233

 

Inter-multi y transdisciplinaria

Pablo Esteban Iturralde Moncayo

Ecuatoriana

1707195465

Jaime Antonio Núñez del Arco Wagner

Ecuatoriana

0910366095

Kattya Alexandra Cazar Almache

Ecuatoriana

0102132693

 

Plásticas y Visuales

Pedro José Cagigal Guayasamin

Ecuatoriana

1715920854

Medardo Xavier Blum Pinto

Ecuatoriana

0905328100

El Jurado Calificador realizará su labor, en estricto apego a lo establecido en las bases técnicas de la Convocatoria para el “Concurso Nacional de Festivales de las Artes 2015 - 2016”, expedidas mediante Acuerdo Ministerial No. DM-2015-059 de 10 de junio de 2015.

Art. 2.- Cada integrante del Jurado Calificador, por los servicios prestados percibirá la cantidad de mil quinientos dólares de los Estados Unidos de América con 00/100 (USD. 1.500,00), más el IVA, una vez entregado el veredicto final, previo informe de la Subsecretaría de Artes y Creatividad, para lo cual se elaborarán los instrumentos correspondientes. El Ministerio de Cultura y Patrimonio actuará como agente de retención, de conformidad a la Ley.

Art. 3.- Encargar al titular de la Subsecretaría Técnica de Artes y Creatividad, la ejecución de este Acuerdo Ministerial.

Art. 4.- Este Acuerdo Ministerial entrará en vigencia a partir de su suscripción sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.

Miércoles 8 de Julio de 2015