Que, mediante Decreto Ejecutivo No. 475 de 9 de julio de
2007, publicado en el Registro Oficial No. 132 de 23 de julio de 2007, se escindió el Ministerio de Energía y Minas, en los Ministerios de Minas y Petróleos y de Electricidad y Energía Renovable;
Que, el artículo 5 del precitado Decreto Ejecutivo No. 475 manifiesta: “Las facultades y deberes que correspondan al Ministerio de Energía y Minas ante cualquier organismo del Estado o entidad pública o privada, para asuntos relacionados con electricidad y energía renovable, así como las delegaciones ante directorios, comités, comisiones, cuerpos colegiados, corresponden a partir de la expedición del presente decreto ejecutivo al Ministerio de Electricidad y Energía Renovable”;
Que, el numeral 1 del artículo 154 de la Constitución de la República del Ecuador preceptúa: “A las ministras y ministros de Estado, además de las atribuciones establecidas en la ley, les corresponde: 1. Ejercer la rectoría de las políticas públicas del área a su cargo y expedir los acuerdos y resoluciones administrativas que requiera su gestión”;
Que, el artículo 17 del Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva establece: “Los Ministros de Estado, dentro de la esfera de su competencia, podrá delegar sus atribuciones y deberes al funcionario inferior jerárquico de sus respectivos Ministerios, cuando
se ausenten en comisión de servicios al exterior o cuando lo estimen conveniente, siempre y cuando las delegaciones que concedan no afecten a la buena marcha del Despacho Ministerial, todo ello sin perjuicio de las funciones, atribuciones y obligaciones que de acuerdo con las leyes y reglamentos tenga el funcionario delegado”;
Que, mediante Decreto Ejecutivo No. 638 de 31 de enero de 2011, publicado en el Registro Oficial No. 384 de 14 de febrero de 2011, el señor Presidente Constitucional de la República nombró al señor doctor Esteban Albornoz Vintimilla como Ministro de Electricidad y Energía Renovable;
Que, mediante Decreto Ejecutivo No. 2 de 24 de mayo de
2013, el señor Presidente Constitucional de la República, ratificó los nombramientos y designaciones conferidas a todos los Ministros, Secretarios, Delegados ante los diferentes cuerpos colegiados de las diversas entidades públicas, autoridades militares y de policía, y demás funcionarios cuya designación se haya dispuesto mediante Decreto Ejecutivo;
Que, con Solicitud de Viaje al Exterior Nro. 46278 de 31 de agosto de 2015, autorizada por parte del Ministerio Coordinador de Sectores Estratégicos y remitida de manera electrónica a la Secretaría Nacional de la Administración Pública, con la finalidad de que se realice el trámite correspondiente para la obtención de la autorización de viaje a la ciudad de Santiago, Chile.
Que, mediante Acuerdo No. 1384 de 1 de septiembre de
2015, la Secretaría Nacional de la Administración Pública, autorizó el viaje y declara en comisión de servicios al doctor Esteban Albornoz Vintimilla, Ministro de Electricidad y Energía Renovable, desde el 3 al 5 de septiembre de 2015, para su desplazamiento a la ciudad de Santiago, Chile.
Que, el doctor Esteban Albornoz Vintimilla, Ministro de Electricidad y Energía Renovable, se ausentará del país por lo que requiere encargar la dirección de esta Cartera de Estado;
En ejercicio de las facultades que le confieren los artículos
154 numeral 1) de la Constitución de la República del Ecuador, el artículo 35 de la Ley de Modernización del Estado, Privatizaciones y Prestaciones de Servicios Públicos por parte de la Iniciativa Privada, en concordancia con los artículos 17 y 55 del Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva,