EL ILUSTRE CONCEJO CANTONAL DEL CANTON LOMAS DE SARGENTILLO
Expide:
LA ORDENANZA DE CREACION DE LA UNIDAD DE GESTIÓN DE RIESGOS (UGR) DEL GOBIERNO AUTONOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DEL CANTÓN LOMAS DE SARGENTILLO, PROVINCIA DEL GUAYAS.
Capítulo I
DE SU NATURALEZA Y FINES
Art. 1.- Ámbito de la ordenanza.- Los preceptos de esta ordenanza regulan las acciones y actividades en términos generales, en los siguientes campos: servicios públicos, obras públicas, higiene, salubridad, ambiente, planificación, régimen constructivo público y privado, ordenamiento territorial etc. sin perjuicio de cumplir todos los demás lineamientos compatibles con la naturaleza de la Gestión de Riesgos.
Los ámbitos enumerados no tendrán carácter taxativo sino, meramente enumerativo y se podrán incluir cuantos campos sean congruentes con la respectiva materia y no especificados de modo expreso en esta ordenanza.
El Gobierno Municipal, conforme a la Ley reglamentará e incluirá los temas o componentes que sean factibles y necesarios incorporar en las ordenanzas municipales, la variable de gestión de riegos, con el objetivo de estructurar un mecanismo de control y prevención de riesgos, así como diseñará proyectos desde este enfoque.
Art. 2.- Constitución.- Créase como instancia técnica, asesora y dependiente del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del Cantón Lomas de Sargentillo, la Unidad de Gestión de Riesgos (UGR), sus atribuciones y competencias son las establecidas expresamente en esta ordenanza y otras leyes que sin contraponerse a la naturaleza fines de esta instancia le otorguen nuevas responsabilidades, con jurisdicción y competencia en el cantón.
Art. 3.- La Unidad de Gestión de Riesgos tendrá el carácter de permanente, por lo que su incorporación en el Orgánico estructural y Funcional y en el Presupuesto Municipal es inmediata.
Art. 4.- Articular las funciones técnicas de la Unidad de Gestión de Riesgos con las funciones operativas de la Sala Situacional del COE (Comité de Operaciones Emergente) Cantonal y Provincial y los organismos adjuntos que lo conforman, como las mesas técnicas de trabajo.
Capítulo II
ÁMBITO Y COMPETENCIA
Art. 5.- Para el desarrollo de su gestión, la URG organizará sus actividades a partir de las seis áreas de la Gestión de Riesgos:
a) Análisis de riesgo, la URG se orientará especialmente a identificar naturaleza, extensión, intensidad magnitud de la amenaza, determinara la existencia y grado de vulnerabilidad; a identificar las medidas y recursos disponibles, construir escenarios de riesgos probables, determinar niveles aceptables de riesgos así como consideraciones costo-beneficio: a fijar prioridades en cuanto a tiempos y no a movimientos de recursos, diseñar sistemas de administración efectivos y apropiados para implementar y controlar los procesos antes enumerados (Sistema Preventivo).
b) Reducción de los efectos de riesgo, las actividades de la UGR estarán dirigidas a eliminar el riesgo o a reducir sus efectos, mediante medidas estructurales y no estructurales en un esfuerzo claro y explícito.
c) Manejo de desastres, la UGR aplicará diferentes acciones (educativas, informativas, prácticas sociales, estructurales, operativas, etc.) para preparar a la ciudadanía del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del cantón Lomas de Sargentillo ante el impacto de probables eventos adversos.
d) Recuperación, la UGR recomendará, orientará y aplicará diferentes acciones para el restablecimiento de las condiciones normales de vida de la comunidad afectada por un desastre, con enfoque sostenible. Se considerará aspectos como rehabilitación, reconstrucción, prevención, mitigación y preparación, para no continuar la exposición de la comunidad al riesgo.
e) Transferencia de riesgo, la UGR diseñará y propondrá instrumentos financieros a la Alcaldía de Lomas de Sargentillo y por su intermedio al Comité.
f) Regulación de uso de suelo, la UGR cumplirá con la aplicación de las políticas de prevención de riesgo utilizando para aquello la documentación técnica de las direcciones de Gestión Ambiental, Planificación y Catastro. Así se garantiza que las viviendas se construyan en zonas seguras.
CAPITULO III
ESTRUCTURA DE LA UNIDAD DE GESTION DE RIESGOS
Art. 6.- La Unidad de Gestión de Riesgos estará representada por un Coordinador o una Coordinadora, que conozca a cabalidad de la temática de Gestión de Riesgos, Coordinador o Coordinadora que será responsable de la gestión técnica y administrativa, coordinará con otras dependencias municipales y con otras instituciones vinculadas con la Gestión de Riesgos, para el desarrollo de las actividades.
Art. 7.- La Coordinación de Gestión de Riesgos mantendrá la estructura básica prevista en esta Ordenanza y según las necesidades y condiciones presupuestarias se implementarán las secciones y el personal correspondiente.
Art. 8.- Para el cumplimiento de sus funciones y sin perjuicio de ampliar su capacidad administrativa y operativa la UGR se compondrá del siguiente personal:
1) Coordinador o una Coordinadora de la Unidad, será un o una profesional con experiencia comprobada en Gestión de Riesgos. Presentará la acreditación académica que garantice sus capacidades para atender con solvencia la Unidad. Se requerirá mínimo título universitario de tercer nivel en ramas afines al cargo o a su vez certificaciones de talleres dictados por la Secretaría de Gestión de Riesgos (como mínimo 80 horas de capacitación) o afines a este.
2) Un Supervisor (a) de Seguridad en Gestión de Riesgos o con experiencia en Gestión de Riesgos, con título universitario, mínimo de tercer nivel afines al cargo o certificaciones de talleres dictados por la Secretaría de Gestión de Riesgos (como mínimo 80 horas de capacitación) o afines a este.
3) Un Asistente de Apoyo con título universitario de tercer nivel afín al cargo
4) Un Jefe de Sala Situacional con experiencia en gestión de Riesgos, con título universitario mínimo de tercer nivel de Psicólogo afines al cargo a su vez certificaciones de talleres dictados por la Secretaría de Gestión de Riesgos (como mínimo 80 horas de capacitación) o afines a este.
5) Otro personal de acuerdo a los requerimientos de la
Unidad.
Art. 9.- En correspondencia a la naturaleza técnica operativa y científica de la UGR, la designación de sus funcionarios se realizará considerando experiencia y perfil profesional de los (las) aspirantes, relacionados con su ámbito de competencia.
Art. 10.- Objetivos.- La Unidad de Gestión de Riesgos (UGR), tiene por objetivo establecer políticas y acciones administrativas tendientes a lograr un desarrollo cantonal físico, cultural y ambientalmente seguro para el desarrollo productivo, social y económico a través de la implantación y ejecución de planes, programas y proyectos sustentables, que apunten a mejorar la producción; y las condiciones de vida de la población basados en un enfoque sustentable y de participación social.
Los principales objetivos de la Unidad de Gestión de
Riesgos son los siguientes:
a) Fortalecer el liderazgo y la autonomía, en lo relativo a la gestión de riegos.
b) Integrar a las diferentes instituciones que de una u otra manera se encuentran ligadas a la gestión de riesgos.
c) Optimizar los recursos humanos y los equipamientos existentes en las distintas instituciones, organizaciones privadas, organizaciones no Gubernamentales (ONG) y comunitarias, para efectuar labores de prevención, monitoreo y control de áreas vulnerables, sea por efectos naturales y/o antrópicos.
d) Evaluar y categorizar los problemas y necesidades de la población en materia en gestión de riesgos, a fin de coordinar acciones que permitan la aplicación de soluciones adecuadas.
e) Vigilar que todos los proyectos cuenten de manera oportuna y adecuada con el informe de la UGR, sin perjuicio de lo previsto en las normas relativas a la contratación pública.
f) Incorporar la variable de gestión de riesgos en la planificación territorial cantonal.
g) Coordinar con los departamentos municipales para comprometer la cooperación de estos para que sus funciones se desarrollen y se cumplan eficazmente.
h) Informar de forma oportuna a las Sala Situacional para coordinar las ayudas con las demás instituciones del estado.
Art. 11.- Funciones del Coordinador de la UGR:
1) Coordinar, supervisar y verificar la ejecución de todas las actividades de capacitación en mitigación, prevención, reducción de riesgos y respuesta ante eventos adversos en las diferentes comunidades del cantón Lomas de Sargentillo.
2) Analizar y validar los proyectos con enfoque de gestión de riesgos realizados desde la UGR conjuntamente con los demás técnicos relacionados del municipio; la autoridad cantonal gestionará la asignación de recursos internos y externos que vayan en beneficio de programas para la reducción de riesgos.
3) Proporcionar asesoramiento técnico, administrativo y operativo a las entidades y organismos locales en materia de Gestión de Riesgos.
4) Promover la actualización y generación de nuevas normativas y reglamentos sobre materia de gestión de riegos.
5) Coordinar acciones con las distintas instituciones, organizaciones privadas, organizaciones no gubernamentales (ONG) y comunitarias, para que sus aportes tiendan a lograr una ciudad y un cantón auto sostenible y sustentables en materia de gestión de riesgos.
6) En coordinación con los organismos técnicos pertinentes, disponer la realización de labores de diagnóstico, prevención, monitoreo, mapeo georeferenciado y control en materia de gestión de riesgos.
7) Promover la investigación, educación, capacitación y la difusión de temas de gestión y la actualización de mapas de riesgos del cantón a manejar.
8) Promover la actualización, generación y aplicación de nuevas normativas y reglamentos sobre materia de gestión de riesgos, así como su aplicación y monitoreo en todas las actividades de servicios públicos, obras públicas, higiene, salubridad, ambiente, planificación, régimen constructivo público y privado, frontera agrícola, ordenamiento territorial, etc.
9) Velar por el cumplimiento y aplicación de la política y estrategia nacional en gestión de riesgos dentro de su jurisdicción.
10) Proporcionar y fomentar la autogestión comunitaria, con énfasis en la implementación de proyectos y de servicios dentro de un marco de gestión de riesgos adecuado.
11) Promover y propiciar la suscripción de convenios interinstitucionales con organismos nacionales, universidades y organismos extranjeros para la consecución de proyectos de investigación y cooperación.
12) Desarrollar acciones que contribuyan a lograr el fortalecimiento organizado de la comunidad y a mejorar su capacidad en materia de gestión de riesgos.
13) Proporcionar apoyo legal y técnico a las entidades y organismos locales en materia de gestión de riesgos.
14) Crear instancias de coordinación y participación interinstitucional que coadyuven a alcanzar los objetivos de la unidad y el desarrollo de la comunidad.
15) Organizar las secciones o áreas que fueren necesarias para implementar los planes, programas y proyectos en materia de gestión de riesgos.
16) Recopilar y generar información de gestión de riegos del cantón, que permita realizar una gestión efectiva.
17) Reducir la vulnerabilidad de los habitantes del cantón, ante amenazas y peligros de carácter natural y/o antrópico.
18) Constituirse en un eje transversal que sea tomado en cuenta al momento de la toma de decisiones por parte de las autoridades municipales.
19) Levantar mapas de riesgo producto de un análisis de peligros y de vulnerabilidad cantonal y socializarlos a la comunidad en conjunto
20) Crear un sistema de información Georeferenciado, actualizado permanentemente y con énfasis basado en la gestión de riesgos.
21) Diseñar planes de contingencia integrales y fortalecer la Sala Situacional Cantonal, Mesas Técnicas de Trabajo, respectivos COE y Junta Parroquiales, ante posibles eventualidades que se presenten a corto, mediano y largo plazo que se deban afrontar en el Cantón.
22) Coordinar la ejecución intra e interinstitucional de los planes de contingencia elaborados.
23) Trabajar siempre con un enfoque solidario con miras a formar una red cantonal de atención de emergencias y prevención de riesgos.
24) Impulsar la participación ciudadana y el consenso a la hora de diseñar intervenciones no emergentes.
25) Coordinar acciones e informar todo lo relacionado a Gestión de Riesgos con la Sala Situacional del Cantón Lomas de Sargentillo.
26) Coordinar las intervenciones a ejecutar en casos de emergencia, con apoyo de las instituciones de socorro que se requiera a nivel cantonal, provincial y nacional.
27) Prestar asistencia técnica a la Sala Situacional, Supervisor de Seguridad, a todos los miembros de esta unidad, al COE Cantonal y las Mesas Técnicas de Trabajo de acuerdo al Manual de Gestión de Riesgos.
28) Analizar y sistematizar toda la información relacionada a la gestión de riesgos.
29) Reportar el avance y seguimiento de proyectos relacionado con la emergencia.
30) Crear el plan de contingencia de reducción de riesgos institucional.
31) Autorizar y aprobar los certificados de cumplimiento de los planes de contingencia de todo evento de aglomeración de personas sean estos, bailes públicos, discotecas, circos, juegos mecánicos (carruseles), eventos deportivos etc., se reserva el derecho de asistir al evento para verificar si el plan presentado está siendo cumplido, y de existir peligro para los asistentes informará y coordinará con los organismos competentes para que se suspenda el evento.
Al no cumplir con el Plan de contingencia, así tenga los permisos respectivos de las demás dependencias que autoricen la realización del evento, el coordinador de UGR, notificará la clausura del evento.
Las personas que conformen las diferentes brigadas en el plan de contingencia deben poseer obligatoriamente certificados de capacitaciones otorgadas y avalada por los diferentes organismos de socorro.
Toda la documentación requerida se le deberá presentar con 20 días mínimos de anticipación. Para el respectivo análisis y la entrega de la autorización se la realizará 3 días calendarios después de recibida la totalidad de la documentación.
Requisitos para el plan de contingencia:
a. Permiso avalado por el comisario municipal.
b. Certificado y permiso del Cuerpo de Bomberos.
c. Certificado de disponibilidad del MSP para atender emergencias en caso de un evento.
d. Contrato de una empresa privada de seguridad.
e. Certificado de colegio eléctrico y mecánicos
(carruseles y circos).
f. Permiso del comisario municipal.
g. Planos estructurales, de evacuación y georeferenciado.
h. Después de haber cumplido con todos los requisitos, el usuario pagará una tasa del 10% SBU y se le emitirá el certificado de cumplimiento.
i. Las instituciones sean públicas o privadas sin fines de lucro se le exonerará de este impuesto.
32) Emisión de certificado en los asentamientos de planes de viviendas para personas particulares o públicas en base al informe de la Dirección de planificación del GAD, previa solicitud en especie valorada municipal, dirigida al Coordinador de Gestión de Riesgos.
33) Por ningún motivo se autorizarán ni se regularizarán asentamientos humanos, en zonas de riesgo y en general en zonas en las cuales se pone en peligro la integridad o la vida de las personas. El incumplimiento de esta disposición será causal de remoción inmediata de la autoridad que ha concedido la autorización o que no ha tomado las medidas de prevención necesarias para evitar los asentamientos, sin perjuicio de las acciones penales que se lleguen a determinar. Los gobiernos autónomos descentralizados municipales, deberán expedir las ordenanzas que establezcan los parámetros y las zonas dentro de las cuales no se procederá con la autorización ni regularización de asentamientos humanos.
34) Participar activamente en la coordinación de la respuesta del Gobierno Municipal ante la concurrencia de un evento adverso.
35) Elaborar programas y proyectos de reducción del riesgo con participación ciudadana (comité de gestión de riesgos comunitarios), encaminados a prevenir mitigar los riesgos locales existentes; gestionar proyectos para la reducción del riesgo, manejo de información disponible del clima, manejo del evento adverso; la recuperación, con instituciones pública, privadas, agencias de cooperación y diferentes sectores de la sociedad, que contribuyan a fortalecer los procesos de desarrollo sostenible a nivel local.
36) Las demás que considere determine la autoridad municipal y que se enmarque en el enfoque de la gestión de riesgos.
Art. 12.- Los principios generales que orientan la política de Gestión de Riesgos son:
a) Protección a la ciudadanía en su diversidad cultural y étnica.
b) Prevención los probables sobre vida y bienes de la ciudadanía.
c) Coordinación con las direcciones del Gobierno Municipal y con instituciones y organizaciones de igual o parecida finalidad.
d) La Participación Ciudadana será eje fundamental en la aplicación de la prevención, mitigación, reducción y control del riesgo.
e) Motivará la solidaridad entre los habitantes del cantón en la finalidad de esta ordenanza.
f) Favorecerá la equidad social en la atención a las personas durante emergencias o desastres.
DE LA JERAQUIA, ESTRUCTURA Y CONFORMACION DE LA UNIDAD DE GESTION DE RIESGO.
Art. 13.- Del Gobierno y Administración.- La Unidad de Gestión de Riesgos (UGR), es un organismo dotado de autoridad administrativa, sujeto a las disposiciones establecidas en el COOTAD, Manual del Comité de Gestión de Riesgos, la Ordenanza de su Creación, los reglamentos que se expidan para su aplicación, las regulaciones que dicte el nivel asesor y las demás que le sean aplicables.
Su dependencia y nivel jerárquico estará determinado en el orgánico Funcional del GAD Municipal del Cantón Lomas de Sargentillo y su respectivo Orgánico Estructural.
Art. 14.- Del Coordinador.- El Coordinador de Gestión de Riesgos (UGR), constituye el máximo nivel administrativo de la misma, quien como titular del organismo lo representa en sus competencias y atribuciones administrativas, de acuerdo a lo dispuesto por la presente Ordenanza y demás Ordenanzas Municipales que le otorgaren atribuciones propias, correspondiéndole la gestión técnica y administrativa.
El Coordinador de Gestión de Riesgos, será un funcionario de carrera de conformidad con lo establecido en la Ley. El perfil del Coordinador de Gestión de Riesgos deberá ser el de un profesional con título académico de tercer o cuarto nivel y con conocimientos y experiencia en áreas de gestión de riesgos, o a su vez certificaciones de talleres dictados por la Secretaría de Gestión de Riesgos (como mínimo 80 horas de capacitación) o afines a este.
El Alcalde, de conformidad con la ley procederá a nombrar al personal técnico requerido y propenderá a su capacitación de acuerdo a los fines y objetivos de la UGR.
Art. 15.- Del Jefe de sala Situacional.
1) Funcionará como una red integrada de comunicación con contactos y redes interinstitucional que faciliten el flujo de la información de fuentes técnicas y la validación de la información diaria relativa a los eventos adversos y su evolución.
2) Registra, valida, analiza y alimenta el sistema con la información sobre eventos adversos y situaciones de emergencia, para facilitar la toma de decisiones por parte de la SGR y de la UGRGADMCLS.
3) Usará la cartografía disponible para registrar y sistematizar la información relacionada con los numerales 1, 2 precedentes y con las agendas y planes de reducción de riesgos, sus metas y avances.
Art. 16.- En el caso de una emergencia declarada todos los departamentos y jefaturas municipales deberán brindar el soporte necesario para que los planes de contingencia y las acciones diseñadas por la UGR sean ejecutados de manera óptima, sin que esto signifique dejar desatendidas las demás.
Art. 17.- Son funciones de los Supervisores de Seguridad de la UGR.
a) Organizar campañas de difusión, educación, sensibilización, dirigidas a los diversos sectores sociales del cantón a fin de promover la autoprotección ante eventos adversos y generar una actitud positiva de respaldo frente a las acciones de gestión de riesgos de los actores locales.
b) Realizar las diligencias de inspección, reconocimiento y evaluación que le sean encomendadas por el coordinador de la UGR y/o que se hallen previstas en el programa de inspecciones de la UGR.
c) Ejecutar el programa de capacitación comunitaria para la reducción de prevención y del riesgo; así como la preparación ante posibles eventos adversos, para ello deberán realizarlo de manera participativa con los habitantes de las zonas vulnerables.
d) Apoyar a la UGR en tareas de carácter administrativo que se requieran para el eficiente despacho de los trámites a cargo de la misma.
e) Contribuir a la actualización del Mapa de Riesgos, mediante insumos, recolección de datos en el campo.
f) Realizar las observaciones de campo para la emisión de informes aprobatorios de legalización de tierras.
g) Las demás responsabilidades que le asignen las normas municipales y la UGR.
Art. 18.- Son funciones del Asistente de Apoyo:
1. Mantener un archivo de la información referente a las actividades de la UGR.
2. Entrega-recepción y custodia de la información y documentos de la UGR.
3. Las demás responsabilidades que le asignen las normas municipales y la UGR.
Art. 19.- Son funciones de la UGR.
a. Incorporación de la Gestión de Riesgos en la Planificación: Debe estar presente en los procesos de toma de decisiones de las distintas instancias técnicas del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal de Lomas de Sargentillo.
b. Análisis de riesgos: Comprende la investigación y el conocimiento sobre las amenazas, vulnerabilidades y capacidades.
c. Planificación estratégica participativa ante riesgos y desastres, diseño de Planes, Programas y Proyectos de Prevención y Mitigación de manera participativa; Planes de Emergencia y contingencia por eventos para someterlos a la aprobación del Alcalde, buscando desarrollar una gestión planificada sostenible a corto, mediano y largo plazo.
d. Coordinación y cooperación interinstitucional y sectorial, con organizaciones nacionales guberna- mentales, seccionales, organismos no gubernamentales, agencias de cooperación comunitarias, nacionales e internacionales a fin de racionalizar el uso de recursos y fortalecer su capacidad de gestión e intervención. Incorporar metodologías ya validadas en experiencias anteriores.
e. Realizar los estudios técnicos necesarios para la zonificación de las áreas vulnerables y zonas de riesgo del cantón, elaboración de mapas de amenazas, vulnerabilidades y capacidades con tecnología SIG.
f. Fortalecimiento institucional, se promoverá en las instituciones locales, instituciones educativas y organismos de coordinación, a través del fortalecimiento de los Comités de Operaciones de Emergencia (COE) Cantonal y Parroquiales con la participación de instituciones inmersas en la gestión de riesgos.
g. Coordinación de la Respuesta y Recuperación: Se establecerán acciones de respuesta y recuperación ante posibles eventos adversos en coordinación con las diferentes instituciones (organismos gubernamentales, no gubernamentales y actores a nivel local, regional y nacional).
h. Las demás funciones que le otorguen las normas legales pertinentes.
CAPITULO IV
DE LOS MECANISMOS DE GESTION
Art. 20.- Al ser un departamento de acción prioritaria, la Unidad de Gestión de Riesgos contará con el soporte de todos los departamentos municipales, distribuidos en 4 campos: Asesor, Técnico, Logístico, Operativo y de Flujo de Información.
Forman parte del campo ASESOR los siguientes departamentos:
1. Dirección Administrativa Financiera
2. Asesoría Jurídica
3. Secretaría Municipal
4. Sala Situacional.
Dentro del campo TECNICO, intervienen los departamentos:
1. Dirección de Obras Públicas
2. Dirección de Planificación
3. Empresa Pública Municipal de Agua Potable y
Alcantarillado
4. Dirección de Desarrollo de la Comunidad.
Dentro del campo LOGÍSTICO, intervienen los departamentos:
1. Dirección Administrativa Financiera.
2. Dirección de Talento Humano.
3. Justicia, Policía y Vigilancia.
4. Departamento de Gestión Ambiental. Dentro del campo de Flujo de Información:
1. Sala Situacional.
2. Cuerpo de Bombero.
3. Relaciones Públicas.
4. Otras instituciones de socorro.
Art. 21.- Para el desarrollo de sus actividades la UGR
deberá contar con:
I. Oficina amoblada, (que permitan de preferencia que el equipo de la UGR esté en una sola ubicación física).
II. Equipo informático, constituidos por computadora e impresora multifuncional
III. Demás equipos y materiales que faciliten las actividades que desarrollará la UGR, como son mapas básicos referenciales y fotografías aéreas. Documento línea base de riesgos (amenazas, vulnerabilidades, capacidades). Construcción de escenarios de riesgo.
Art. 22.- El financiamiento de la Unidad de Gestión de
Riesgos será mediante:
a. Asignaciones Especiales del Estado.
b. Partidas Presupuestarias Municipales para el funcionamiento de la Unidad de Gestión de Riesgos, se destinará el 5% de Presupuesto de Participación Ciudadana.
c. El apoyo económico gestionado o donaciones de diferentes organismos tanto gubernamentales como no gubernamentales.
d. Tasas de usos de suelos.
1.1. Certificado de prevención de riesgos del suelo.- Es un instrumento de planificación que consiste en un documento detallado que extiende el Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del Cantón Lomas de Sargentillo, a través de la Unidad de Gestión de Riesgo, de forma anual a los propietarios de negocios y a todo ciudadano que solicite la ocupación de la vía pública en forma ocasional.
1.2. Para solicitar un certificado de prevención de riesgos del suelo, los propietarios o interesados deberán presentar en la Unidad de Gestión de Riesgos los siguientes documentos:
a) Solicitud en especie valorada, dirigida al coordinador de la Unidad de Gestión de Riesgos.
b) Certificado de no adeudar al municipio.
c) Copia de cédula y certificado de votación
d) Copia de patente municipal del año exigible, si es negocio.
e) Tasa por servicio contra incendios (certificado del cuerpo de bomberos) del año en curso, provisional vigente o definitivo. Presentar original y copia.
- Se exige la tas definitiva en el caso de establecimientos de alta afluencia de público, tales como: centros comerciales, bares, discotecas, así como para los sitios de almacenamiento y expendio de combustible.
f) Copia del pago de espectáculos públicos cuando el caso amerite.
1.3. La tasa por servicio de certificación de prevención de riesgos del suelo que los propietarios de negocios y / o interesados que soliciten la ocupación de la vía pública en forma ocasional pagarán al GAD Municipal del Cantón Lomas de Sargentillo será la siguiente:
5% del salario básico unificado gasolineras, industrias
10% del salario básico unificado, oficinas, clínicas
5% del salario básico unificado, centros recreacionales.
1% del salario básico unificado, vía pública.
5% del salario básico unificado, circos, juegos mecánicos, eventos masivos de personas.
Art. 23.- Ante la declaratoria de emergencia por parte del Presidente de la República, SGR y del Alcalde, o cualquier autoridad de rango superior, el Gobierno Municipal pondrá a disposición de la UGR toda su estructura técnica, logística y operativa siendo el cumplimiento de esta Resolución Administrativa responsabilidad de los Directores, Jefes Departamentales y Jefe de la Sala Situacional.
Art. 24.- Declarada la emergencia se requerirá de manera obligatoria la presencia de todos los responsables de cada
área perteneciente a la UGR y de los funcionarios, empleados y trabajadores de la entidad municipal, independientemente de que sea un día laborable o no.
DISPISICIONES GENERALES
PRIMERA: La siglas de la Dirección de Gestión de Riesgo del Cantón Lomas de Sargentillo son: UGR- GADMCLS.
SEGUNDA: La Unidad de Gestión de Riesgos tendrá el carácter de asesor para lo cual se establecerá su inclusión dentro de la estructura del orgánico funcional de la Municipalidad.
TERCERA: La UGR-GADMCLS implementará un sistema de seguimiento y rendición de cuentas, conforme a las disposiciones contempladas en la Ley de Transparencia con el objetivo de transparentar y reportar el avance en la ejecución de los proyectos relacionados con la gestión de riesgos.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS PRIMERA: Dentro del plazo de noventa días contados a
partir de la aprobación de la ordenanza, el Alcalde y los
Concejales realizarán la coordinación respectiva para que sean nombrados todos los miembros de la Unidad de Gestión de Riesgos.
SEGUNDA: El Cuerpo de Bomberos del Cantón Lomas de Sargentillo, coordinará acciones directas con la Máxima Autoridad y la Unidad de Gestión de Riesgos Municipal.
TERCERA: Dentro del Plazo de 30 días contados a partir de la fecha de su nombramiento, el Coordinador de Gestión de Riesgos someterá a consideración del Alcalde el Reglamento Funcional y el Plan de Reducción de Riesgos Anual de la UGR-GADMCLS.
CUARTA: Si se necesita extender los plazos concedidos en esta Ordenanza, el coordinador de Gestión de Riesgos lo solicitará al Alcalde.
QUINTA: La presente Ordenanza, entrará en vigencia real y en su totalidad a partir de su aprobación por el Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del Cantón Lomas de Sargentillo, sin perjuicio de la publicación en el Registro Oficial.
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