Que, el artículo 154 de la Constitución de la República del Ecuador, señala que además de las atribuciones establecidas en la Ley, les corresponde a las ministras y ministros, ejercer la rectoría de las políticas públicas del área a su cargo y expedir los acuerdos y resoluciones administrativas que requiera su gestión;
Que, el artículo 226 de la Constitución de la República del Ecuador, dispone que las instituciones del Estado, sus servidoras y servidores públicos y las personas que actúen en virtud de una potestad estatal ejercerán solamente las competencias y facultades que le sean atribuidas a en la Constitución y la Ley;
Que, mediante Decreto Ejecutivo 256 de 13 de marzo de
2014, el Presidente Constitucional de la República nombra como Ministra de Justicia, Derechos Humanos y Cultos a la doctora Ledy Andrea Zúñiga Rocha;
Que, la Ley Orgánica del Sistema Nacional de
Contratación Pública, publicada en el Registro Oficial No.
395 de 4 de agosto de 2008, otorga facultades a las máximas autoridades de la administración pública;
Que, el Estatuto de Régimen Jurídico Administrativo de la Función Ejecutiva, en su artículo 57, dispone que las delegaciones podrán ser revocadas en cualquier momento por el órgano que lo haya conferido;
Que, mediante Acuerdo Ministerial No. 414, de 27 de marzo de 2014, la Ministra de Justicia, Derechos Humanos y Cultos, delega a varios funcionarios, facultades y atribuciones que corresponden a la máxima autoridad;
En ejercicio de las facultades que le confiere el artículo
154, numeral 1 de la Constitución de la República del Ecuador; artículos 17 y 57 del Estatuto del Régimen Jurídico Administrativo de la Función Ejecutiva;