EL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DE EL PANGUI
Expide:
LA SIGUIENTE ORDENANZA DE CREACIÓN DE LA UNIDAD DE GESTIÓN DE RIESGOS (UGR) DEL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DE EL PANGUI.
Art. 1.- Ámbito de la Ordenanza.- Los preceptos de esta ordenanza regulan las acciones y actividades, en términos generales, en los siguientes campos: servicios públicos, obras públicas, higiene, salubridad, ambiente, planificación, régimen constructivo público y privado, ordenamiento territorial, etc. sin perjuicio de cumplir todos los demás lineamientos compatibles con la naturaleza de la Gestión de Riesgos.
Los ámbitos enumerados no tendrán carácter taxativo sino, meramente enumerativo y se podrán incluir cuantos campos sean congruentes con la respectiva materia y no especificados de modo expreso en esta ordenanza.
El Gobierno Municipal, conforme a la Ley reglamentará e incluirá los temas o componentes que sean factibles y necesarios incorporar en las ordenanzas municipales, la variable de gestión de riesgos, con el objetivo de estructurar un mecanismo de control y prevención de riesgos, así como diseñará proyectos desde este enfoque.
Art. 2.- Constitución.- Créase, como instancia técnica, asesora y dependiente del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal de El Pangui, la Unidad de Gestión de Riesgos (UGR), con jurisdicción y competencia en el cantón.
Art. 3.- La Unidad de Gestión de Riesgos, tendrá el carácter de permanente, por lo que su incorporación en el Orgánico Estructural y Funcional y en el Presupuesto Municipal es inmediata.
Art. 4.- Articular las funciones técnicas de la Unidad de Gestión de Riesgos con las funciones operativas de los COE Cantonal y Provincial y los organismos adjuntos que lo conforman.
Art. 5.- Objetivos.- La Unidad de Gestión de Riesgos (UGR), tiene por objetivo establecer políticas y acciones administrativas tendientes a lograr un desarrollo cantonal físico, cultural y ambientalmente seguro para el desarrollo productivo, social y económico a través de la implantación y ejecución de planes, programas y proyectos sustentables, que apunten a mejorar la producción; y, las condiciones de vida de la población basados en un enfoque sustentable y de participación social.
Los principales objetivos de la Unidad de Gestión de
Riesgos son las siguientes:
a) Fortalecer el liderazgo y la autonomía municipal, en lo relativo a la gestión de riesgos.
b) Integrar a las diferentes instituciones que de una u otra manera se encuentran ligadas a la gestión de riesgos.
c) Optimizar los recursos humanos y los equipamientos existentes en las distintas instituciones, organizaciones privadas, organizaciones no gubernamentales (ONGs) y comunitarias, para efectuar labores de prevención, monitoreo y control de áreas vulnerables, sea por efectos naturales y/o antrópicos.
d) Evaluar y categorizar los problemas y necesidades de la población en materia de gestión de riesgos, a fin de coordinar acciones que permitan la aplicación de soluciones adecuadas.
e) Vigilar que todos los proyectos cuenten de manera oportuna y adecuada con el informe de la UGR, sin perjuicio de lo previsto en las normas relativas a la contratación pública.
f) Incorporar la variable de gestión de riesgos en la planificación territorial cantonal.
g) Coordinar con los departamentos municipales para comprometer la cooperación de estos para que sus funciones se desarrollen y se cumplan eficazmente.
Art. 6. Sus principales funciones son las siguientes:
1) Posterior al análisis y a la validación de los proyectos con enfoque de gestión de riesgos realizados desde la UGR conjuntamente con los demás técnicos relacionados del municipio; la autoridad cantonal gestionará la asignación de recursos internos y/o externos que vayan en beneficio de programas para la reducción de riesgos.
2) Promover la actualización y generación de nuevas normativas y reglamentos sobre materia de gestión de riegos.
3) Coordinar acciones con las distintas instituciones, organizaciones privadas, organizaciones no gubernamentales (ONGs) y comunitarias, para que sus aportes tiendan a lograr una ciudad y un cantón auto sostenible y sustentable en materia de gestión de riesgos.
4) En coordinación con los organismos técnicos pertinentes, disponer la realización de labores de diagnóstico, prevención, monitoreo y control en materia de gestión de riesgos.
5) Promover la investigación, educación, capacitación y la difusión de temas de gestión de riesgos.
6) Velar por el cumplimiento y aplicación de la política y estrategia nacional en gestión de riesgos dentro de su jurisdicción.
7) Proporcionar y fomentar la autogestión comunitaria, con énfasis en la implementación de proyectos y de servicios dentro de un marco de gestión de riesgos adecuado.
8) Promover y propiciar la suscripción de convenios interinstitucionales con organismos nacionales, universidades y organismos extranjeros para la consecución de proyectos de investigación y cooperación.
9) Desarrollar acciones que contribuyan a lograr el fortalecimiento organizado de la comunidad y a mejorar su capacidad en materia de gestión de riesgos.
10) Proporcionar apoyo legal y técnico a las entidades y organismos locales en materia de gestión de riesgos.
11) Crear instancias de coordinación y participación interinstitucional que coadyuven a alcanzar los objetivos de la unidad y el desarrollo de la comunidad.
12) Organizar las secciones o áreas que fueren necesarias para implementar los planes, programas y proyectos en materia de gestión de riesgos.
13) Recopilar y generar información de gestión de riesgos del cantón, que permita realizar una gestión efectiva.
14) Reducir la vulnerabilidad de los habitantes del cantón, ante amenazas y peligros de carácter natural y/o antrópico.
15) Constituirse en un eje transversal que sea tomado en cuenta al momento de la toma de decisiones por parte de las autoridades municipales.
16) Levantar mapas de riesgo producto de un análisis de peligros y de vulnerabilidad cantonal y socializarlos a la comunidad en conjunto.
17) Crear un sistema de información Georeferenciado, actualizado permanentemente y con énfasis basado en la gestión de riesgos.
18) Diseñar planes de contingencia integrales, junto con los respectivos COE ante posibles eventualidades que se presenten a corto, mediano y largo plazo que se deban afrontar en el Cantón.
19) Coordinar la ejecución intra e interinstitucional de los planes de contingencia elaborados.
20) Trabajar siempre con un enfoque solidario con miras a formar una red cantonal de atención de emergencias y prevención de riesgos.
21) Impulsar la participación ciudadana y el consenso a la hora de diseñar intervenciones no emergentes.
22) Coordinar las intervenciones a ejecutar en casos de emergencia, con el apoyo de las instituciones que se requiera a nivel cantonal.
23) Prestar asistencia técnica al COE Cantonal.
24) Analizar y sistematizar toda la información relacionada a la gestión de riesgos.
25) Reportar el avance y seguimiento de proyectos relacionado con la emergencia.
26) Las demás que considere y determine la autoridad municipal y que se enmarque en el enfoque de la gestión de riesgos.
27) Elaborar el POA y el presupuesto en materia de gestión de riesgos.
DE LA JERARQUÍA, ESTRUCTURA Y CONFORMACIÓN DE LA UNIDAD DE GESTIÓN DE RIESGOS
Art. 7.- Del Gobierno y Administración.- La Unidad de Gestión de Riesgos (UGR), es un organismo dotado de autoridad administrativa, sujeto a las disposiciones establecidas en el Código Orgánico de Orgánico de
Organización Territorial, Autonomía y Descentralización, la Ordenanza de su Creación, los reglamentos que se expidan para su aplicación, las regulaciones que dicte el nivel asesor, y las demás que le sean aplicables.
Su dependencia y nivel jerárquico estará determinado en el Orgánico Funcional de la Municipalidad del cantón El Pangui y en su respectivo Orgánico Estructural.
Art. 8.- Del Jefe de la Unidad.- El Jefe de la Unidad de Gestión de Riesgos (UGR), constituye el máximo nivel administrativo de la misma, quien como titular del organismo lo representa en sus competencias y atribuciones administrativas, de acuerdo a lo dispuesto por la presente Ordenanza y demás Ordenanzas Municipales que le otorgaren atribuciones propias, correspondiéndole la gestión técnica y administrativa.
El Jefe de la Unidad de Gestión de Riesgos, será un funcionario de libre nombramiento y remoción del Alcalde de conformidad con lo establecido en la ley. El perfil del Jefe de la Unidad de Gestión de Riesgos deberá ser el de un profesional con título académico de tercero o cuarto nivel y con conocimientos y experiencia en áreas de gestión de riesgos.
El Alcalde, de conformidad con la ley procederá a nombrar al personal técnico requerido y propenderá a su capacitación de acuerdo a los fines y objetivos de la UGR.
Art. 9.- En el caso de una emergencia declarada, todos los departamentos y jefaturas municipales deberán brindar el soporte necesario para que los planes de contingencia y las acciones diseñadas por la UGR sean ejecutados de manera óptima, sin que esto signifique dejar desatendidas las demás obligaciones que cada uno debe cumplir.
Art. 10.- Al ser un departamento de acción prioritaria, la Unidad de Gestión de Riesgos contará con el soporte de todos los departamentos municipales, distribuidos en 3 campos: Asesor, Técnico y Logístico u Operativo.
Forman parte del campo ASESOR los siguientes departamentos:
1. Dirección Financiera
2. Asesoría Jurídica
Dentro del Campo TÉCNICO, intervienen los departamentos:
1 Dirección De Obras Públicas
2 Dirección de Planificación
3 Unidad Municipal de Agua Potable y Alcantarillado
4 Unidad de Acción Social.
Dentro del campo LOGÍSTICO, intervienen los departamentos:
1 Dirección Administrativa
2 Unidad de Recursos Humanos;
3 Justicia, Policía y Vigilancia;
4 Secretaría General.
Art. 11.- Ante la declaratoria de emergencia por parte del Ilustre Consejo Municipal, el Gobierno Municipal pondrá a disposición de la UGR toda su estructura técnica, logística y operativa siendo el cumplimiento de esta Resolución responsabilidad de los Jefes y Directores Departamentales.
Art. 12.- Declarada la emergencia se requerirá de manera obligatoria la presencia de todos los responsables de cada área perteneciente a la UGR y de los funcionarios, empleados y trabajadores de la entidad municipal, independientemente de que sea un día laborable o no.
DISPOSICIONES GENERALES
Primera: Las siglas de la Unidad de Gestión de Riesgo son: UGR.
Segunda. La UGR implementará un sistema de seguimiento y rendición de cuentas, conforme a las disposiciones contempladas en la Ley de Transparencia, con el objetivo de transparentar y reportar el avance en la ejecución de los proyectos relacionados con la gestión de riesgos.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
Primera: Dentro del plazo de noventa días contados a partir de la aprobación de la ordenanza, el Alcalde realizará la coordinación respectiva para que sean nombrados todos los miembros de la Unidad de Gestión de Riesgos.
Segunda: Dentro del Plazo de 30 días contados a partir de la fecha de su nombramiento, el Jefe de la Unidad de Gestión de Riesgos someterá a consideración del Alcalde el Reglamento Funcional y el Plan Operativo Anual de la UGR.
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