Que la Constitución de la República del Ecuador, publicada en el Registro Oficial No. 449 de 20 de octubre de 2008 en el artículo 154 dispone que las Ministras y Ministros de Estado; además de las atribuciones establecidas en la Ley, les corresponde ejercer la rectoría de las políticas públicas del área a su cargo y expedir los acuerdos y resoluciones administrativas que requiera su gestión;
Que, el Código Orgánico de Planificación y Finanzas Públicas, publicado el 22 de octubre de 2010, en el Segundo Suplemento del Registro Oficial No. 306, en su artículo 75 dispone que, él o la Ministro (a) a cargo de las finanzas públicas, podrá delegar por escritorios facultades que estime conveniente hacerlo;
Que, el Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva en sus artículos 17 y 55 faculta a los Ministros y autoridades del Sector Público delegar sus atribuciones y deberes;
Que, el artículo 13 del Código Orgánico Monetario y Financiero, Libro I, crea la Junta de Política y Regulación Monetaria y Financiera, parte de la Función Ejecutiva, responsable de la formulación de las políticas públicas y la regulación y supervisión monetaria, crediticia, cambiaria, financiera, de seguros y valores. La Junta estará conformada con plenos derechos por los titulares de los ministerios de Estado responsables de la política económica, de planificación del Estado y un delegado del Presidente de la República. Participarán en las deliberaciones de la Junta, con voz pero sin voto, el Superintendente de Bancos, el Superintendente de Compañías, Valores y Seguros, el Superintendente de Economía Popular y Solidaria, el Gerente General del Banco Central del Ecuador y el Presidente del Directorio de la Corporación de Seguro de Depósitos, Fondo de Liquidez y Fondo de Seguros Privados;
Que, por disposición del señor Presidente de la Junta, economista Patricio Rivera Yánez, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 25, numeral 1 del Código Orgánico Monetario y Financiero, y artículo 12 de las Normas para el Funcionamiento de la Junta, se convoca a la sesión ordinaria de este organismo que se llevará a cabo en la ciudad de Quito, el viernes 28 de agosto de 2015, a las 16:00, en la sala de sesiones del Banco Central del Ecuador ubicada en el octavo piso, situado en la avenida 10 de Agosto N11-409 y Briceñó, para tratar el orden del día establecido para el efecto; y,
En ejercicio de las atribuciones que le confieren los artículos 154 de la Constitución de la República del Ecuador, 75 del Código Orgánico de Planificación y Finanzas Públicas, 17 55 del Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva.