Resolución DGN-002-2011 Deléganse competencias al/la Coordinador/a General de Gestión Aduanera del Servicio Nacional de Aduana del Ecuador

No. DGN-002-2011
SERVICIO NACIONAL DE ADUANA DEL ECUADOR
DIRECCIÓN GENERAL 

Resuelve:

Primero.- Delegar al/la Coordinador/a General de Gestión Aduanera del Servicio Nacional de Aduana del Ecuador, la siguiente competencia determinada en literal h) del artículo 216 del Código Orgánico de la Producción, Comercio e Inversiones, publicado en el Suplemento del Registro Oficial No. 351 del 29 de diciembre del 2010, en lo que respecta a: Absolver las consultas sobre el arancel de importaciones respecto de la clasificación arancelaria de las mercancías, con sujeción a las disposiciones contempladas en el Código Tributario, absolución que tendrá efectos vinculantes respecto de quien formula la consulta.

Segundo.- La Coordinación General de Gestión Aduanera del Servicio Nacional de Aduana del Ecuador deberá de considerar las futuras disposiciones emitidas por la autoridad nominadora en funciones del Servicio Nacional de Aduana del Ecuador, tendientes a discernir las directrices para la presentación ante la administración aduanera tributaria, por parte de cualquier interesado en conocer la correcta Clasificación Arancelaria.

Tercero.- La presente delegación se encontrará vigente hasta que se dicte el Estatuto Orgánico de Gestión Organizacional por Procesos del Servicio Nacional de Aduana del Ecuador y el Manual de Descripción, Valoración y Clasificación de Puestos del Servicio Nacional de Aduana del Ecuador, conforme lo resuelto en Resolución No. DG-003-2010 de fecha 30 de diciembre del 2010.

Cuarto.- Notifíquese del contenido de la presente resolución a las diferentes aéreas administrativas y técnicas del Sistema Nacional de Aduana del Ecuador. Encárguese a la Dirección General de Secretaría General del Sistema Nacional de Aduana del Ecuador el formalizar las diligencias necesarias para la publicación de la presente delegación en el Registro Oficial para su difusión.

La presente delegación entrará en vigencia a partir de su suscripción sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.

Martes 4 de Enero de 2011