Que la Constitución de la República del Ecuador, publicada en el Registro Oficial No. 449 de 20 de octubre de 2008, en su artículo 154 dispone que las Ministras y Ministros de Estado, además de las atribuciones establecidas en la Ley, les corresponde ejercer la rectoría de las políticas públicas del área a su cargo y expedir los acuerdos y resoluciones administrativas que requiera su gestión;
Que el Código Orgánico de Planificación y Finanzas Públicas, publicado el 22 de octubre de 2010, en el Segundo Suplemento del Registro Oficial No. 306, en su artículo 75 dispone que, él o la Ministro (a) a cargo de las finanzas públicas, podrá delegar por escrito las facultades que estime conveniente hacerlo;
Que el Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva en sus artículos 17 y 55 faculta a los Ministros y autoridades del Sector Público delegar sus atribuciones y deberes;
Que en el primer inciso del artículo 83 del Código Orgánico Monetario y Financiero dispone que la Corporación de Seguros de Depósitos, Fondo de Liquidez y Fondo de Seguros Privados tendrá un directorio integrado por tres miembros plenos, entre otros, y el titular de la secretaría de Estado a cargo de las finanzas públicas o su delegado;
Que mediante comunicación de 7 de septiembre de 2015 el
Presidente del Directorio del COSEDE, convoca a la cesión
extraordinaria a realizarse en la ciudad de Quito el 10 de septiembre de 2015; y,
En ejercicio de las atribuciones que le confieren los artículos
154 de la Constitución de la República del Ecuador,