No. 03-2011-R2
EL DIRECTORIO DE LA CORPORACIÓN ADUANERA ECUATORIANA
Resuelve:
Artículo 1.- Derogar la Resolución No. 01-2011-R1 adoptada en sesión ordinaria de Directorio llevada a cabo el día martes 4 de enero del 2011 mediante la cual se expidió la NORMA TÉCNICA PROVISIONAL PARA OPERATIVIZAR EL CÓDIGO ORGÁNICO DE LA PRODUCCIÓN, COMERCIO E INVERSIONES, EN LO REFERENTE A LAS MODALIDADES DE AFORO, SUS CANALES Y APLICACIÓN.
Artículo 2.- Derogar la Resolución No. 02-2011-R3 adoptada en sesión extraordinaria de Directorio llevada a cabo el día lunes 10 de enero del 2011, mediante la cual se reformó el artículo 6 de la Resolución No. 01-2011-R1 con la cual se expidió la NORMA TÉCNICA PROVISIONAL PARA OPERATIVIZAR EL CÓDIGO ORGÁNICO DE LA PRODUCCIÓN, COMERCIO E INVERSIONES, en lo referente a las MODALIDADES DE AFORO, SUS CANALES Y APLICACIÓN.
Publíquese en la página web del Servicio Nacional de Aduana del Ecuador y encárguese a la Dirección General de Secretaría General del Servicio Nacional de Aduana del Ecuador el formalizar las diligencias necesarias para la publicación de la presente en el Registro Oficial.
La presente resolución entrará en vigencia a partir de la presente fecha, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.
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