No. 10-044 P-IEPI
EL PRESIDENTE DEL INSTITUTO ECUATORIANO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL -IEPI
Resuelve:
Artículo 1.- Calificar y acreditar ante el Instituto Ecuatoriano de la Propiedad Intelectual -IEPI- en calidad de peritos o expertos técnicos a las siguientes personas:
NOMBRE |
CÉDULA O RUC |
MATERIA |
NADERE HADWEH ZEIDAN |
1707274245 |
SIGNOS DISTINTIVOS |
INÉS MARÍA MANZANO DÍAZ |
0908761950 |
DERECHO AMBIENTAL |
ANTONIO XAVIER VERGARA |
0910123892 |
SONIDO Y ACÚSTICA |
LAURA URETA ARRIAGA |
1714798681 |
SISTEMAS INFORMÁTICOS |
KLÉVER ANÍBAL SERRANO |
1713824397 |
SISTEMAS INFORMÁTICOS |
ADRIÁN AGUIRRE JURADO |
0918285990 |
TRADUCCIONES ING-ESP |
ÁNGEL SURIAGA GUERRERO |
0903553006 |
PERITO CONTABLE |
CARLOS FREDY MONTAÑEZ |
0917108623 |
PERITO CONTABLE |
Artículo 2.- Con esta información la Secretaría General del IEPI deberá alimentar la base de datos respectiva, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 10 del Reglamento para la calificación y registro de las y los peritos o las expertas y los expertos técnicos ante el Instituto Ecuatoriano de la Propiedad Intelectual -IEPI-, en concordancia con lo señalado en el artículo 3 de su Instructivo de aplicación.
Artículo 3.- Confiéranse a través de la Unidad de Gestión Administrativa Financiera las credenciales correspon- dientes a los peritos y expertos técnicos calificados mediante esta resolución. Para el efecto, las personas detalladas en el artículo 1 de este instrumento, deberán cancelar la cantidad de cincuenta dólares de los Estados Unidos de América (US 50,00), valor establecido en el artículo 1 de la Resolución No. 10-21 P-IEPI de 19 de julio del 2010, para la entrega de la credencial que tendrá vigencia de dos años.
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