Que, el artículo 227 de la Constitución de la República del Ecuador establece: “La administración pública constituye un servicio a la colectividad que se rige por los principios de eficacia, eficiencia, calidad, jerarquía, desconcentración, descentralización, coordinación, participación, planificación, transparencia y evaluación”;
Que, el Decreto Ejecutivo No. 737 de 18 de abril de 2011, publicado en el Registro Oficial No. 441, de 05 de mayo de 2011 reformado mediante Decreto Ejecutivo No. 470 de 20 de octubre de 2014, se crea el Instituto Nacional de la Meritocracia (INM), cuya misión es fortalecer la gestión pública, garantizando la aplicación de un sistema técnico de méritos en competencias, habilidades, capacidades, destrezas y valores que permitan seleccionar al personal idóneo para el servicio público, articulando la selección, evaluación, promoción y ascenso de las y los servidores públicos para mejorar la competitividad y fomentar la excelencia en las instituciones del Estado;
Que, el economista Carlos Marx Carrasco, Ministro del
Trabajo, mediante Acuerdo Ministerial No. MDT-2015-
0072 del 1 de abril de 2015, nombró al suscrito Eugenio Javier Romero Albán, Director Ejecutivo del INM para que cumpla con las atribuciones propias de dicho cargo, las mismas que constan expresamente señaladas en el artículo
5 del Decreto Ejecutivo No. 737 del 18 de abril de 2011 y con las que por delegación asigne el mencionado Ministro de Estado;
Que, el numeral 7 del artículo 5 del Decreto Ejecutivo No. 737 en concordancia con el numeral 7 del Título I del artículo 13 del Estatuto Orgánico de Gestión Organizacional por Procesos del Instituto Nacional de la Meritocracia, entre las atribuciones y responsabilidades del Director Ejecutivo dispone la de delegar una o más atribuciones específicas a los funcionarios del Instituto Nacional de la Meritocracia;
Que, el artículo 55 del Estatuto del Régimen Jurídico Administrativo de la Función Ejecutiva (ERJAFE), determina que las atribuciones propias de las diversas entidades y autoridades de la Administración Pública Central e Institucional serán delegables en las autoridades u órganos de inferior jerarquía, excepto las que se encuentran prohibidas por Ley o por Decreto.
Que, mediante acción de Personal No. 46232 de 17 de abril de 2015, al amparo de lo establecido el en artículo 17, literal c) de la Ley Orgánica del Servicio Público, concordante con el artículo 17, literal c) de su Rglamento General, se nombró a la Mgs. Mónica Tatiana Cáceres Mejía, Directora Administrativa Financiera del INM, a partir del 20 de abril de 2015; y,
Que mediante Resolución No. INM-2015-039 de 25 de mayo de 2015 se derogó la Resolución No. INM-2015-016 de 21 de febrero de 2015 por la cual el Director Ejecutivo Encargado del Instituto Nacional de la Meritocracia, Ing.
Boris Valencia Benítez delegó a la Mgs. Mónica Tatiana Cáceres Mejía “la responsabilidad de administrar y operar las actuciones administrativas de este Instituto en el Portal Institucional del Servicio Nacinal de Contratación pública (SERCOP), así como realizar los trámites administrativos pertinentes ante la referida institución para la creación de nuevos usuarios del referido portal, asignación de claves de acceso y solicitud de restablecimiento de claves”.
En ejercicio de las facultades conferidas en el artículo 5 del Decreto Ejecutivo No. 737 de 18 de abril de 2011, publicado en el Registro Oficial No. 441; y en el numeral 7 del Título I del artículo 13 del Estatuto Orgánico de Gestión Organizacional por Procesos del Instituto Nacional de la Meritocracia;