Resolución SEPS-IGPJ-IFPS-2015-029: Apruébese la liquidación voluntaria de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Puebloviejo Ltda., con domicilio en el cantón Puebloviejo, provincia de Los Ríos

No. SEPS-IGPJ-IFPS-2015-029

Hugo Jácome Estrella

SUPERINTENDENTE DE ECONOMÍA POPULAR Y SOLIDARIA

Resuelve:

ARTÍCULO PRIMERO.- Aprobar la liquidación voluntaria de la COOPERATIVA DE AHORRO Y CRÉDITO PUEBLOVIEJO LTDA., con Registro Único de Contribuyentes número 1291700728001, con domicilio en el cantón Puebloviejo, provincia de Los Ríos, en aplicación a lo dispuesto en los artículos 299, 301 y 302 del Código Orgánico Monetario y Financiero. El plazo para la liquidación será de hasta 180 días contados a partir de la notificación de la presente Resolución. La Cooperativa conservará su personalidad jurídica añadiendo a su razón social las palabras en liquidación.

ARTÍCULO SEGUNDO.- Revocar a partir de la presente fecha las autorizaciones que la COOPERATIVA DE AHORRO Y CRÉDITO PUEBLOVIEJO LTDA., tuviere para realizar actividades financieras, así como los permisos de funcionamiento que le hubieren sido otorgados.

ARTÍCULO TERCERO.- Ratificar a la economista Sonia Luzmila Yépez Chérrez, con cédula de ciudadanía No. 1201348446, en calidad de Liquidadora de la COOPERATIVA DE AHORRO Y CRÉDITO PUEBLOVIEJO LTDA., la misma que dentro de diez días contados a partir de la presente fecha, se posesionará ante la autoridad correspondiente y procederá a la suscripción del acta de entrega-recepción de los bienes, estados financieros y documentos de la Cooperativa, según lo dispone el numeral 1 del artículo 59 del Reglamento General de la Ley Orgánica de la Economía Popular y Solidaria y del Sector Financiero Popular y Solidario, debiendo actuar de conformidad con lo dispuesto en Código Orgánico Monetario y Financiero, la Ley Orgánica de Economía Popular y Solidaria; el Reglamento Especial de Intervenciones y Liquidaciones y Calificación de Interventores y Liquidadores de Cooperativas, y demás normativa aplicable. La Liquidadora realizará sus funciones ad-honorem.

DISPOSICIONES GENERALES PRIMERA.- Disponer a la Dirección Administrativa Financiera de esta Superintendencia la publicación de la presente Resolución, en un periódico de amplia circulación en el cantón Puebloviejo, provincia de Los Ríos, domicilio de la COOPERATIVA DE AHORRO Y CRÉDITO PUEBLOVIEJO LTDA.; así como en las ciudades donde la entidad mantiene oficinas.

SEGUNDA.- Disponer a Secretaría General de esta Superintendencia, la publicación de la presente Resolución en el Registro Oficial; así como su inscripción en los Registros correspondientes.

TERCERA.- La presente Resolución entrará en vigencia a partir de su suscripción, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial. De su ejecución y cumplimiento encárguese a la Intendencia del Sector Financiero Popular y Solidario.

Jueves 4 de Junio de 2015