Resolución 001-2020-DG-SENADI Deléguense competencias y atribuciones al Subdirector Regional de Guayaquil

No. 001-2020-DG- SENADI

 

EL DIRECTOR GENERAL DEL SERVICIO NACIONAL DE DERECHOS INTELECTUALES

–SENADI-

Resuelve:

 

Artículo Único.- DELÉGUESE a la persona que ejerza el cargo de Subdirector Regional de Guayaquil o quien haga sus veces, las siguientes competencias y atribuciones para la ejecución de medidas en frontera:

 

  1. Tramitar, sustanciar y resolver medidas en frontera.

 

  1. Tramitar, sustanciar y resolver recursos de reposición presentados ante los actos administrativos expedidos en medidas en frontera.

 

  1. Suscribir  la  providencia   de   admisión   a   trámite   de los recursos de apelación o revisión de los actos administrativos de medidas en frontera presentados de conformidad con el ordenamiento jurídico vigente o en su defecto el acto que los rechace en caso de incumplirse con aquellos requisitos; y,

 

  1. Remitir el expediente con el recurso admitido al Órgano Colegiado de Derechos Intelectuales.

 

DISPOSICIONES GENERALES

 

PRIMERA.- El servidor delegado a través de la presente resolución, responderá directamente de los actos realizados en el ejercicio de las funciones y atribuciones delegadas,    y deberán observar para el efecto las disposiciones constitucionales, legales y reglamentarias.

 

SEGUNDA.- Los documentos emitidos en virtud de esta delegación serán de responsabilidad del servidor delegado, quien actuará según lo establecido en el artículo 71 del  Código Orgánico Administrativo, en los cuales, se hará constar expresamente esta circunstancia y se considerarán dictados por el  Director  General  del  Servicio  Nacional de Derechos Intelectuales, para lo cual, se utilizará la siguiente frase: “Por delegación del Director General del Servicio Nacional de Derechos Intelectuales”.

 

TERCERA.- El Director General del Servicio Nacional   de Derechos Intelectuales, se reserva el derecho de avocar las atribuciones delegadas, cuando lo estime pertinente.

 

CUARTA.-Dispóngase la publicación de la presente Resolución en el Registro Oficial.

 

DISPOSICIÓN FINAL

 

ÚNICA.- La presente resolución entrará en vigencia a partir de su suscripción, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.

Lunes 27 de Enero de 2020