Resolución SENAE-SENAE-2020-0024-RE Ofi cio Nro. SENAE-DSG-2020-0067-OF.

Resolución Nro. SENAE-SENAE-2020-0024-RE

Guayaquil, 29 de abril de 2020

 

SERVICIO NACIONAL DE ADUANA DEL ECUADOR
LA DIRECCIÓN GENERAL

RESUELVE:

 

Artículo 1.- Ampliar hasta el 15 de mayo de 2020 inclusive, los plazos y términos establecidos en las siguientes Resoluciones:

 

    1. La suspensión de los plazos y términos determinada en las resoluciones No. SENAE-SENAE-2020-0016-RE y SENAE-SENAE-2020-0017-RE.
    2. La suspensión de atención presencial en las oficinas del Servicio Nacional de Aduana del Ecuador establecida mediante la resolución No. SENAE-SENAE-2020-0017-RE.
    3. La presentación documentación por correo electrónico a la mesa de servicios del Servicio Nacional de Aduana del Ecuador, en la dirección electrónica mesadeservicios@aduana.gob.ec, mediante la Plataforma tecnológica ECUAPASS, y llamadas al 1800-aduana, en los términos previstos en las resoluciones No. SENAE-SENAE-2020-0017-RE y No. SENAE-SENAE-2020-0019-RE.
    4. La presentación del anexo para emitir la autorización al Servicio Nacional de Aduana del Ecuador a realizar los procedimientos de inspecciones y aforos físicos, sin la presencia del operador de comercio extrior o su representante, conforme lo determinado en la resolución No. SENAE-SENAE-2020-003-RE(M)

Articulo 2.- La presentación física de la documentación señalada en las resolucuiones No. SENAE-SENAE-2020-0017-RE y No. SENAE-SENAE-2020-0019-RE, deberá ser realizada entre los días 18 y 29 de mayo del 2020, de acuerdo al cronograma que se resuelva por la máxima autoridad del Servicio Nacional de Aduana del Ecuador.

DISPOSICIÓN FINAL.- La presente resolución entraá en vigencia a partir de su suscripción, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial y en la Gaceta Tributaria.

Notifpiquese del contenido de la presente resolución a las Subdirecciones Generales, Direcciones Nacionales, Direcciones Distritales y Direcciones Técnicas del Servicio Nacional de Aduana del Ecuador.

Encárguese a la Dirección de la Secretaría General de la Dirección General del Servicio Nacional de Aduana del Ecuador, el formalizar las diligencias necesarias para la difusipon interna y publicación de la presente resolucion en el Registro Oficial.

 

Miércoles 29 de Abril de 2020