Que, el Estado reconoce y garantiza a las personas, el derecho a asociarse, reunirse y manifestarse de forma libre y voluntaria, así como las formas de organización de la sociedad, como expresión de la soberanía popular para desarrollar procesos de autodeterminación e incidir en las decisiones y políticas públicas y en el control social de todos los niveles de gobierno así como de las entidades públicas y de las privadas que presten servicios públicos, conforme lo prescrito en los artículos 66 y 96 de la Constitución de la República del Ecuador;
Que, los estatutos de las corporaciones y fundaciones deben ser sometidos a la aprobación del Presidente de la República, conforme lo prescrito en el artículo 565 de la Codificación del Código Civil;
Que, el Presidente de la República, con Decreto Ejecutivo No. 339, publicado en el Registro Oficial No. 77 de 30 de noviembre de 1998, delegó a cada Ministro de Estado la facultad para que de acuerdo al ámbito de su competencia, apruebe y reforme los estatutos de las organizaciones pertinentes y les otorgue personalidad jurídica;
Que, con Decreto Ejecutivo No. 193 publicado en el Registro Oficial Suplemento No. 109 de 27 de octubre de 2017 se expidió el Reglamento para el otorgamiento de personalidad jurídica a las organizaciones sociales, cuyo artículo 14 establece los requisitos y procedimiento para la reforma de estatuto de las organizaciones;
Que, a través de los Acuerdos Ministeriales Nos. 0322 de 3 de abril de 2003 y 01315 de 16 de noviembre de 2005 , se concedió personalidad jurídica y se reformó el estatuto respectivamente de la FUNDACIÓN “NIÑOS EN MANOS DE ROTARY”;
Que, en Asamblea General de 29 de marzo de 2019 los miembros de la Fundación discutieron y aprobaron el cambio de denominación de FUNDACIÓN “NIÑOS EN MANOS DE ROTARY” a “FUNDACIÓN ROTARIA DE SERVICIOS MÉDICOS” y la reforma del estatuto de la organización, cuyo ámbito de acción es: “…proponer y ejecutar programas y Servicios direccionados al fomento y fortalecimiento del derecho a la prestación de Servicios de Salud...”;
Que, mediante comunicación de 6 de noviembre de 2019, la presidente de la FUNDACIÓN “NIÑOS EN MANOS DE ROTARY” solicitó la reforma del estatuto de la referida organización; y,
Que, de la revisión y análisis de la documentación remitida realizada por la Dirección Nacional de Consultoría Legal, que consta del “Informe de cumplimiento de requisitos de las organizaciones sociales y ciudadanas” No. DNCL- GR-4-2020 de 21 de enero de 2020, se desprende que la FUNDACIÓN “NIÑOS EN MANOS DE ROTARY”, cumple con los requisitos establecidos en el Reglamento para el Otorgamiento de Personalidad Jurídica a las Organizaciones Sociales;
En ejercicio de la atribución que le confiere el Acuerdo Ministerial No. 00005257 de 25 mayo de 2015, reformado con Acuerdo Ministerial No. 00005274 de 15 de julio de 2015