Acuerdo 0890 Acéptase la solicitud de repatriación de Eduardo Valois

No. 0890 
Dra. Ledy Andrea Zúñiga Rocha 
MINISTRA DE JUSTICIA, DERECHOS HUMANOS Y CULTOS 

Acuerda:

Artículo 1.- Aceptar la solicitud de repatriación del ciudadano colombiano Eduardo Valois Medina con cédula de ciudadanía 14966613 a un Centro de Rehabilitación Social en territorio colombiano, donde cumplirá el resto de su pena privativa de libertad.

Artículo 2. Disponer a la Dirección de Asuntos Internacionales realice todas las acciones tendientes a la plena ejecución del presente acuerdo así como la notificación al Juez de Garantías Penitenciarias con el presente Acuerdo.

Artículo 3.- Entregar la custodia del ciudadano colombiano Eduardo Valois Medina a las autoridades competentes del Gobierno de Colombia que para el efecto hubiere designado, con miras al cumplimiento de dicho traslado.

Artículo 4.- Notificar con el presente Acuerdo Ministerial al señor Eduardo Valois Medina, al Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana, INTERPOL del Ecuador, al Viceministerio de Atención de Personas Privadas de Libertad, así como al Ministerio de Justicia y del Derecho de la República de Colombia, quienes prestarán las facilidades necesarias para el cumplimiento inmediato de esta repatriación.

Artículo 5.- Esta repatriación surtirá efecto al ser aprobada por el Ministerio de Justicia y del Derecho de Colombia.

El presente Acuerdo entrará en vigencia a partir de su suscripción, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.

Viernes 20 de Marzo de 2015