Nº 001-2011
EL ILUSTRE CONCEJO CANTONAL SANTA ELENA
Expide:
LA SIGUIENTE ORDENANZA DE CREACIÓN DE LA EMPRESA MUNICIPAL DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO DEL CANTÓN SANTA ELENA EN ZONAS URBANAS Y RURALES “EMAPSE EP”.
TÍTULO I
CREACIÓN, DENOMINACIÓN Y OBJETIVOS
Art.1.-DENOMINACIÓN.- Créase la Empresa Municipal de Agua Potable y Alcantarillado del Cantón Santa Elena en zonas urbanas y rurales “EMAPSE EP”, como una persona jurídica de derecho público, con patrimoniopropio,dotadadeautonomía presupuestaria, financiera, económica, administrativa y de gestión, que opera sobre bases comerciales y cuyo objeto es la prestación de servicios públicos de agua potable y alcantarillado, sus servicios complementarios, conexos y afines que pudieran ser considerados de interés colectivo, otros servicios que resuelva el Directorio, así como la gestión de sectores estratégicos, el aprovechamiento sustentable de recursos naturales o de bienes públicos y en general al desarrollo de actividades económicas conexas a su actividad que correspondan al Estado, los mismos que se prestarán enbase alos principios de obligatoriedad, generalidad, uniformidad, eficiencia,universalidad, accesibilidad, regularidad, calidad, responsabilidad, continuidad, seguridad y precios equitativos, además de tratamiento, provisión, distribución de agua potable; determinación de calidad del agua; saneamiento ambiental; darasistencia técnica alasJuntas deAgua oJAAP’S; diseñar programas, proyectos sostenibles deampliación, mejoramiento o rehabilitación de los sistemas de agua y alcantarillado supervisar el funcionamiento de los servicios instalados y demás que consten en su objeto social.
La Empresa Pública EMAPSE EP se rige por la Constitución de la República, la Ley Orgánica de Empresas Públicas, el Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización-COOTAD, la presente ordenanza, reglamentos que se expidieren y demás normativa conexa vigente. Orientando su accionar con criterios de eficiencia, racionalidad y rentabilidad social, preservando el desarrollo sustentable, integral y descentralizado de las actividades económicas de acuerdo con la Constitución.
Art. 2.- DOMICILIO.- La EMAPSE EP tendrá su domicilio principal en la ciudad de Santa Elena, capital provincial de Santa Elena, República del Ecuador, pudiendo prestar sus servicios en el ámbito cantonal y nacional, directamente o a través de empresas filiales, subsidiarias, agencias o unidades de negocio, o a través de organizaciones comunitarias, de conformidad con lo estipulado en la ley.
Art. 3.- PRINCIPIOS.- La EMAPSE EP se regirá por los principios siguientes:
- Contribuir en forma sostenida al desarrollo humano y buen vivir de la población ecuatoriana;
- Actuar con eficiencia, racionalidad, rentabilidad y control social y preservando el ambiente;
- Propiciar la obligatoriedad, generalidad, uniformidad, eficiencia, universalidad, accesibilidad, regularidad, calidad,continuidad, seguridad, precios equitativos y responsabilidad en la prestación de servicios públicos; y,
- Precautelar que los costos socio-ambientales se integren a los costos de producción.
Art. 4.- FINES.- El objetivo principal de la Empresa Municipal de Agua Potable y Alcantarillado del cantón Santa Elena en zonas urbanas y rurales del cantón Santa Elena EMAPSE EP, entre otros es la prestación de servicios de agua potable, alcantarillado, sus servicios complementarios, conexos y afines que pudieren ser considerados de interés colectivo y cuya incorporación resuelva el Directorio de esta empresa pública.
Por lo tanto son fines de la EMAPSE EP los siguientes:
- De forma general diseñar, planificar, construir, mantener, operar y, en general, explotar la infraestructura de los sistemas para la captación, conducción, producción, distribución y comercialización deaguapotable;larecoleccióny conducción de aguas lluvias; y, la recolección, conducción y tratamiento de aguas servidas;
- Construcción de los sistemas de aducción, conducción, impulsión y distribución de agua potable en las áreas urbanas y rurales del cantón;
- Construcción de los sistemas de alcantarillado sanitario y pluvial en las áreas urbanas y rurales del cantón;
- Prestar servicios públicos a través de la infraestructura a su cargo;
- Coordinar el mantenimiento de las fuentes hídricas, de conformidad con el ordenamiento jurídico nacional y metropolitano;
- Ampliación de las redes de los sistemas de agua y alcantarillado sanitario y pluvial del cantón;
- Realizar estudios para la rehabilitación de los sistemas de agua, alcantarillado sanitario y pluvial en las zonas urbanas y rurales del cantón;
- Tratamiento de aguas residuales en las zonas urbanas y rurales del cantón;
- Realizar directamente la comercialización de sus servicios;
- Ejecutar por sí mismo o por contratación la realización de obras y prestación de servicios;
- Adquirir equipos, repuestos y accesorios para el cumplimiento de sus fines;
- Prestar toda clase de servicios administrativos, operativos y gerenciales relativo a sus fines;
- Construcción y equipamiento de pozos de agua en las zonas rurales donde no cuenten con agua potable;
- Construcción de reservorios altos y bajos para almacenamiento de agua y líneas de impulsión;
- Proporcionar asistencia técnica, administrativa y financiera a las JAAP’S y realizar la debida coordinación en el cumplimiento de sus fines particulares;
- Verificar la regularidad y continuidad de los servicios de agua en calidad y cantidad;
- Implementos de obras de infraestructura básicas de saneamiento;
- Proporcionar bienes servicios en materia de agua y saneamiento a todas las comunidades de nuestro cantón;
- Administrar plantas potabilizadoras de agua;
- Importar insumos, equipamiento, maquinaria y demás bienes para el cumplimiento de sus fines sociales;
- Celebrar toda clase de actos o contratos permitidos por la ley en cumplimiento de su objeto social; y,
- Las demás actividades operativas y de prestación de servicios relativas a las competencias que le corresponden al Gobierno Municipal de Santa Elena, deconformidad conel ordenamiento jurídico nacional, en el ámbito de la gestión del agua potable y saneamiento.
Para el cumplimiento de su objeto y sin perjuicio de lo establecido en el régimen común de las empresas públicas, podrá desarrollar actividades o proyectos de rentabilidad social, obtener excedentes o superávit en su gestión.
Art.5.- RESPONSABILIDAD.- EMAPSE EP es una empresa pública creada por el Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal de Santa Elena, resuelta por el Concejo Cantonal de Santa Elena, en el ejercicio de las facultades conferidas por la Constitución y legislación vigentes, para el ejercicio de sus funciones primordiales en materia de prestación de sus servicios.
La EMAPSE EP seráresponsable de los servicios que prestare y ejercerá el control y sanción administrativa, de conformidad con la legislación vigente, a todas y a todos los usuarios y que en su actividad perjudiquen o afecten el funcionamiento de los sistemas para la prestación de los servicios que brinda.
TÍTULO II
ORGANIZACIÓN DE LA EMPRESA
Art. 6.- NIVELES DE ORGANIZACIÓN.- La EMAPSE EP estará organizada de la forma siguiente:
- Nivel Directivo, representado por el Directorio. A este nivel le compete la determinación de las políticas y estrategias de la empresa, vigilando el cumplimiento de los objetivos y metas, a través de las funcionarias y funcionarios del Nivel Ejecutivo;
- Nivel Ejecutivo, representado por el Gerente General. A este nivel le compete formular los programas y planes de acción para ejecutar las políticas y directrices impartidas por el Directorio, organizando, dirigiendo y controlando el cumplimiento de las mismas;
- Nivel Asesor, conformado por la Asesoría Jurídica, la Auditoría Interna y las comisiones nombradas por el Directorio. A este nivel le compete prestar asistencia y asesoría en los asuntos relativos a su competencia;
- Nivel Apoyo, representado por la Jefatura Administrativa, Financiera, Coordinación de Sistemas de Información Institucional y Secretaría General. El objetivo de su existencia es facilitar las labores de las áreas ejecutivas y operativas; y,
- Nivel Operativo, representado por los departamentos comerciales y técnicos. A este nivel le corresponde la ejecución de programas, proyectos y actividades de operación y mantenimiento de los servicios que presta la EMAPSE EP.
Art.7.-GOBIERNO Y ADMINISTRACIÓN DE LA EMPRESA.- El Gobierno, direccionamiento y administración de EMAPSE EP, se ejercerá a través del Directorio y la Gerencia General, los demás niveles y áreas cooperarán armónicamente para la consecución de los objetivos, fines y metas planteadas.
Las facultades y atribuciones delosniveles de organización de la empresa constarán en la normativa interna, que para el efecto expedirá el Directorio.
CAPÍTULO I
DEL DIRECTORIO
Art. 8.- INTEGRACIÓN.- El Directorio de la EMAPSE EP, estará integrado por:
- El Alcalde de Santa Elena o su delegado, quien lo presidirá;
- Un funcionario de la Administración Municipal, designado por el Alcalde; y,
- El Concejal Presidente de la Comisión Permanente de Agua Potable y Alcantarillado.
Para los miembros del Directorio establecido en los literales b) y c) del Art. 5 de la presente ordenanza, se deberá designar unsuplente. Para elcaso del Concejal Presidente de la Comisión Permanente de Agua Potable y Alcantarillado el suplente será el segundo integrante de esta Comisión y así sucesivamente. De no existir más Miembros de la Comisión Permanente de Agua Potable y Alcantarillado para ser suplentes, será el Pleno del Concejo Municipal el que los designe, por pedido del Presidente del Directorio.
El Gerente de la EMAPSE EP actuará como Secretario, con derecho a voz pero sin voto. Los miembros durarán en sus funciones dos años, pudiendo ser reelegidos. Todos los representantes del Directorio tendrán su respectivo suplente, que actuará en ausencia del titular.
El funcionario municipal miembro del Directorio durará dos años en sus funciones, pudiendo ser reelegido.Si dejaré de tener la calidad de funcionario municipal perderá a su vez la condición de miembro del Directorio, debiendo ser sustituido por el suplente, el Alcalde del cantón designará al nuevo suplente.
Art.9.-QUÓRUM, VOTACIÓN Y DIRIMENCIA.- Para que el Directorio pueda instalarse y sesionar será necesaria la concurrencia de más del 50% de sus miembros, adoptará sus resoluciones por mayoría simple devotos de los asistentes y en caso de empate,el Presidente tendrá voto dirimente.
En caso de igualdad en la votación, la resolución se tomará en el sentido del voto de la o el Presidente.
El orden de las votaciones será por lista alfabética. El Presidente votará último. Una vez realizado el llamado a votación los miembros del Directorio no podrán abandonar la sala de sesiones.
CAPÍTULO II
ATRIBUCIONES Y DEBERES DEL DIRECTORIO
Art.10.-DEL DIRECTORIO.- Además de las atribuciones y deberes contemplas en la Ley Orgánica de Empresas Públicas, son atribuciones y deberes del Directorio:
- Definir las políticas, metas y objetivos de la EMAPSE EP;
- Legislar y fiscalizar la administración de la empresa, aprobar o modificarsu reglamento, normas administrativas y la estructura orgánica de la EMAPSE EP; así como dictar las normas que sean necesarias para su eficiente funcionamiento sujetándose a las disposiciones de esta ordenanza;
- Aprobar la estructura orgánica de la EMAPSE EP, tomando en cuenta los requerimientos para un eficaz cumplimiento de sus metas y objetivos;
- Aprobar los indicadores de gestión y calidad que la empresa requiere para cumplir lo establecido en la Ley Orgánica deEmpresas Públicas yqueaseguren su sostenibilidad;
- Otorgar delegaciones a personas naturales o jurídicas para la prestación de los servicios que le corresponde brindar a la EMAPSE EP, conforme a las normas que se dicten para el efecto;
- Proponer, para conocimiento y aprobación del Concejo, proyectos de ordenanzas cuya expedición considere necesaria y que se relacionen con su ámbito de actividad;
- Estudiar y aprobar, en dos sesiones, hasta el 30 de noviembre de cada año;
- Designar a la o el Gerente General de la empresa de una terna propuesta por el Alcalde;
- Aprobar la creación de filiales o subsidiarias, nombrar a sus administradoras o administradores con base a una terna presentada por el Alcalde del cantón, y sustituirlos cuando el caso amerite;
- Aprobar losproyectos yprogramas detrabajo que presente el Gerente;
- Conocer y resolver sobre los informes del Gerente y Auditor Interno;
- Conocer y aprobar los créditos tanto internos como externos que se otorguen a la EMAPSE EP;
- Conocer y resolver en última instancia sobre las reclamaciones o apelaciones administrativas que presenten las personas naturales o jurídicas respecto de las resoluciones administrativas dictadas por quien ejerza la Gerencia General;
- Disponer que en todas las modalidades en que la EMAPSE EP participare como socia o accionista, sea obligación precautelar que su patrimonio no sufra menoscabo, y que participe en las mejores condiciones en la constitución, administración y beneficio de las sociedades y asociaciones, así como los réditos que se obtengan sean reinvertidos para una mejor prestación de los servicios de agua potable y alcantarillado;
- Dictar la reglamentación interna para determinar los ordenadores del gasto y la cuantía hasta por la cual quien ejerza la Gerencia General y otros funcionarios puedan comprometer en obligaciones a nombre de la empresa;
- Conceder licencias o declarar en comisión de servicio a funcionarios y empleados, cuando la solicitud sobrepase los treinta días, de acuerdo a la ley. Para el caso de los trabajadores, se estará a lo dispuesto en las normas legales pertinentes;
- Analizar bajo los criterios de distribución equitativa, solidaridad social, eficiencia y recuperación de costos deinversión, las tasas municipales, conforme alas ordenanzas respectivas y presentar los resultados de su estudio al Concejo Municipal de Santa Elena para su revisión y análisis; y,
- Proponer al Concejo Municipal la fijación de tarifas por los servicios que preste la EMAPSE EP y que no constituyan ingresos tributarios.
- Supervisar, controlar y evaluar la marcha técnica, administrativa y financiera de la empresa;
- Presentar al Concejo Municipal informe semestrales sobre la marcha de la empresa;
- Autorizar ysupervisar losprocesos delicitación y contratación de acuerdo a lo establecido por la respectiva ley;
- Autorizar los convenios con las organizaciones comunitarias relativas al objeto de la empresa; y,
- Remover al Gerente antes del período para el cual fue nombrado, porcausas debidamente justificadas que están contemplados en los reglamentos y leyes aplicables al sector público.
CAPÍTULO III
DEBERES Y ATRIBUCIONES DEL PRESIDENTE DEL DIRECTORIO
Art.11.-DEL PRESIDENTE.-Son deberes y atribuciones del Presidente del Directorio:
- Cumplir y hacer cumplir la Constitución, la ley, los preceptos de esta ordenanza, los reglamentos de la EMAPSE EP y las demás normas jurídicas y administrativas que rijan para las empresas públicas municipales;
- Presidir con voz y voto dirimente las sesiones del Directorio y legalizar las actas conjuntamente con el Gerente;
- Conceder licencia al Gerente por un plazo no mayor de treinta días;
- Coordinar las acciones de la EMAPSE EP con las del Gobierno Municipal de Santa Elena; y,
- Convocar a sesiones ordinarias o extraordinarias de Directorio;
CAPÍTULO IV
DE LAS SESIONES DEL DIRECTORIO
Art. 12.- SESIONES ORDINARIAS Y EXTRAOR- DINARIAS.- El Directorio de la EMAPSE EP se reunirá ordinariamente una vez por mes y extraordinariamente a petición de dosomásde sus miembros, opor pedido individual del Alcalde del cantón, Presidente del Directorio, Gerente General y Auditor Interno.
Art. 13.- DE LAS CONVOCATORIAS.- El Presidente del Directorio convocará a las sesiones ordinarias cuando menos con cuarenta y ocho horas de anticipación y a las extraordinarias con veinticuatro horas previas, exponiendo los motivos de dicha convocatoria con el orden del día.
Las convocatorias se realizarán de manera escrita, en la que constará el orden del día, el lugar, la fecha y hora en que se llevará a efecto. La convocatoria y documentación adjunta necesaria podrá ser enviada por medios físicos o electrónicos.
En las sesiones solo podrán tratarse los asuntos para el cual fue convocado el Directorio.
El Directorio podrá sesionar en cualquier tiempo y lugar sin necesidad de convocatoria previa, dentro del territorio nacional para tratar cualquier asunto, siempre y cuando estén presentes ymanifiesten suconformidad todos los miembros del Directorio.
Art. 14.- CAUSALES DE REMOCIÓN.- Los miembros del Directorio determinados en los literales b) y c) del Art. 8 precedente, que injustificadamente no concurran a tres sesiones consecutivas, serán removidos, bastando la certificación del Secretario del Directorio, para que el Presidente proceda a convocar a su suplente o disponga el procedimiento que se establece en esta ordenanza.
Art. 15.- ACTAS.- Se llevarán actas de las sesiones del Directorio, las que una vez aprobadas por el mismo, serán suscritas por el Presidente y el Secretario.
CAPÍTULO V
DEL GERENTE
Art. 16.- RESPONSABILIDAD.- El Gerente será responsable ante el Directorio y el Concejo Municipal por la gestióntécnica,financierayadministrativade la empresa, por lo cual tiene los deberes y atribuciones suficientes para formular los programas y planes de acción que serán aprobados por el Directorio.
El Gerente será nombrado de una terna presentada por el Alcalde, debiendo cumplir los requisitos establecidos en el Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización-COOTAD, Ley de Empresas Públicas y Ley de Servicio Público, será un funcionario de libre remoción.
Durará dos años en sus funciones, pudiendo ser reelegido.
Art. 17.- REQUISITOS.- El Gerente deberá poseer título profesional, experiencia por lo menos de cinco años, reunir lascondiciones deidoneidad profesional para dirigir la empresa.
Art. 18.- DEBERES Y ATRIBUCIONES.- El Gerente de la EMAPSE EP tendrá los deberes y atribuciones siguientes:
- Representar a la empresa judicial y extrajudicialmente;
- Administrar la empresa ejecutando y celebrando a nombre delamisma los actos, contratos y gestión necesaria para la correcta marcha administrativa, financiera, técnica de esta;
- Dirigir la elaboración del proyecto de presupuesto anual que será presentado a consideración y aprobación del Directorio, que deberá ser presentado hasta el 20 de octubre;
- Someter oportunamente a la aprobación del Directorio la planificación, programas y proyectos de obras, mejoras y ampliaciones de los temas relacionados con los fines de la empresa y otros que fueren necesarios enfunción de las prioridades establecidas y de las posibles fuentes de financiamiento;
- Autorizar los gastos e inversiones hasta las cuantías determinadas por el correspondiente reglamento;
- Solicitar al Directorio la aprobación de traspasos, aumentos o disminuciones de partidas presupuestarias que afecten a varios programas, y autorizarlos directamente cuando se refieran a un mismo programa;
- Presentar deforma mensual losinformes sobre las actividades administrativas, financieras y técnicas de los trabajos llevados a cabo, así como de la situación financiera de los proyectos y en general de la marcha de la EMAPSE EP, o cuando lo requiera el Directorio;
- Presentar mensualmente al Directorio los balances económico-financieros de la EMAPSE EP, con todos sus anexos;
- Someter a consideración del Directorio, hasta el 31 de enero, la liquidación del presupuesto del ejercicio anterior, cumpliendo lo dispuesto en el Art. 265 del COOTAD;
- Formularal Directorio proyectos de ordenanzas, reglamentos y normativa de la EMAPSE EP y de su estructura orgánica, programas de servicios y propuestas de resoluciones para una mejor gestión administrativa - financiera y el efectivo cumplimiento de sus funciones;
- Actuar como Secretario del Directorio;
- Administrar el personal de la empresa para el cual podrá contratar, sancionar y remover de acuerdo a la ley y los reglamentos;
- Ejercer el control directo o por delegación del cumplimiento de los contratos suscritos por la empresa;
- Disponer de manera directa o delegada, el control y recaudación oportuna de los valores que se adeuden a la empresa por cualquier concepto, disponer acciones administrativas y legales que fueren necesarios para este objetivo;
- Velar por la conservación de los bienes, aprovechamiento y utilización de la empresa;
- Propiciar el establecimiento de una estructura admi- nistrativo ágil para lo cual podrá delegar atribuciones y deberes a los funcionarios de la empresa;
- Cumplir y hacer cumplir las leyes, ordenanzas y reglamentos y otras normas aplicables a la EMAPSE EP, así como los acuerdos y resoluciones del Directorio;
- Concurrir, obligatoriamente, a las sesiones del Concejo Municipal y demás organismos municipales que requieran su presencia; y,
- Las demás que le faculten los reglamentos y el Directorio.
Art. 19.- PROHIBICIÓN.- No podrán ser designados ni actuar como Gerente General o administradores de agencias o unidades de negocio, personal de libre designación o jefe de unidades o áreas de la empresa pública, quienes al momento de su designación o durante el ejercicio de sus funciones se encuentren incursos en una o más de las inhabilidades siguientes:
- Ser cónyuge, tener unión de hecho o ser pariente de hasta el cuarto grado de consaguinidad o segundo de afinidad de alguno de los miembros del Directorio;
- Si estuvieren ejerciendo actividades de auditores, accionistas, asesores, directivos o tuvieren relación de dependencia con personas naturales y/o jurídicas privadas, sociedades de hecho o asociaciones de estas, que tengan negocios con la empresa pública o con respecto de los cualesse deduzca un evidente conflicto de intereses;
- Que tengan suscritos contratos vigentes con EMAPSE EP o en general con el Estado en actividades relacionadas con el objeto de esta empresa pública;
- Que se encuentren litigando en calidad de procuradores judiciales, abogados patrocinadores o parte interesada contra la EMAPSE EP o en general con el Estado en temas relacionados con el objeto de esta empresa pública;
- Que ostenten cargos de elección popular, los ministros y subsecretarios de Estado y los integrantes de los entes reguladores de control;
- Que se encuentren inhabilitados en el Registro Único de Proveedores, RUP; y,
- Las demás que se establecen en la Constitución y la legislación vigente.
En el evento de comprobarse que la persona designada para este cargo se encuentra incursa en una o cualquiera de las inhabilidades señaladas, será inmediatamente cesada en sus funciones por el Directorio o el Gerente General, según corresponda, sin perjuicio de responsabilidades civiles, administrativas y/o penales que se pudieren determinar. La cesación del cargo o terminación del contrato no dará lugar al pago o reconocimiento de indemnización alguna.
CAPÍTULO VI
DE LA AUDITORÍA INTERNA
Art. 20.- DESIGNACIÓN.- La EMAPSE EP contará con un Auditor Interno que será designado de acuerdo a la Ley Orgánica de la Contraloría General del Estado. Ejercerá sus funciones de control de manera concurrente, independiente, de acuerdo con las normas nacionales de auditoria, la legislación aplicable al sector público, presentará susinformes deforma mensual oapetición expresa del Directorio.
Las actividades de EMAPSE EP estarán sometidas al control y supervisión del Concejo Municipal de Santa Elena, la o el auditor interno, o auditorias externas por parte de la Contraloría General del Estado y el Consejo de Participación Ciudadana.
Art. 21.- DIRECCIÓN DELCONTROL.- La Contraloría General del Estado dirigirá el sistema de control administrativo, que se compone de un sistema de control interno y externo, de conformidad con lo estipulado en el Art. 47 de la Ley Orgánica de Empresas Públicas.
TÍTULO III
PATRIMONIO E INGRESOS
Art. 22.- PATRIMONIO.- El patrimonio de la EMAPSE EP estará constituido por:
- Losbienes muebles einmuebles entregados porla Ilustre Municipalidad de Santa Elena, para la constitución y sostenimiento de la EMAPSE EP;
- Los equipos e instalaciones que actualmente pertenecen al departamento de JASAR; y,
- Los bienes que la EMAPSE EP obtenga a cualquier titulo después de su creación.
Art. 23.- DE LOS RECURSOS FINANCIEROS.- Son recursos financieros de la EMAPSE EP:
- Los ingresos procedentes de la aplicación de las ordenanzas de fijación de tarifas por los servicios que preste;
- Los ingresos provenientes por recaudación de cuentas por cobrar de cartera vencida;
- Las asignaciones establecidas delEstado, del Gobierno Municipal de Santa Elena y de otras entidades;
- Las asignaciones que le correspondan por impuestos nacionales, regionales o locales, como el impuesto a los consumos especiales, etc.;
- Los ingresos por la venta de equipos u otros bienes, que se realizará previa autorización del Directorio y siguiendo los procedimientos establecidos en las normas legales vigentes;
- Los ingresos por los financiamiento que obtenga;
- Los ingresos no tributarios por todos los servicios que preste; y,
- Los provenientes de donaciones y más asignaciones legítimas.
TÍTULO IV
DE LOS SISTEMAS DE INFORMACIÓN
Art. 24.- DIVULGACIÓN DE INFORMACIÓN.- EMAPSE EP deberá divulgar en sus sitos web, entre otros aspectos:
- La información financiera y contable del ejercicio anterior;
- La información mensual de la ejecución presupuestaria de la empresa;
- El informe de rendición de cuentas de los administradores;
- Los estudios comparativos de los dos últimos ejercicios fiscales;
- Sus reglamentos internos;
- El estado o secuencia de los trámites o petitorios que hagan los usuarios o consumidores;
- La información sobre el estado de cuenta relativo al pago por consumo o por servicios;
- Los procesos de contratación que se realicen; e, i) Los demás que establezca la legislación vigente.
TITULO V
DEL JUZGAMIENTO A LAS VIOLACIONES E INCUMPLIMIENTOS A LAS ORDENANZAS Y REGLAMENTOS
Art. 25.- COMPETENCIA.- El Gerente General es competente para conocer y sancionar las violaciones e incumplimientos a las ordenanzas y reglamentos relativos a la prestación de los servicios de la EMAPSE EP, de conformidad con las facultades que le atribuye la ley.
Si al juzgar violaciones e incumplimientos a la normativa vigente, encontrare que se han cometido también un delito, juzgará las primeras, debiendo remitir copia certificada del expediente correspondiente a la Fiscalía competente u organismo competente para la investigación del delito.
La facultad sancionadora se ejercerá con sujeción a las normas especiales de este título y a las disposiciones pertinentes de la ley.
Art. 26.- TRÁMITE.- Las violaciones e incumplimientos a las ordenanzas y reglamentos relativos a la prestación de servicios de la EMAPSE EP pueden juzgarse de oficio o a petición de parte y en observancia del trámite previsto en la ley, debiendo garantizarse el debido proceso.
TÍTULO VI
DE LA DECLARATORIA DE UTILIDAD PÚBLICA
Art.27.-COMPETENTE PARA DECLARATORIA.- El Gerente General es competente para resolver la declaratoria de utilidad pública de bienes inmuebles necesarios para el cumplimiento de los fines y objetivos de la EMAPSE EP, de conformidad con la ley.
TÍTULO VII
GENERALIDADES
Art. 28.- NORMAS SOBRE BIENES.- Los bienes muebles, inmuebles y más valores del activo de la EMAPSE EP, no podrán ser donados. El Directorio determinará las normas para el arrendamiento, comodato precario, licencias de uso y concesiones, de acuerdo a las disposiciones legales vigentes sobre la materia.
Art. 29.- JURISDICCIÓN COACTIVA.- De conformidad con la ley la EMAPSE EP, ejercerá la jurisdicción coactiva.
El Directorio reglamentará el ejercicio de la acción coactiva.
Art. 30.- JUNTAS DE AGUA.- Las juntas administradoras de agua regionales y locales continuarán ejerciendo las funciones que mantienen a la actualidad en el ámbito de sus jurisdicciones y coordinarán este ejercicio con EMAPSE EP.
Art. 31.- VIGENCIA.- La presente ordenanza entrará en vigencia a partir de su publicación en el Registro Oficial.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
PRIMERA.- Una vez promulgada esta ordenanza, se cumplirán las acciones necesarias para el funcionamiento de la EMAPSE EP.
SEGUNDA.- El Concejal que integre el Directorio, al momento de la conformación de la EMAPSE EP, durará en sus funciones mientras ejerza la Presidencia de la Comisión Permanente de Agua Potable y Alcantarillado, luego será reemplazado por su sucesor y así sucesivamente.
TERCERA.- El Concejo Cantonal, previo inventario presentado por la Comisión designada para el efecto por el Alcalde, autorizará el traspaso de los bienes municipales que, en virtud de esta ordenanza, pasarán a formar parte del patrimonio de la EMAPSE EP.
CUARTA.- El Concejo Municipal determinará los activos y pasivos que actualmente son de la Ilustre Municipalidad de Santa Elena relacionados con el objeto social que serán asumidos por la EMAPSE EP, previo informe del Alcalde del Cantón.
QUINTA.- El personal de empleados y/u obreros que actualmente prestan servicios en el Departamento de JASAR, seguirán laborando en forma normal dependiendo de la Municipalidad y remuneradas por la misma institución, los empleados que sean necesarios en las diferentes áreas serán contratados por prestación de servicios por parte de la empresa o si la Municipalidad contara conmáspersonal pasarán aformar parte de la misma, el Contador General y el Director Financiero serán elegidos por concurso de merito y elegidos por el Alcalde.
SEXTA.- EMAPSE EP a partir de su funcionamiento actuará como FISCALIZADOR de los contratos de obras de alcantarillado y agua potable que se encuentren vigentes y el contratista los respetará hasta su terminación, previa decisión del Alcalde del cantón.
SÉPTIMA.- Las competencias que mantiene la Jefatura de Agua y Saneamiento Rural relativas al objeto social de EMAPSE EP, serán asumidas por la empresa municipal que se crea por esta ordenanza.
OCTAVA.- El Alcalde del cantón podrá contratar personal para que ejerza las labores de Contador General y/o Asesor Legal en las empresas públicas creadas por la Municipalidad hasta que sea necesario contar con estos funcionarios de forma particular en cada empresa, de acuerdo al desarrollo administrativo financiero que tengan.
- Inicie sesión o regístrese para comentar