EL CONCEJO MUNICIPAL DEL CANTÓN GONZALO PIZARRO
Expide:
La Ordenanza sustitutiva para adoptar la denominación de: GobiernoAutónomo -Descentralizado Municipal del Cantón Gonzalo Pizarro.
Art. 1.- A partir de la promulgación de la presente Ordenanza el Gobierno Municipal del Cantón Gonzalo Pizarro, se denominará Gobierno Autónomo - Descen- tralizado Municipal del Cantón Gonzalo Pizarro.
Art. 2.- La Sede del Gobierno Autónomo - Descentralizado Municipal del Cantón Gonzalo Pizarro, será la ciudad de Lumbaquí, que gozará de autonomía política, administrativa y financiera de conformidad con el Art. 238 de la Constitución de la República del Ecuador y Art. 53 del Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomías y Descentralización.
Art. 3.- Funciones del GobiernoAutónomo- Descentralizado Municipaldel Cantón Gonzalo Pizarro.- Se sujetará su accionar administrativo y operativo a dar fiel cumplimiento a las competencias y funciones que estableceel Art.264 de la Constitución de la República del Ecuador y de conformidad con lo que establecen los Arts.54 y 55 del CódigoOrgánicode Organización Territorial, Descentralización y Autonomías y las que sean asumidas mediante delegación y otras que se le asigne a través del Sistema Nacional de Competencias.
Art. 4.- Sus siglas para su identificación y publicación en medios impresos y electrónicos del Gobierno Autónomo - DescentralizadoMunicipal delCantónGonzaloPizarro, será GAD-MCGP.
Art. 5.- De la ejecución y cumplimiento de la presente ordenanza, encárguese la Secretaría General del Gobierno Autónomo - Descentralizado Municipal del Cantón Gonzalo Pizarro.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
Primera: Con la aprobación del Concejo Municipal y su respectivapromulgación,queda derogada la Ordenanza para adoptar la Denominación de Gobierno Municipal de Gonzalo Pizarro, aprobada por el Concejo Municipal del GobiernoMunicipaldel Cantón GonzaloPizarroen segundo debate el 10 de septiembre del 2001.
Segunda: Las hojas de formularios y oficios impresos que mantienen la identificación con Gobierno Municipal del Cantón Gonzalo Pizarro, se utilizarán hasta el 31 de diciembre del 2010.
ParaelefectoelseñorAlcaldedeconformidad conel Reglamento sustitutivo de bienes del sector público; una vez cumplido el plazo, establecerá la correspondiente comisión técnica para dar de baja todas las especies que se mantengan con la denominación de: Gobierno Municipal del Cantón Gonzalo Pizarro.
Disposición Final.- La presente ordenanza entrará en vigencia a partir de la fecha de su promulgación, de conformidad con lo que establece el Art. 324 del Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomías y Descentralización.
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