Nº008-GPL-2010
EL GOBIERNO PROVINCIAL DE LOJA
Expide:
La Ordenanza de creación de la Empresa Regional de Energías Renovables y Desarrollo Humano, ENERSUR E.P.
CAPÍTULO PRIMERO
De la Personalidad Jurídica y Régimen
Artículo 1.- Creación y Régimen.- Constitúyase la EMPRESA REGIONAL DE ENERGÍAS RENOVABLES Y DESARROLLO HUMANO, ENERSUR E.P. como sociedad de derecho público, con personalidad jurídica y patrimoniopropio, autonomía presupuestaria, financiera, económica, administrativa y de gestión; se sujetan al ordenamiento jurídico legal de la República del Ecuador, en general, y en especial a la Ley Orgánica de Empresas Públicas,alaOrdenanza que regula lacreación de las empresas públicas del Gobierno Autónomo Descentralizado de Loja, a la ordenanza de creación, a la normativa interna que expidan sus órganos, y más normas vigentes en el territorio del Estado del Ecuador aplicables a su naturaleza y objeto; para el cumplimiento de su objeto y objetivos, cumplirá el régimen especial de gestión del talento humano, contratación, mecanismos asociativos y de expansión y desarrollo, económico, de financiamiento, sistemas de información, control y auditoría de la Ley Orgánica de Empresas Públicas; podrán establecer empresas subsidiarias, empresas filiales, agencias y unidades de negocio, de conformidad con la ley; las o los gerentes generales ejercerán la representación legal, judicial y extrajudicial; y, la creación, fusión, escisión y liquidación de las empresas se efectuará conforme las disposiciones de la Ley Orgánica de Empresas Públicas y las normas aplicables de la Legislación de la República del Ecuador, observando los procedimientos legislativos internos institucionales y la presente ordenanza.
Artículo 2.- Objeto.- El objeto principal de la empresa pública EMPRESA REGIONAL DE ENERGÍAS RENOVABLES YDESARROLLOHUMANO,“ENERSUR EP” abarca: a) Todo tipo de negocios y actividades relacionadas con la generación y comercialización de energías limpias; promoción, desarrollo y construcción de proyectos de generación con recursos naturales renovables,adicionalmente la planificación, capacitación y servicios en el área de la energía; b) La participación directa o indirecta en programas y proyectos que beneficien la conservación y mejoramiento del medio ambiente y al desarrollo humano; así como el apoyo a proyectos de desarrollo humano; y, c) La participación en programas y proyectos en todas sus fases de: diseño, ejecución y negoción de transacciones enmarcados en el mecanismo de desarrollo limpio, Gold Standar y mercados voluntarios con el objeto de reducción de gases de efecto invernadero y obtención de créditos por la emisión de certificados de reducción de emisiones (CER’S) o sus equivalentes. Para el cumplimiento del objeto principal la compañía está facultada para celebrar todos los actos y contratos necesarios que se relacionen con su objeto, en el cual se incluyen la constitución de nuevas compañías en el país o en el exterior y la adquisición de acciones o participaciones en las ya existentes; podrá asimismo transformarse, fusionarse, escindirse y realizar todos los demás actos societarios permitidos por la Ley de Empresas Públicas. La compañía está facultada para asociarse con personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, para el cumplimiento de su objeto principal en general o para proyectos y trabajos determinados y participar en asociaciones, institutos o grupos internacionales dedicados al desarrollo energético, investigaciones científicas y tecnológicas, desarrollo de procesos y sistemas,así como comercializarlos. Adicionalmente, la compañía podrá constituirse en miembro de organismos internacionales en esta área. La compañía,para elcumplimiento desuobjeto principal, está facultada para celebrar todo tipo de actos, contratos, convenios, de cualquier naturaleza, que estén permitidos por lasleyes ecuatorianas y relacionadas consu objeto principal.
Artículo 3.- Finalidad y alcance.- La finalidad específica de la Empresa Regional de Energías Renovables ENERSUR E.P. será principalmente promover y ejecutar en sus fases de pre-inversión, inversión, operación y mantenimiento la construcción de proyectos de generación eléctrica con recursos naturales renovables dando prioridad a la construcción de los proyectos eólicos e hidroeléctricos que se encuentren dentro de la región 7 del Ecuador, de igual forma por pedido expreso del Gobierno o ministerios podrá ejecutar proyectos donde sea necesaria su participación, con el objeto de generar a favor de la población beneficios sociales, económicos y ambientales.
El ámbito de acción de la empresa lo constituyen principalmente el proyecto Eólico Villonaco y los que se le concesionen o deleguen, para el cumplimiento de los siguientes objetivos: a) La gestión del sector estratégico de generación de electricidad que se le concesione o delegue; b) El fomento del desarrollo integral, sustentable, descentralizado y desconcentrado del Estado, contribuyendo a la satisfacción de las necesidades básicas de los habitantes de la provincia y del país, a la utilización racional de los recursos naturales, y a la reactivación y desarrollo del aparato productivo mediante la seguridad de la oferta energética; y, c) El cumplimiento de los objetivos de la Ley Orgánica de Empresas Públicas en lo que corresponda.
Artículo 4.- Duración y domicilio.- La empresa tendrá su domicilio principal enlaciudad de Loja, autorizándose ejercer sus actividades en el ámbito local, provincial, regional, nacional o internacional.
Por su naturaleza, la duración de esta empresa es indefinida.
CAPÍTULO SEGUNDO
Del Patrimonio
Artículo 5.- Constituyen Patrimonio de la empresa:
- Los títulos habilitantes, bienes tangibles e intangibles y demás activos y pasivos de la EMPRESA PROVINCIAL DE ENERGÍAS ALTERNATIVAS Y DESARROLLO HUMANO, ENERLOJA S. A. que la presente ordenanza provincial le transfiere;
- Los títulos habilitantes, bienes tangibles e intangibles y demás activos y pasivos que adquiera en cumplimiento de su objeto, a cualquier título; y,
- El patrimonio inicial de la Empresa Pública Empresa Regional de Energías Renovables y Desarrollo Humano, ENERSUR EP estará conformado por el traspaso del patrimonio de la compañía anónima “Empresa Provincial de Energías Renovables y Desarrollo Humano ENERLOJA S. A”, mismo que se resume a continuación:
1.ACTIVO |
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12.365.281,00 |
1.1.ACTIVO CORRIENTE |
18.615,45 |
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1.2. ACTIVO FIJO |
153.235,16 |
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1.5. ACTIVOS DIFERIDOS |
193.430,39 |
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1.6. ACTIVO NO CORRIENTE |
12.000.000,00 |
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2.PASIVO |
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12.005.850,05 |
2.1 PASIVO CORRIENTE |
5.467,64 |
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2.2 PASIVO NO CORRIENTE |
12.000.000,00 |
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2.3 OTROS PASIVOS |
382,41 |
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3.PATRIMONIO |
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369.312,99 |
CAPÍTULO TERCERO
De la Dirección y de la Administración de la Empresa
Artículo 6.- Son órganos de dirección y administración de la empresa:
1. El Directorio.
2. La Gerencia General.
Sección I Del Directorio
Artículo 7.- El Directorio de la empresa está integrado, de acuerdo con el artículo 7, letra b) de laLey Orgánica de Empresas Públicas, por los siguientes miembros:
- El Presidente o Presidenta del Directorio, que será el Prefecto/a de la provincia de Loja en funciones, o su delegado permanente, quien será un funcionario del Gobierno Provincial de Loja. Si el Prefecto o Prefecta subrogantes no ejercieren la Presidencia, lo hará el delegado permanente;
- Dos miembros designados por el Prefecto de la provincia de Loja de entre los responsables de las áreas sectoriales, empresas públicas y/o de planificación del Gobierno Autónomo Descentralizado de la Provincia de Loja, relacionadas con el objeto de la empresa; y,
- Dos consejeros/as de la provincia de Loja o sus delegados/as en representación del Consejo Provincial, y que serán designados por el Pleno del Consejo para un período de dos años pudiendo ser reelegidos por un periodo consecutivo.
Actuará como Secretario del Directorio el Gerente General de la empresa, con voz pero, sin voto.
Artículo 8.- Los miembros del Directorio durarán en sus funciones, cuatro años; podrán ser removidos por causas legales; y, para su designación deberán cumplir requisitos de idoneidad y aptitud considerados por la autoridad nominadora. Tratándose de los miembros indicados en los numerales b) y c), estos, cesarán en sus funciones si lo hicierenen su condición de funcionarios públicos. Los miembros del Directorio que cesaren, actuarán en funciones prorrogadas hasta ser legalmente reemplazados.
Artículo 9.- Sesiones del Directorio: Las sesiones del Directorio serán ordinarias y extraordinarias.Las sesiones ordinarias se realizarán una vez al mes, y las sesiones extraordinarias cuando las convoque el Presidente/a por propia iniciativa o a petición de la mitad más uno de los miembros del Directorio o del Gerente.
Artículo 10.- De las convocatorias y actas.- El Directorio será convocado por el Presidente o, el Secretario por disposición de este. Las convocatorias para las sesiones deberán efectuarse mediante comunicación escrita, o fax o correo electrónico, por lo menos con tres días de anticipación en el que no se contarán ni el día de la convocatoria, ni el de la celebración de la sesión, adjuntando el orden del día; de lo cual sentará razón el Secretario/a en el acta de la sesión.
Las actas serán de resoluciones, las suscribirán al final de cada sesión los miembros que hubiesen intervenido, y las autorizarán el Presidente/a y el Secretario/a, para su cumplimiento inmediato.
Artículo 11.- Quórum de instalación y decisorio.- Para que las sesiones de Directorio puedan instalarse, se requerirá de la asistencia de por lo menos tres de sus miembros, entre los que se contará necesariamente el Presidente/a.Las resoluciones se tomarán por mayoría simple de votos de los miembros concurrentes; los votos blancos se suman a la mayoría.Ningún miembro puede abstenerse de votar ni abandonar la sesión una vez dispuesta la votación. En caso de empate, el Presidente/a tendrá el voto dirimente.
Si un miembro del Directorio, su cónyuge o parientes dentro del cuarto grado de consanguinidad y segundo de afinidad o sus consocios en compañíaso entidades tuvieren interés sobre determinado asunto, dicho miembro no podrá participar en su discusión y decisión y deberá retirarse inmediatamente de la sesión por el tiempo que dure el tratamiento y resolución del asunto.
Artículo 12.- Las atribuciones del Directorio son las siguientes:
- Establecer laspolíticas y metasde la empresa, en concordancia con las políticas nacionales, regionales, provinciales o locales formuladas por los órganos competentes y evaluar su cumplimiento.
- Aprobar los programas anuales y plurianuales de inversión y reinversión de la Empresa Pública de conformidad con el Plan Nacional de Desarrollo.
- Aprobar la desinversión de la empresa en sus filiales o subsidiarias.
- Aprobar las políticas aplicables a los planes estratégicos, objetivos de gestión, presupuesto anual, estructura organizacional y responsabilidad social corporativa.
- Aprobar el presupuesto general de la empresa y evaluar su ejecución.
- Aprobar el plan estratégico de la empresa, elaborado y presentado por la Gerencia General, y evaluar su ejecución.
- Aprobar y modificar el Orgánico Funcional de la empresa sobre la base del proyecto presentado por el Gerente General.
- Aprobar y modificar el Reglamento de Funcionamiento del Directorio.
- Autorizar la contratación de los créditos o líneas de crédito, así como las inversiones que se consideren necesarias para el cumplimiento de los fines y objetivos empresariales, cuyo monto será definido en el Reglamento General de la Ley Orgánica de Empresas Públicas con sujeción a las disposiciones de la ley y a normativa interna de cada empresa. Las contrataciones de crédito, líneas de crédito o inver- siones inferiores a dicho monto serán autorizadas directamente por el Gerente General de la empresa.
- Autorizar la enajenación de bienes de la empresa de conformidad con la normativa aplicable desde el monto que establezca el Directorio.
- Conocer y resolver sobre el informe anual de la o el Gerente General, así como los estados financieros de la empresa pública cortados al 31 de diciembre de cada año.
- Resolver y aprobar la fusión, escisión o liquidación de la empresa pública.
- Nombrar a la o al Gerente General, de una terna propuesta por la Presidenta o Presidente del Directorio y sustituirlo.
- Aprobar la creación de filiales o subsidiarias, nombrar a sus administradoras o administradores con base a una terna presentada por la o el Gerente General, y sustituirlos.
- Disponer el ejercicio de las acciones legales, según el caso, en contra de ex administradores de la empresa pública.
- Autorizar toda gestión para obtención y reconocimiento departe deautoridades públicas o privadas, de derechos para el aprovechamiento, uso y explotación de recursos naturales y prestación de servicios públicos, relacionados al objeto de la empresa o necesarios para su cumplimiento a juicio del Directorio.
- Establecer, para el cumplimiento de los fines y objetivos previstos en el artículo 2 de la Ley Orgánica de Empresas Públicas, el porcentaje de excedentes o superávit generado por las actividades económicas de la empresa, que se destinará al presupuesto de inversión y reinversión de la empresa, sus subsidiarias, filiales, agencias y unidades de negocio,paracumplirconsuplanestratégicoy planes operativos, asegurando su vigencia y participación en el mercado sectorial. Los excedentes que no fueren invertidos o reinvertidos, según lo establecido en este artículo, son recursos propios del Consejo Provincial de Loja, por lo cual se integrarán a su presupuesto de Gobierno Autónomo Descentralizado, directamente.
- Resolver acerca de la fusión, transformación, escisión,disolución y liquidación de la compañía; nombrar liquidadores, fijar el procedimiento para la liquidación, la retribución de los liquidadores y considerar las cuentas de liquidación.
- Establecer, de acuerdo con el numeral 9 del artículo 11 de la Ley Orgánica deEmpresas Públicas, los montos para que la Gerencia General pueda iniciar, continuar, desistir y transigir en procesos judiciales y en los procedimientos alternativos de solución de conflictos en los que la Empresa sea parte.
- Las demás señaladas en la Ley Orgánica de Empresas Públicas y su reglamento, en la ordenanza de constitución de cada empresa pública provincial y en otras normas aplicables.
Artículo 13.- Las atribuciones del Presidente o Presidenta del Directorio son las siguientes:
- Presidir las reuniones de Directorio a las que asista y suscribir con elSecretario, las actas respectivas.
- Convocar a las reuniones de Directorio.
- Vigilar la marcha general de laempresa.
- Hacer uso de su voto dirimente en cualquier decisión del Directorio.
Sección II
Del Gerente General
Artículo 14.- La o el Gerente General de la empresa, es la persona responsable de la gestión empresarial, administrativa, económica, financiera, comercial, técnica y operativa de la empresa; quien será designada por el Directorio de la empresa pública de fuera de su seno, cumpliendo con el perfil dispuesto en el artículo 10 literales a) y b) de la Ley Orgánica de Empresas Públicas, y verificando que no se encuentre incurso en las inhabilidades y prohibiciones señaladas en el artículo 14 de la Ley Orgánica de Empresas Públicas; y, durará cuatro años en funciones. Deberá dedicarse de forma exclusiva y a tiempo completo a las labores inherentes a su cargo, con las salvedades determinadas en la Constitución de la República; siendo sus deberes y atribuciones los siguientes:
- Ejercer la representación legal, judicial y extrajudicial de la empresa pública.
- Cumplir y hacer cumplir la ley, reglamentos y demás normativas aplicables, incluidas las resoluciones emitidas por el Directorio.
- Suscribir las alianzas estratégicas aprobadas por el Directorio.
- Administrar la empresa pública, velar por su eficiencia empresarial e informar al Directorio trimestralmente o cuando sea solicitado por éste, sobre los resultados de la gestión, de aplicación de las políticas y de los resultados de los planes, proyectos y presupuestos, en ejecución o ya ejecutados.
- Presentar al Directorio las memorias anuales de la empresa pública y los estados financieros.
- Preparar para conocimiento y aprobación del Directorio el Plan General de Negocios, Expansión e Inversión y el Presupuesto General de la Empresa Pública.
- Aprobar el Plan Anual de Contrataciones (PAC) en los plazos y formas previstos en la ley.
- Aprobar y modificarlos reglamentos internos que requiera la empresa, excepto el señalado en el numeral 8 del artículo 9 de la Ley Orgánica de Empresas Públicas, sin perjuicio de las atribuciones del Directorio.
- Iniciar, continuar, desistir y transigiren procesos judiciales y en los procedimientos alternativos de solución de conflictos, de conformidad con la ley y los montos establecidos por el Directorio. El o la Gerente procurará utilizar dichos procedimientos alternativos antes de iniciar un proceso judicial, en todo lo que sea materia transigible.
- Designar al Gerente General subrogante, de entre los funcionarios públicos de la empresa que cumplan con los requisitos para la designación del titular.
- Resolver sobre la creación de agencias y unidades de negocio.
- Designar y remover a los administradores de las agencias y unidades de negocios, de conformidad con la normativa aplicable.
- Nombrar, contratar y sustituir al talento humano no señalado en el numeral que antecede, respetando la normativa aplicable.
- Otorgar poderes especiales para el cumplimiento de las atribuciones de los administradores de agencias o unidades de negocios, observando para el efecto las disposiciones de la reglamentación interna.
- Adoptar e implementar las decisiones comerciales que permitan la venta de productos o servicios para atender las necesidades de los usuarios en general y del mercado, para lo cual podrá establecer condiciones comerciales específicas y estrategias de negocio competitivas.
- Ejercer la jurisdicción coactiva en forma directa o a través de su delegado, de conformidad con la reglamentación interna de la empresa y demás normativa conexa.
- Actuar como secretario/a del Directorio.
- Asesorar al Directorio y asistir a sus sesiones con voz informativa.
- Las demás señaladas en la Ley Orgánica de Empresas Públicas y su reglamento, en la Ordenanza de constitución de cada empresa pública provincial y en otras normas aplicables.
CAPÍTULO CUARTO
De los ingresos
Artículo 15.- Son ingresos de la empresa:
- Las asignaciones presupuestarias que reciba del Gobierno Autónomo Descentralizado de Loja u otras instituciones públicas y privadas;
- Los empréstitos de entidades nacionales o internacionales;
- La inyección directa de recursos estatales y del Gobierno Autónomo Descentralizado de Loja;
- La reinversión de recursos propios; y,
- Las rentas, rendimientos, utilidades, precios, beneficios, etc. de sus proyectos y bienes.
DISPOSICIONES GENERALES
PRIMERA: Mediante la presente ordenanza provincial se disuelve de manera forzosa sin liquidación la EMPRESA PROVINCIAL DE ENERGÍAS ALTERNATIVAS Y DESARROLLO HUMANO, ENERLOJA S. A. Para los efectos legales correspondientes se la remitirá a la Superintendencia de Compañías para que ordene mediante resolución, la cancelación del registro de la EMPRESA PROVINCIAL DE ENERGÍAS ALTERNATIVAS Y DESARROLLO HUMANO, ENERLOJA S.A.enel respectivo Registro Mercantil. La disolución tendrá plenos efectos desde la posesión del Gerente General de la EMPRESA REGIONAL DE ENERGÍAS RENOVABLESY DESARROLLOHUMANO, ENERSUR E. P.
SEGUNDA: La EMPRESA REGIONAL DE ENERGÍAS RENOVABLES Y DESARROLLO HUMANO, ENERSUR E. P., asume la administración, operación, adopción detítulos habilitantes y en general todas las autorizaciones conferidas por órganos estatales de la sociedad anónima extinguida la EMPRESA PROVINCIAL DE ENERGÍAS ALTERNATIVAS Y DESARROLLOHUMANO,ENERLOJAS.A.,así como los derechos y obligaciones derivados de contratos celebrados y las obligaciones asumidas por esta.
DISPOSICIÓN FINAL
Esta Ordenanza de creación de la EMPRESA REGIONAL DE ENERGÍAS RENOVABLES Y DESARROLLO HUMANO, ENERSUR E. P., entrará en vigencia a partir de su sanción por el Prefecto de la provincia de Loja, sin perjuicio de su promulgación en el Registro Oficial.
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