Que, el Art. 194 de la Constitución de la República establece que la Fiscalía General del Estado es un órgano autónomo de la Función Judicial, único e indivisible, funcionará de manera desconcentrada y tendrá autonomía administrativa, económica y financiera. El Fiscal General es su máxima autoridad y representante legal;
Que, conforme consta en la escritura pública de Comodato Precario celebrada el 30 de abril del 2009 ante el doctor Juan Villacís Medina, Notario Noveno del cantón Quito, encargado, el Banco Central del Ecuador entregó en Comodato Precario a favor de la Fiscalía General del Estado el inmueble ubicado en las calles General Córdova 811 y Víctor Manuel Rendón, parroquia Pedro Carbo del cantón Guayaquil, provincia del Guayas, denominado “Edificio Ex Banco Continental”;
Que, mediante oficio INMOBILIAR-DE-055-2010 de 28 de julio del 2010, el doctor Hernán Ureña, Director Ejecutivo de la Unidad de Gestión Inmobiliaria del Sector Público, encargado, conforme al informe de inspección técnica elaborado, por la Dirección Jurídica y por la Dirección Técnica de la Unidad de Gestión Inmobiliaria del Sector Público, emite Dictamen Técnico Favorable, para que el Banco Central del Ecuador de acuerdo a lo dispuesto en el Reglamento para la Enajenación de Activos Improductivos entregue a perpetuidad las alícuotas que componen el edificio Banco Continental ubicado en el solar 1 manzana 27, de las calles General Córdova 811 y Víctor Manuel Rendón, de la ciudad de Guayaquil, a favor de la Fiscalía General del Estado;
Que, mediante oficio No. 6994-FGE-D de 25 de agosto del 2010, el doctor Washington Pesántez Muñoz, Fiscal General del Estado, considerando el Dictamen Técnico Favorable emitido con oficio INMOBILIAR-DE-055-2010 de 28 de julio del 2010, por el Dr. Hernán Ureña, Director Ejecutivo de la Unidad de Gestión Inmobiliaria del Sector Público, encargado, solicitó al economista Cristian Ruiz, Gerente General del Banco Central del Ecuador, autorizar a quien corresponda, realizar los trámites para la transferencia de dominio a favor de la Fiscalía General del Estado del inmueble denominado “Banco Ex Continental”;
Que, mediante oficio No. DOAG-006-2011 de 4 de enero del 2011, suscrito por la ingeniera Sonia Pérez Santana, Directora Oficina Administrativa (E) del Banco Central del Ecuador, señala que mediante Decreto Ejecutivo No. 599 del 23 de diciembre del 2010, la Presidencia de la República autoriza al Banco Central del Ecuador transferir a título gratuito el inmueble denominado “Edificio Ex Banco Continental” ubicado en las calles General Córdova 811 y Víctor Manuel Rendón de la ciudad de Guayaquil, a favor de la Fiscalía General del Estado, a fin de dar cumplimiento solicita al Director Nacional Administrativo Financiero de la Fiscalía General del Estado emitir la Resolución Administrativa de aceptación por parte de la Fiscalía General del Estado de acuerdo con el Art. 61 del Reglamento de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública.
Que, mediante oficio INMOBILIAR-617-2010 de 27 de diciembre de 2010, la doctora Katia Torres Directora Ejecutiva de la Unidad de Gestión Inmobiliaria del Sector Público comunica oficialmente al Banco Central del Ecuador y a la Fiscalía General del Estado la disposición emitida por el señor Presidente de la República, de transferencia inmediata del inmueble denominado “Edificio Ex Banco Continental” ubicado en las calles General Córdova 811 y Víctor Manuel Rendón, esquina noreste, Parroquia Pedro Carbo de la ciudad de Guayaquil, a favor de la Fiscalía General del Estado;
Que, el inciso final del Art. 58 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública señala que para la transferencia de dominio de bienes inmuebles entre entidades del sector público, siempre y cuando llegaren a un acuerdo sobre aquella, no se requerirá de declaratoria de utilidad pública o interés social ni, en el caso de donación, de insinuación judicial. Se la podrá realizar por compraventa, permuta, donación, compensación de cuentas, traslado de partidas presupuestarias o de activos;
Que, el Art. 61 del Reglamento General de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública establece que para la transferencia de dominio de bienes inmuebles entre entidades del sector público que lleguen a un acuerdo para el efecto, se requerirá de resolución motivada de las máximas autoridades;
Que, el inciso segundo del artículo 57 del Reglamento General Sustitutivo para el Manejo y Administración de Bienes del sector Público dispone que cuando intervengan dos personas jurídicas distintas no habrá traspaso sino donación y, en este evento, existirá transferencia de dominio que se sujetará a las normas especiales de la donación;
Que, el artículo 1402 de la Codificación del Código Civil señala que la donación entre vivos es un acto por el cual una persona transfiere gratuita e irrevocablemente una parte de sus bienes a otra persona, que la acepta.
Que, el señor Presidente Constitucional de la República, economista Rafael Correa Delgado, mediante Decreto Ejecutivo No. 599 de 23 de diciembre del 2010, requirió del Banco Central del Ecuador el inmueble ubicado en las calles General Córdova 811 y Víctor Manuel Rendón, esquina noreste, parroquia Pedro Carbo de la ciudad de Guayaquil, cantón Guayaquil, provincia del Guayas, denominado “Edificio Ex Banco Continental”; y, autorizó a dicha Institución transferir el referido inmueble, a título gratuito y como cuerpo cierto a la Fiscalía General del Estado;
Que, mediante memorando No. 015-DNAF-2011 de 10 de enero del 2011 el Director Nacional Administrativo Financiero de la Institución, solicita al señor Fiscal General del Estado emita la Resolución de aceptación de la transferencia a título gratuito del Inmueble denominado “Edificio Ex Banco Continental”, de acuerdo al requerimiento de la ingeniera Sonia Pérez Santana, Directora Oficina Administrativa (e) del Banco Central del Ecuador, efectuado con sujeción al Decreto Ejecutivo No. 599 de 23 de diciembre del 2010; y,
En ejercicio de las atribuciones que le confiere la Ley,