Resolución 010-P-SDAW-CNE-2020 Suspéndese la jornada presencial de trabajo mientras subsista el estado de emergencia sanitaria

RESOLUCIÓN No. 010-P-SDAW-CNE-2020

 

Ingeniera Shiram Diana Atamaint Wamputsar.

PRESIDENTA DEL CONSEJO NACIONAL ELECTORAL

RESUELVE:

 

ARTÍCULO 1.- Suspender la jornada presencial de trabajo mientras subsista el estado de emergencia sanitaria declarado por el Ministerio de Salud Pública o hasta que las autoridades competentes así lo determinen, tanto en las oficinas de planta central en la ciudad de Quito, como en las 24 Delegaciones Provinciales Electorales y acogerse al teletrabajo bajo los parámetros determinados en el Acuerdo Ministerial Nro. MDT-2020-076, y las disposiciones y directrices emitidas por la Coordinación Administrativa, Financiera y de Talento Humano del Consejo Nacional Electoral, con la finalidad de precautelar la salud pública, el orden y la seguridad, ante la presente calamidad pública.

 

ARTÍCULO 2.-Conforme lo determinado en el numeral 5 del artículo 162 del Código Orgánico Administrativo, al mediar caso fortuito o fuerza mayor por la emisión del Decreto 1017 de 16 de marzo de 2020, de estado de excepción por calamidad pública nacional por la pandemia mundial del COVID 19, declarado por el señor Presidente de la República, el cómputo de plazos y términos se entienden como suspendidos, en todos los procesos administrativos que se inicien o se encuentren en trámite en el Consejo Nacional hasta la finalización de las medidas restrictivas del estado de excepción, en el marco de las garantías del debido proceso.

 

ARTÍCULO 3.- Disponer a la Secretaría General del Consejo Nacional Electoral y a los Directores de las 24 Delegaciones Provinciales Electorales habilitar mecanismos para la recepción de peticiones y solicitudes de la ciudadanía de manera digital.

 

DISPOSICIONES GENERALES

 

PRIMERA.- Disponer al Secretario General notifique la presente Resolución a los Consejeros Nacionales, Coordinadores Nacionales, Directores Nacionales y Directores Provinciales, con el objeto de que los efectos de la misma sean considerados en los actos que deben desarrollar como parte del Consejo Nacional Electoral.

 

SEGUNDA.- La presente resolución entra en vigencia desde su suscripción, sin perjuicio de su Publicación en el Registro Oficial.

Lunes 16 de Marzo de 2020