Resolución 015-NG-DINARDAP-2015 Refórmese la Resolución No. 007-NG-DINARDAP-2015 de 16 de abril de 2015

Nro. 015-NG-DINARDAP-2015
Fabrizio Reyna Vivar
EL DIRECTOR NACIONAL DE REGISTRO DE DATOS PÚBLICOS

REFORMA A LA RESOLUCIÓN No. 007-NG- DINARDAP-2015 MEDIANTE LA CUAL SE RESUELVE UNIFICAR Y CREAR EN UN REGISTRO MERCANTIL CON COMPETENCIA TERRITORIAL EN LOS CANTONES DE SAMBORONDÓN Y DURÁN

Art. 1.- A la Disposición Transitoria Primera agréguese el siguiente inciso:

Una vez que el titular del nuevo Registro haya sido posesionado, se prolongarán las funciones y facultades de registro mercantil de los Registradores de la Propiedad de Durán y Samborondón por un período máximo de dos meses, únicamente en lo que atañe al proceso de inscripción de actos y contratos recibidos por éstos, siempre y cuando no hayan sido culminados o se encuentren observados, a fin de dar cumplimiento con lo establecido en el artículo 13 de la Ley de Registro”.

Art. 2.- Agréguese la disposición transitoria cuarta, con lo siguiente:

“Por situaciones de necesidad institucional, las fotocopias de los libros que contengan actos mercantiles, deberán ser empastadas y debidamente certificadas por los mismos registradores de la Propiedad de Durán y Samborondón. En consecuencia por esta única y exclusiva ocasión, no se estará a lo dispuesto por el artículo 6 del “Instructivo para la separación de libros registrales que contienen actos de la Propiedad y Mercantiles”, contenido en la resolución N° 006-NG-DINARDAP-2012”.

Esta Resolución entrará en vigencia a partir de la fecha de su suscripción, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.

Martes 9 de Junio de 2015