Que, el artículo 26 de la Constitución de la República del Ecuador vigente determina que: "La educación es un derecho de las personas a lo largo de su vida y un deber ineludible e inexcusable del Estado. Constituye un área prioritaria de la política pública y de la inversión estatal, garantía de la igualdad e inclusión social y condición indispensable para el buen vivir". (...);
Que, de conformidad con el Art. 2 literal b) de la Ley Sustitutiva del IECE, publicada en el Registro Oficial No.179 de 3 de enero de 2006, corresponde a esta Institución, administrar los recursos económicos, mediante crédito educativo y becas, que por disposición legal, el Estado, las personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, voluntariamente destinen al financiamiento de la educación de ecuatorianos y ecuatorianas;
Que, mediante Resolución No.001-DIR-IECE-2013, el Directorio del IECE expidió el Instructivo para la ejecución del Programa de Complemento a las Becas de la Cooperación Internacional, Componente "Cuba, reformado mediante Resoluciones No. 011-DIR- IECE-2013 de 13 de junio de 2013 y No. 014-DIR-IECE-2013 de 3 de julio de 2013, cuyos componentes son dirigidos a ecuatorianos y ecuatorianas favorecidos/as con becas concedidas por el Gobierno de Cuba, que demuestren excelencia académica y mediante el cual se regula el financiamiento entregado por el IECE a través de una beca complementaria e indica los rubros que se cubrirán, obligaciones y derechos del/a becario/a y el IECE como tal;
Que, a través de la Resolución No.013-DIR-IECE-2013 de 03 de julio de 2013, el Directorio del IECE reformó la denominación del Programa de Complemento a las Becas de la Cooperación Internacional, "Monseñor Leonidas Proaño", Componente Cuba, por la siguiente: Subprograma de Complemento a la Cooperación "Cuba";
Que, mediante Resolución No. 013-CB-IECE-2013 de 19 de julio de 2013, el Comité de Becas del IECE aprobó las Bases de Postulación para la Ejecución del Subpro- grama de Complemento a la Cooperación "Cuba", sustitutivas a las Bases de Postulación aprobadas mediante Resolución No. 04-CB-IECE-2013 de 11 de abril de 2013 y sus reformas;
Que, mediante Resolución No. 019-DIR-IECE-2013, de fecha 26 de agosto de 2013, el Directorio del IECE expidió el Reglamento de Becas y Ayudas Económicas del Instituto Ecuatoriano de Crédito Educativo y Becas, IECE; y,
Que, con la finalidad de mejorar las condiciones de vida de los/as Becarios/as ecuatorianos/as en Cuba, el Directorio del IECE considera la necesidad de incrementar al valor inicial, asignado al rubro de manutención, la cantidad de doscientos 00/100 (USD200,00) dólares de los Estados Unidos de América para aquellos/as becarios/as de tercer nivel; y, un incremento adicional de setecientos 00/100 (USD700,00) dólares de los Estados Unidos de América para aquellos/as becarios/as de cuarto nivel de estudios.
Por lo expuesto, el Directorio del IECE, en ejercicio de sus atribuciones legales,