No. 026
Dr. Diego García Carrión
PROCURADOR GENERAL DEL ESTADO
Resuelve:
Art. 1.- Autorizar el inicio del proceso de contratación del abogado Oswaldo Rafael Ruiz Chiriboga portador de la cédula de ciudadanía ecuatoriana N° 171170908-7, para la prestación del servicio de “Sistematización de los estándares de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH), a través del estudio de las sentencias dictadas por la Corte IDH en casos contenciosos desde su primera sentencia en 1988 hasta el 2016 y la sistematización de los criterios jurisprudenciales de la Corte IDH que tengan relevancia para una adecuada defensa del Estado en futuros procesos contenciosos, productos que servirán de insumo para el desarrollo de los temas inherentes a las sentencias mencionadas para la herramienta de argumentación jurídica denominada PROCUPEDIA PGE”, conforme a lo previsto por el
artículo 3 del Reglamento General de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública; por un monto de Diez y Seis Mil Ochocientos Dólares de los Estados Unidos de América (USD $ 16.800,00) incluido IVA, de acuerdo a los términos de referencia que han sido aprobados.
Art. 2.- Procedimiento: Para la contratación señalada en el artículo anterior, se deberá observar el siguiente procedimiento de contratación directa:
1. El Director Nacional Administrativo publicará la convocatoria al proveedor, a través del portal COMPRASPÚBLICAS, de conformidad a lo normado en el inciso quinto del artículo 3 del Reglamento General de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública.
2. El Director Nacional Administrativo, mediante correo electrónico, enviará la invitación para presentar la oferta de servicios, al proveedor antes mencionado.
3. La oferta de servicios se recibirá vía correo electrónico, de acuerdo con los requisitos y formalidades establecidos en la invitación.
4. La calificación de la oferta presentada la realizará el
Director Nacional de Asesoría Jurídica Institucional.
El Director Nacional de Asesoría Jurídica Institucional determinará que la oferta cumpla con los requerimientos solicitados, y realizará una sesión de negociación con el proveedor, a través de correo electrónico, por vía telefónica o utilizando otro medio tecnológico similar.
5. El Director Nacional de Asesoría Jurídica Institucional presentará un informe al Procurador General del Estado, en el que recomendará la adjudicación o la declaratoria de desierto del proceso, según corresponda.
6. El Procurador General del Estado, de convenir a los intereses nacionales e institucionales, emitirá una Resolución de adjudicación o declarará desierto el proceso, según corresponda.
Art. 3.- Administración y ejecución: La administración del contrato que se suscriba al amparo de la presente Resolución, corresponderá al Subdirector de Asesoría Jurídica Institucional.
Previo al pago de las facturas que se presenten por los servicios contratados descritos en esta resolución, el Administrador del Contrato presentará un informe al Director Nacional de Asesoría Jurídica Institucional con copia al Director Nacional Administrativo, sobre el cumplimiento efectivo de las labores contratadas. El Director Nacional de Asesoría Jurídica Institucional dará el visto bueno y a su vez correrá traslado a la Máxima Autoridad, para su aprobación.
Art. 4.- Pagos: Los pagos se efectuaran de conformidad a lo acordado entre las partes en el respectivo contrato. El Director Nacional Financiero es el funcionario responsable
de la ejecución de los pagos y en su calidad deberá cumplir con todas las obligaciones que para el caso establecen la ley, normas técnicas y el contrato.
DISPOSICIONES GENERALES PRIMERA.- Ejecución.- De la ejecución de la presente
Resolución encárguense el Director Nacional de Asesoría
Jurídica Institucional y el Director Nacional
Administrativo.
SEGUNDA.- Vigencia.- La presente Resolución entrará en vigencia a partir de esta fecha, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.
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