Nº 030 MAGAP
EL MINISTRO DE AGRICULTURA, GANADERÍA, ACUACULTURA Y PESCA
Resuelve:
Art. 1.- Declarar en situación de emergencia al sector agropecuario con la finalidad exclusiva de contratar inmediatamente la adquisición de sesenta mil toneladas métricas (+/- 10%) de urea granular al 46% de nitrógeno para brindar atención emergente a los pequeños y medianos campesinos del sector productivo agropecuario nacional, adquisición que se la realizará a la República Bolivariana de Venezuela; para toda la etapa invernal.
Art. 2.- Disponer a la Unidad Nacional de Almacenamiento "UNA", suscribir los contratos que sean necesarios, en base a los requerimientos, políticas y determinaciones, en cuanto a precios, volúmenes y demás condiciones, que para el efecto establezca la mencionada institución y bajo la responsabilidad de sus autoridades. La Unidad Nacional de Almacenamiento "UNA" a través de su Gerente General deberán reportar e informar de manera periódica al señor Ministro de Agricultura, Ganadería, Acuacultura y Pesca la ejecución de la presente resolución.
Art. 3.- El Ministerio de Agricultura, Ganadería, Acuacultura y Pesca, para cubrir los gastos de adquisición, distribución y comercialización, gestionará ante el Ministerio de Finanzas, para que los fondos sean asignados a la Unidad Nacional de Almacenamiento "UNA".
Art. 4.- La logística de la distribución de la urea será de responsabilidad exclusiva de la Unidad Nacional de Almacenamiento "UNA", que se sustentará en los instructivos que para el efecto expedirá el Ministerio de Agricultura, Ganadería, Acuacultura y Pesca "MAGAP", en función de los requerimientos de los pequeños y medianos productores del país.
Art. 5.- El Ministerio de Agricultura, Ganadería, Acuacultura y Pesca, fijará el precio de venta de la urea a los pequeños y medianos productores, estableciendo un subsidio por parte del Estado.
Art. 6.- La presente resolución entrará en vigencia a partir de su fecha de publicación
Comuníquese y publíquese.
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