Resolución 04-CB-IECE-2013 Apruébense las Bases de Postulación para la Ejecución del Programa Nacional de Becas, Subprograma de Complemento a Becas de Cooperación Internacional “Monseñor Leonidas Proaño” Componente “Cuba”

No. 04-CB-IECE-2013
Rossana Caicedo Villavicencio
EL COMITÉ DE BECAS DEL INSTITUTO ECUATORIANO DE CRÉDITO EDUCATIVO Y BECAS, IECE

Resuelve:

ARTICULO ÚNICO.- APROBAR LAS BASES DE POSTULACIÓN PARA LA EJECUCIÓN DEL PROGRAMA NACIONAL DE BECAS, SUBPROGRAMA DE COMPLEMENTO A BECAS DE COOPERACIÓN INTERNACIONAL “MONSEÑOR LEONIDAS PROAÑO” COMPONENTE “CUBA”

1.- DEFINICIÓN.

El Programa de COMPLEMENTO A BECAS DE COOPERACIÓN INTERNACIONAL, está dirigido a ciudadanos/as ecuatorianos/as favorecidos/as con becas concedidas por Gobiernos de Países Amigos y Organismos Internacionales, a través de Cooperación Internacional, para estudios de tercer o cuarto nivel, tanto por quienes deseen iniciar o continuar sus estudios en Instituciones de Educación Superior en el extranjero. El Programa tiene por objetivo complementar el financiamiento de estas para que los becarios/as ecuatorianos/as puedan culminar con éxito sus estudios de tercer y cuarto nivel en el extranjero.

Con este objetivo se implementan componentes enfocados en priorizar necesidades específicas de los estudiantes en función de la beca otorgada por la Cooperación Internacional. Por tanto, los requisitos, rubros de cobertura, montos y más características serán establecidos en la convocatoria de cada componente.

2.- OBJETIVO:

Este Componente está dirigido a ecuatorianas y ecuatorianos favorecidos con becas concedidas por el Gobierno de Cuba, que demuestren excelencia académica. Esta beca constituye un complemento a la beca adjudicada por el Gobierno de Cuba, como un reconocimiento al mérito académico y está orientada a estimular el buen desempeño formativo de los becarios a través del otorgamiento de una beca que cubra mensualmente el rubro manutención por el tiempo de duración de la carrera, a fin de apoyar económicamente al becario en razón de que la beca otorgada por el Gobierno de Cuba no cubre la totalidad de los gastos que demanda la estancia académica del beneficiario en el indicado país; y además cubrirá el rubro de pasaje aéreo en clase económica de ida al inicio de sus estudios y de retorno al Ecuador una vez culminados. Además se cubrirá un pasaje anual en la ruta Cuba-Ecuador-Cuba.

Serán beneficiados de esta beca complementaria los/las estudiantes ecuatorianos/as que se encuentren cursando su formación académica en tercer o cuarto nivel en Cuba y los que estén por iniciar los estudios en goce de becas otorgadas por el Gobierno de ese País, siempre y cuando acrediten un rendimiento académico , cuyo promedio mínimo sea de cuatro sobre cinco (4/5), o su equivalente de ocho sobre diez (8/10), o la modalidad de calificación que se aplique y que será equivalente al promedio señalado .

3.- JUSTIFICACIÓN:

El Gobierno de la República de Cuba ha ofertado becas a estudiantes ecuatorianos/as, para cursar estudios de tercer y cuarto nivel en Instituciones de educación superior de Cuba, en su mayoría para la carrera de medicina y un porcentaje mínimo en otras áreas del conocimiento.

El rubro de manutención otorgado por este país no cubre en su totalidad el costo requerido por los/as becarios/as, por lo que se estimó la necesidad de completar este valor a través de un financiamiento adicional a los/as estudiantes beneficiados/as con una beca del Gobierno de la República de Cuba, como lo señala el ente rector de la Política Pública de la educación superior del Ecuador, en su Oficio Nro. SENESCYT-SGCT-2013-0003-CO, del 10 enero de 2013.

A este beneficio se suma el otorgamiento de un pasaje aéreo anual, en clase económica, para quienes demuestren un rendimiento académico de acuerdo a las exigencias de este programa de becas.

4.- SUJETOS:

El subprograma de Complemento a Becas de Cooperación Internacional “COMPONENTE CUBA”, contempla las siguientes partes contratantes:

a) EI IECE;

b) las personas naturales con nacionalidad ecuatoriana que tienen la calidad de postulante, adjudicatario/a y becario/a, de acuerdo a las distintas fases por las que atraviesa el proceso de contratación; y

c) El/la apoderado/a y para el caso de becarios menores de edad, el representante legal.

5.- DEFINICIONES:

a) Postulante: Persona natural de nacionalidad ecuatoriana, con título de: bachiller y/o de pregrado, que se somete al proceso de postulación, calificación, y selección, establecidos por el IECE, previo a la adjudicación de una beca. La calidad de postulante no le otorga más derechos que los de acceder y participar en los referidos procesos para el otorgamiento de una beca y no le aseguran la adjudicación de la misma, ni genera obligación adicional alguna por parte del IECE.

b) Adjudicatario/a: Persona natural de nacionalidad ecuatoriana, que ha superado los procesos de postulación, calificación y selección.

c) Becario/a: Persona natural de nacionalidad ecuatoriana, que en calidad de postulante, ha superado los procesos de postulación, calificación, selección, y que haya sido declarado adjudicatario/a de la beca otorgada por el IECE para realizar sus estudios en el extranjero, una vez que haya suscrito el contrato de financiamiento correspondiente.

6.- FINANCIAMIENTO DE LA BECA:

El Subprograma de Complemento a Becas de Cooperación Internacional “Monseñor Leonidas Proaño”, “COMPONENTE CUBA” financia estudios de tercer y cuarto nivel, tanto para becarios/as que vayan a iniciar sus estudios, como aquellos que se encuentren cursándolos, en Instituciones de Educación Superior o de postgrado en la República de Cuba.

El financiamiento de la beca complementaria será por el tiempo que duren los estudios en el extranjero. En el caso de existir postulaciones de personas que ya se encuentren cursando estudios, el financiamiento será a partir de la fecha de adjudicación de la beca por parte del Comité de becas del IECE. En ningún caso la beca complementaria cubrirá valores de forma retroactiva; el financiamiento corre a partir de la fecha de adjudicación o de la fecha en que se aprobó el beneficio por parte del Directorio del IECE, siempre que se exprese en la Resolución respectiva.

Los beneficiarios de esta beca complementaria deberán acreditar un rendimiento cuyo PROMEDIO ACUMULADO sea mínimo de cuatro sobre cinco (4/5) o su equivalente.

Los valores adjudicados por concepto de esta beca, se depositarán semestralmente a la cuenta del becario(a) o del apoderado(a), una vez que se haya cumplido con todos los requisitos y firmado el contrato de beca respectivo aceptando las condiciones de la beca.

El financiamiento del Subprograma de Complemento a Becas de Cooperación Internacional “Monseñor Leonidas Proaño”, “COMPONENTE CUBA”, provendrá de dos fuentes:

a) Recursos provenientes del Presupuesto General del Estado; y,

b) Con cargo al financiamiento de crédito educativo, conforme se estipula en el art.79 de la Ley Orgánica de Educación Superior, que dispone: “El Instituto Ecuatoriano de Crédito Educativo y Becas o la institución correspondiente, podrá otorgar crédito educativo no reembolsable y becas en favor de los estudiantes, docentes e investigadores del sistema de educación superior, con cargo al financiamiento del crédito educativo”.

7.- RUBROS DE COBERTURA:

De acuerdo a las directrices de la SENESCYT establecidas en el Oficio Nro. SENESCYT-SGCT-2013-0003-CO, del 10 enero de 2013, el financiamiento otorgado por el IECE a través de la beca complementaria, cubrirá por todo el período de estudios, los siguientes rubros:

1. Manutención: Por un monto mensual de USD $168,28/100 (CIENTO SESENTA Y OCHO, 28/100

DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA), beneficio que será entregado por todo el tiempo de duración del periodo académico de la Carrera, objeto de la beca. Valores que serán depositados en forma semestral en la cuenta del/a becario/a o de su apoderado/a.

El rubro de manutención no está sujeto a justificación, pero si a verificación y liquidación a través del respectivo CERTIFICADO DE MOVIMIENTO MIGRATORIO, otorgado por la entidad competente y/o pasaporte.

2. Pasaje aéreo: Bajo este rubro, el IECE financiará vía rembolso el costo del pasaje en clase económica al lugar de estudios, al inicio del periodo académico, objeto de la beca, así como el pasaje de retorno a Ecuador para el/ la becario/a, al finalizar sus estudios. Adicionalmente se cubrirá un pasaje aéreo anual en clase económica en la ruta La Habana- Quito - La Habana, al finalizar con éxito el primero o segundo semestre de cada año, previa presentación del certificado de calificaciones del año académico anterior al que se está cursando para los becarios ecuatorianos del gobierno cubano que iniciaron sus estudios hasta el año 2009. Se podrán beneficiar de este rubro, quienes demuestren haber obtenido un promedio académico mínimo de 4/5 o su equivalente, en el año anterior al que están cursando.

Este rubro está sujeto a justificación a través de las respectivas facturas originales o facturas electrónicas a nombre del/la becario/a y la presentación de los pases de abordaje originales; de no contar con los últimos, deberá presentar una certificación de viaje emitida por la compañía de transporte.

Para aquellos/as beneficiarios/as de la beca de complemento que ya culminaron sus estudios en el periodo comprendido del 16 de noviembre de 2012 hasta la fecha de expedición de la presente Resolución, el IECE les reconocerá únicamente el valor correspondiente al pasaje de regreso (fin de estudios), vía rembolso.

El financiamiento para este rubro, no cubre ningún tipo de penalidad y tampoco cubre gastos de trámite de visa. El monto máximo referencial para este rubro será de hasta USD$4.000,00 (CUATRO MIL 00/100 DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA) incluidas tasas e impuestos de Ley; y, el monto referencial para el pasaje anual será de hasta USD$ 789,89 (SETECIENTOS OCHENTA Y NUEVE 89/100) dólares de los Estados Unidos de América.

De existir diferencias de costos que sobrepasen los montos indicados, éstas deberán ser asumidas por el/la Becario/a.

8.- DESCRIPCIÓN, MODALIDAD Y DURACIÓN DE LOS PROGRAMAS:

Las becas contempladas en el Subprograma de Complemento a Becas de Cooperación Internacional “Monseñor Leonidas Proaño”, “COMPONENTE CUBA” financian estudios de tercer y cuarto nivel, en Instituciones de Educación Superior de la República de Cuba designados por el país anfitrión y que cuenten con la acreditación respectiva, que garantice un alto nivel de conocimientos.

El programa cubrirá estudios únicamente bajo la modalidad presencial, y el periodo de financiamiento dependerá de la duración de los estudios, en función del nivel al que aplicó el/la becario/a.

9.- REQUISITOS Y DOCUMENTOS HABILITANTES PARA APLICAR A LA BECA:

Los/as ecuatorianos/as que postulen en el proceso deberán presentar lo siguiente:

1. Ser ciudadano/ecuatoriano/a

2. Contar con Título de bachiller o Acta de Grado refrendada en el Ministerio de Educación.

3. Haber sido beneficiado/a con una beca ofertada por Cuba, para cursar estudios de tercer o cuarto nivel, en Instituciones de Educación Superior y de postgrado en este país.

4. Acreditar un promedio acumulado mínimo de 4/5, o su equivalente para quienes se encuentran cursando estudios.

5. No mantener obligaciones vencidas o glosas con instituciones del sector público, tanto como deudor y/o garante.

6. No ser contratista incumplido o adjudicatario fallido del Estado.

7. Formulario de solicitud de beca;

8. Copia de la cédula de ciudadanía o del pasaporte;

9. Certificado emitido por el centro docente (debidamente fechado y firmado por la autoridad respectiva) o por la entidad autorizada del Gobierno de la República de Cuba, que demuestre la calidad de becario/a activo/a, el año o nivel que cursa actualmente. Para quienes van a iniciar sus estudios, presentar el certificado de adjudicación de la beca mediante la carta adjudicación emitida por el oferente, la comunicación oficial de la Embajada de ese país y la publicación de la convocatoria de la beca.

10. Certificado de calificaciones del año académico anterior con promedio general mínimo de cuatro sobre cinco (4/5) ; o su equivalente de ocho sobre diez (8/10) , o la modalidad de calificación que se aplique y que será equivalente al promedio;

11. Certificado de duración del programa académico (inicio y finalización de la carrera);

12. Poder especial o poder general, amplio y suficiente ((formato del IECE) otorgado ante un Notario Público.

13. Copia de la cédula del apoderado(a) y certificado de votación; y,

14. Certificado bancario de cuenta activa nacional o del exterior (aperturada en Cuba, en la que se incluyan los códigos Swift o ABA). Cuando se encuentre en la ciudad de destino, donde vaya a cursar sus estudios. No se aceptarán cuentas conjuntas.

10.- EQUIPO TÉCNICO:

El Comité de Becas contará con un grupo de apoyo integrado por funcionarios del IECE y podrá requerir asistencia de la Embajada del Ecuador en Cuba, quienes serán responsables de la ejecución del programa.

El Equipo Técnico, bajo la coordinación de la Gerencia Nacional de Becas y la Gerencia Regional y Agencia responsables, contactará con los centros docentes y otras instancias, efectuará la orientación a los estudiantes, receptará las solicitudes presentadas por los becarios que se ajusten a la convocatoria, procederá a su análisis y preparará los cuadros y el informe técnico correspondiente. Adicionalmente el Equipo Técnico convocará al Comité de Becas para la calificación y adjudicación. Posterior a la adjudicación será responsable de la implementación de los trámites para la suscripción y legalización de los contratos y más acciones inherentes a la ejecución del proyecto.

El ámbito de su gestión se cumplirá tanto en el Ecuador como en Cuba.

11.- CONVOCATORIA:

El IECE a través del Comité de Becas efectuará la convocatoria pertinente que podrá ser abierta y permanente y se adjudicarán siempre y cuando se cuente con los fondos disponibles certificados por la Gerencia Financiera y será difundida a través de los medios convencionales y electrónicos. Podrá contar con el apoyo de los propios centros docentes, la Embajada del Ecuador en Cuba, entidades y organizaciones Cubanas, las asociaciones estudiantiles y otras organizaciones.

Para este fin, podrá contar con el apoyo de la Embajada del Ecuador en Cuba, las Instituciones de Educación Superior, asociaciones y redes estudiantiles en Cuba; así como otras entidades y organizaciones afines.

En la convocatoria se tomará en consideración el calendario académico que rige para estudios dentro de la República de Cuba y se fijará el plazo de presentación de solicitudes.

12.- PROCESO DE APLICACIÓN:

Los/as aspirantes podrán realizar su postulación a través del IECE. El/la postulante deberá garantizar la legitimidad, validez y veracidad de la documentación suministrada para el otorgamiento de la beca. No obstante, el IECE, se reserva el derecho de verificar la veracidad de los documentos y de los datos consignados en la solicitud.

Si se verifica la manifiesta falsedad o alteración de la documentación suministrada por el/la postulante, la solicitud será inmediatamente rechazada, sin perjuicio de su remisión a la Fiscalía General del Estado, de conformidad con la Ley.

13.- PROCESO DE SELECCIÓN, NOTIFICACIÓN Y ADJUDICACIÓN:

Las Gerencias Regionales del IECE, recibirán la documentación por parte los postulantes y verificarán que los mismos cumplan con los requisitos de postulación contemplados en el Programa de Complemento a Becas de Cooperación Internacional “Monseñor Leonidas Proaño”, “COMPONENTE CUBA”. Una vez recibida la documentación, las Gerencias Regionales emitirán a la Gerencia de Becas el informe técnico y los cuadros de los aspirantes presentados. Los/as postulantes que cumplan con todos los requisitos serán considerados/as como postulantes calificados/as.

Los/as postulantes que no hayan sido calificados, tendrán un plazo máximo de quince (15) días, posteriores a la notificación, para impugnar justificadamente los resultados ante el Comité de Becas del IECE, quien resolverá motivadamente dentro de un término de cinco (5) días, sobre la aceptación o negación de la impugnación.

El Comité de Becas, en función de la información de los/ as postulantes presentados y en base a los requisitos de postulación exigidos, procederá a la adjudicación de las becas, con sujeción a la disponibilidad de recursos.

Los principales criterios para la selección y adjudicación de esta beca complementaria son:

a) Ser beneficiario de una beca otorgada por el Gobierno de Cuba, para cursar estudios de tercer o cuarto nivel;

b) Para quienes ya se encuentren cursando sus estudios, deben contar con un rendimiento académico que acredite un promedio acumulado mínimo de cuatro sobre cinco (4/5), o su equivalente de ocho sobre diez (8/10) o la modalidad de calificación que se aplique y que será asimilada al promedio señalado, sobre la base del reporte académico de la Institución de Educación Superior o de la entidad autorizada por Cuba; y,

c) Para quienes van a iniciar sus estudios, presentar el certificado de adjudicación de la beca mediante la carta de invitación individual de Cuba y la publicación de la convocatoria de la beca.

14.- PROCESO DE CONTRATACIÓN:

El/la becario/a o su apoderado/a dispondrá de un plazo máximo de 60 (sesenta) días para suscribir el contrato, contados a partir de la fecha de adjudicación de la beca. Los contratos se elaborarán y se firmarán por triplicado.

Los/las becarios/as suscribirán los contratos de beca respectivos, en los cuales se estipulará los compromisos y obligaciones del becario y del IECE, mismos que servirán de base para que la Entidad sitúe los valores mensuales correspondientes a la beca complementaria, que consistente en los rubros de: manutención y pasajes aéreos anuales, al culminar cada año de estudios, por los montos que hayan sido fijados por el Comité de Becas, considerando los rubros que financia la beca del Gobierno de Cuba y la tabla referencial de la SENESCYT, valores que serán transferidos semestralmente a la cuenta del/la becario/a o apoderado/a.

Se notificará a los/as seleccionados/as sobre la exigencia de contar con una cuenta bancaria nacional o en el exterior, a nombre del/a becario/a o del/a apoderado/a, o representante legal, en caso de que el becario(a) sea menor de edad, para fines de depositar los valores de la beca. No se aceptarán cuentas conjuntas.

15.- REQUISITOS PARA LA FIRMA DEL CONTRATO:

Previo a la suscripción del contrato de financiamiento el/la adjudicatario/a deberá presentar lo siguiente:

  Requisitos del/la Adjudicatura
  Detalle
1 Fotocopia a color de la cédula de ciudadanía y del certificado de
2 En caso de tener discapacidad fotocopia a color del carné del
3 Fotocopia del título de bachiller obtenido, para quienes inician estudios
4 Récord académico oficial expedido por el Centro Docente de Educación Media ( para quienes inician estudios)
5 Certificado bancario con el número y tipo de cuenta personal en el Ecuador o en el exterior (o del apoderado de ser el caso)
6 Poder general o especial, que certifique el tener un apoderado.
7 Fotocopia del carné física o digital actualizada.
8 Fotocopia de factura de pago de un servicio básico, actualizado.
9 Certificado de no adeudar al IECE.

16.- SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO Y SU PROCEDIMIENTO:Una vez receptada esta documentación se procederá a elaborar el respectivo contrato en cada Gerencia Regional o Provincial, según el caso.

El/la becario/a o su apoderado/a dispondrá de un plazo máximo de 60 (sesenta) días para suscribir el contrato, contados a partir de la fecha de adjudicación de la beca. Los contratos se elaborarán y se firmarán por triplicado.

Los/las becarios/as suscribirán los contratos de beca respectivos, en los cuales se estipulará los compromisos y obligaciones del/a becario/a y del IECE, mismo que servirá de base para que el IECE sitúe los valores mensuales correspondientes a la beca complementaria, consistente en los rubros de: Manutención, Pasajes de ida (al inicio) y retorno (al finalizar estudios) y un pasaje anual.

Se notificará a los/as seleccionados/as sobre la exigencia de contar con una cuenta nacional o del exterior a nombre del/a becario/a o del/a apoderado/a, para fines de depositar los valores de la beca. No se aceptarán cuentas conjuntas.

17.- OBLIGACIONES DEL/A BECARIO/A:

El/la becario/a debe cumplir con las siguientes obligaciones:

a) Presentar en forma anual el certificado de calificaciones, en las fechas señaladas en el contrato de beca;

b) Presentar en forma semestral el certificado de asistencia a clases;

c) Asistir regularmente a clases;

d) Informar sobre la interrupción de sus actividades académicas, por períodos superiores a 30 días, cuando se produzcan por razones de salud, accidente u otras de fuerza mayor, información que será proporcionada al IECE directamente por el becario o su apoderado, de conformidad con las Bases de Postulación;

e) Mantener un promedio mínimo de cuatro sobre cinco

(4/5) o su equivalente de ocho sobre diez (8/10); o la modalidad de calificación que se aplique y que será equivalente al promedio señalado;

f) Presentar en las fechas previstas en el contrato de beca, los reportes académicos exigidos, inclusive el certificado o fotocopia del título terminal, obtenido a la culminación de los estudios y el formulario de actualización de direcciones;

g) Permanecer en el mismo centro educativo mientras goce de la beca , siempre y cuando aquel cuente con la carrera o especialización para la cual fue concedida la beca;

h) Retornar al país, una vez concluidos los estudios y presentarse en el IECE, dentro del plazo de hasta ciento veinte (120) días, subsiguientes, con el respetivo Certificado de terminación y aprobación de estudios, objeto de la beca; el becario tendrá sesenta (60) días adicionales para la presentación del Título obtenido;

i) Cumplir con el plan de compensación establecido por la SENESCYT, es decir prestar sus servicios profesionales en el Ecuador por el doble del tiempo que haya durado el beneficio de la beca obtenida.

j) Proporcionar la información requerida por el IECE, con propósitos estadísticos y de seguimiento ocupacional, con posterioridad a la terminación de los estudios.

La presentación de esta información, el/la Becario/a deberá hacerlo ante la Gerencia Regional del IECE en la que presentó su postulación.

18.- SUSPENSIÓN DEFINITIVA DE LA BECA:

El IECE podrá suspender en forma definitiva los desembolsos o no renovar la beca, cuando incurra en uno de los siguientes casos:

a) Por abandono de los estudios;

b) Por expulsión del centro educativo;

c) Por pérdida injustificada de un año académico;

d) Por la presentación comprobada de documentos adulterados;

e) Por no presentar los documentos académicos exigidos en el contrato;

f) Por no cumplir con el promedio académico exigido;

g) Por enfermedad, fallecimiento, incapacidad mental o física que impida al becario, la continuación de sus actividades académicas; y,

h) A petición expresa del becario debidamente justificada. Esta suspensión será resuelta por el Comité de Becas. Cada Gerencia Regional, emitirá el informe correspondiente para conocimiento del Comité de Becas, estructura que dictaminará la suspensión definitiva de la beca e informará a la Gerencia Nacional de becas con la decisión adoptada por el Comité.

19.- PROCESO DE DESEMBOLSOS:

Los desembolsos se realizarán mediante transferencia de fondos, a la cuenta del/a estudiante o de su apoderado/a, a través del Sistema de Pagos lnterbancarios de manera semestral, por el valor estipulado en el contrato de financiamiento.

Los desembolsos se realizarán en forma semestral, el primero a la firma del contrato y a partir del segundo se deberá remitir el certificado de notas con las equivalencias respectivas previo a la realización del desembolso y se mantendrá el beneficio de la beca siempre y cuando se cumpla con las exigencias antes señaladas, caso contrario se suspenderá la misma.

20.- SEGUIMIENTO Y CONTROL:

El seguimiento y control de las becas estará a cargo del IECE, a través cada Gerencia Regional y Provincial, quienes ejecutarán de forma oportuna las transferencias o pagos de estos compromisos e informarán de forma periódica sobre las novedades generadas a la Experticia de Becas Internacionales.

La información de los/las estudiantes adjudicatarios/as de becas complementarias para estudios de tercer y cuarto nivel en Cuba, se incluirá en la Red de Becarios de la SENESCYT.

21.- CIERRE DEL PROCESO:

El proceso termina luego de que el/a becario/a concluya el período de compensación respectivo establecido en el contrato de financiamiento o cuando se haya emitido la resolución de suspensión definitiva de la beca.

22.- INFORMACIÓN ADICIONAL:

Los requisitos y bases de Postulación estarán a disposición en la página web del IECE www.iece.fin.ec Para información adicional, el IECE, atenderá en horario de 08:30 a 17:00, de lunes a viernes, en las oficinas de la Matriz, en Quito, y las oficinas de sus sedes en cada provincia.

Estas Bases de Postulación entrarán en vigencia a partir de la presente fecha. Comuníquese.

Sábado 11 de Abril de 2015