Resolución 040-INEVAL-2015 Refórmese la Resolución 018-INEVAL-2015 de 31 de marzo de 2015

No. 040-INEVAL-2015

Harvey Spencer Sánchez Restrepo

DIRECTOR EJECUTIVO INSTITUTO NACIONAL DE EVALUACIÓN EDUCATIVA

Resuelve:

Artículo único.- Modificar el artículo 2 de la Resolución 018-INEVAL-2015 de 31 de marzo de 2015 por el siguiente texto: El derecho a solicitar la revisión de la nota, aplicable a todas las evaluaciones que realice el Ineval, caduca en el término de 8 días a partir de la publicación de la nota por parte de la Autoridad competente.

DISPOSICIONES FINALES

Primera.- Encárguense de la ejecución de la presente resolución a las y las titulares de la Coordinación General Técnica y la Coordinación Técnica de Evaluación.

Segunda.- En lo no previsto por el presente instrumento se estará a lo señalado en el Estatuto de Régimen Jurídico Administrativo de la Función Ejecutiva y demás normas del ordenamiento jurídico ecuatoriano.

Tercera.- La presente resolución entrará en vigencia a partir de su suscripción, sin perjuicio de su publicación en el Registro oficial.

Lunes 11 de Mayo de 2015