Resolución 05-2015 Emítense fueros en materias no penales

No. 05-2015
Dra. Isabel Garrido Cisneros
LA CORTE NACIONAL DE JUSTICIA 

 

RESUELVE

Artículo Primero.- Gozan de fuero de Corte Nacional de Justicia quienes cumplan las funciones establecidas en el inciso primero de la Décimo Quinta Disposición Transitoria del Código Orgánico de Planificación y Finanzas Públicas, por los actos, decisiones y resoluciones que hayan adoptado en el ejercicio de sus funciones a partir del 1 de enero de 2010, únicamente en las materias: penal, civil, mercantil y de trabajo.

Artículo Segundo.- Gozan de fuero de Corte Provincial de Justicia quienes cumplan las funciones establecidas en el inciso segundo de la misma Décimo Quinta Disposición Transitoria del Código Orgánico de Planificación y Finanzas Públicas, por los actos y decisiones adoptados en el ejercicio específico de sus funciones desde el 1 de enero de 2010, únicamente en las materias: penal, civil, mercantil y de trabajo.Publíquese en el Registro Oficial y en la Gaceta Judicial.

Miércoles 10 de Junio de 2015