Nº 107
MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA, ACUACULTURA Y PESCA
Resuelve:
Art. 1.- Declarar de utilidad pública y de ocupación inmediata, para ejecutar un proyecto de desarrollo social, ambientalmente sustentable y de bienestar colectivo, el predio denominado “Palmas Juntas”, ubicado en la parroquia San Francisco, cantón Muisne, provincia de Esmeraldas, con una superficie de 1.654,7603 hectáreas, cuyos linderos y dimensiones generales son:
NORTE: Con Lumbardo Chila en 562,01m rumbo N
89°41'39" E + 499,50m rumbo S 83°12'59" E + 310,35m rumbo S 48°39'28" E + 248,77m rumbo N 8°33'13" O +
rumbo N 16°24'31" E; Con Byron Vásquez en 349,69m rumbo N 86°23'35"E + 137,53m rumbo N 75°15'23"E +
139,18m rumbo N 17°7'59" O + 234,62m rumbo N
15°34'35" E; Con Raúl Vera en 381,78m rumbo S
65°43'3" E + 443,16m rumbo S 22°58'40" E + 400,00m rumbo N 90°00' 00" E; Con Antonio Díaz en 366,07m rumbo S 49°39'12" E + 582,02m rumbo N 74°33'18" E +
268,03m rumbo S 76°50'43" E; Con Estero "Partidero" en
229,75m rumbo según su curso; Con Antonio Díaz en
146,89m rumbo N 11°23'11" E; Con Isidoro Díaz en
730,19m rumbo S 71°8'36" E.
SUR: Con Río “Bilsa” en 1270,46m según su curso.
ESTE: Con Raúl Ramírez en 321,82m rumbo S 4°5'54" E
+ 324,23m rumbo S 33°17'53" E + 430,70m rumbo S
18°16'0" O + 420,46m rumbo S 33°39'8" E + 422,25m rumbo S 15°56'43"E + 472,34m rumbo S 29°16'42" E +
119,55m rumbo S 17°31'32" O; Con Estero "El Salto" en
633,91m rumbo según su trazado + 692,90m según su trazado; Con Raúl Ramírez en 288,11m rumbo S 78°10'59" O + 282,99m rumbo S 38°58'34" O + 466,32m rumbo S
31°24'23" E; Con Danny Vergara en 427,89m rumbo S
30°56'27" O + 184,84m rumbo S 28°47'1" E; Con Froden Satisábal en 117,02m rumbo S 0°58'46" O + 224,98m rumbo S 5°21'21" E + 168,07m rumbo N 88°17'43" O +
228,79m rumbo S 4°45'49" E + 113,21m rumbo S
57°59'41" E + 230,97m rumbo S 29°0'23" O + 255,00m rumbo S 10°9'51" O + 224,64m rumbo S 4°20'24" O +
185,95m rumbo S 72°8'59" E; Con Tomás Quiñonez en
211,45m rumbo S 45°57'29" O + 350,08m rumbo S
19°0'15" E; Con Vía Muisne – Esmeraldas en 250,22m rumbo según su trazado; Con Tomás Quiñonez en 30,08m rumbo N 21°26'52" E + 109,66m rumbo N 9°58'40" O +
53,37m rumbo N 77°0'19" O + 173,42m rumbo N
14°21'24" O + 99,13m rumbo N 2°53'29" O; Con
Froden Satisábal en 127,61m rumbo N 37°40'41" E +
159,48m rumbo S 73°36'38" E + 75,43m rumbo N
51°27'32" E; Con Empresa Eucalyptus Pacífico S.A. en
165,56m rumbo S 39°21'45" E + 264,92m rumbo S
4°45'49" O + 137,30m rumbo S 33°6'41" O + 33,84m rumbo S 18°58'13" O; Con Ancho de vía Muisne – Esmeraldas en 19,72m; Empresa Eucalyptus Pacífico S.A. en 297,32m rumbo S 17°12'58" O + 421,17m rumbo S
21°26'52" O + 157,10m rumbo S 31°27'51" E + 252,20m rumbo S 2°16'21" E + 251,10m rumbo S 43°32'52" O +
225,40m rumbo S 9°57'50" O + 76,49m rumbo S
25°33'36" E.
OESTE: Con Tomás Vélez en 310,29m rumbo N
23°45'23" O + 67,03m rumbo N 1°42'35" O + 61,29m rumbo N 56°18'36"E + 105,00m rumbo N 0°32'44"E +
188,40m rumbo N 9°9'44"E + 146,29m rumbo N
15°27'40" O; Con Ancho de vía Muisne – Esmeraldas en
17,50m; Con Elena Colorado en 59,01m rumbo N 0°58'16" O + 32,28m rumbo N 73°48'39" E + 46,01m rumbo N
47°38'33" E + 231,23m rumbo N 25°54'1" O + 179,81m rumbo N 74°11'9" O + 226,24m rumbo N 23°9'55" O +
341,09m rumbo N 38°12'50" E + 270,20m rumbo N36°34'23" E + 248,97m rumbo N 5°4'10" O; Con Angel Bermúdez en 293,87m rumbo N 17°1'0" E + 253,07m rumbo N 35°30'41" O + 143,28m rumbo N 19°34'23" E +
420,63m rumbo N 49°31'54" O + 209,99m rumbo N
49°38'8" O + 108,50m rumbo N 9°32'57" O + 138,22m rumbo N 72°44'42" O + 206,52m rumbo S 29°55'1" O +
203,20m rumbo N 87°27'41" O + 242,24m rumbo N
19°2'0" O + 279,12m rumbo N48°29'9" O + 188,38m rumbo S 86°20'52" O; Con Cecilio Rodríguez en 274,24m rumbo N 8°48'35" O + 520,60m rumbo N 56°40'34" O; Con Río "Bunche” en 382,99m rumbo según su curso; Con Merejildo Alcívar en 204,14m rumbo S 48°58'21" E +
198,04m rumbo S 69°55'5" E + 278,64m rumbo N
64°15'45" E + 167,41m rumbo N 36°15'14" O + 175,56m rumbo N 66°30'5" O + 217,31m rumbo N 13°50'40" E; Con Río "Bunche” en 892,57m rumbo según su curso; Con Merejildo Alcívar en 609,98m rumbo N 13°56'42" E +
419,54m rumbo N 35°23'41" O + 758,51m rumbo S
49°3'46" O; Con Estero "Partidero" en 822,47m rumbo según su curso; Con Jacinto Vera en 370,83m rumbo N
62°11'28" O; Con Máximo Rodríguez en 254,25m rumbo N 18°34'39" O + 465,59m rumbo N 47°5'20" O + 484,02m S 66°14'31" O; Con Jacinto Vera en 391,87m rumbo N
52°2'53" O; Con Paolo Espinosa en 862,75m rumbo N
50°44'19" O + 668,00m rumbo N 59°24'14" O + 410,91m rumbo S 51°49'9" O; Con Eugenio Cagua en
392,61m rumbo S 16°43'38" E + 236,36m rumbo S 40°1'22" O; Manuel Games en 312,87m rumbo N 33°7'53" O + 308,88m rumbo N 70°15'39" O +
437,66m rumbo N 3°8'37" O; Con Ernesto Zambrano en
633,06m rumbo N 28°11'3" E + 471,89m rumbo N
3°31'24" E.
El referido inmueble está compuesto por 22 lotes de terreno, cuyos linderos y dimensiones, son los siguientes:
PRIMER LOTE: Dos lotes de terreno que forman un solo cuerpo. Con un superficie total de Superficie:
159,70 HAS.
a) 26.50 has
Por el Norte: Joaquín Rodríguez en 158,98 metros. Por el Sur: Klever Colorado en 76,44 metros. Por el Este: Klever Colorado en 130,18 metros. Por el Oeste: Joaquín Rodríguez en 179,60 metros
b) 132.20
Por el Norte: Con Ademar Solorzano, en 159.88 metros
Por el Sur: Con Río Vilsa, en novecientos dieciséis metros.
Por el Este: Con Felipe Briones en sesenta y seis metros.
Por el Oeste: Con Rigoberto Rodríguez en ciento noventa y un metros.
SEGUNDO LOTE: Superficie: 92,80 HAS
Por el Norte: Terrenos del Estado en cuarenta y dos metros;
Por el Sur: Terrenos del Estado en cien metros;
Por el Este: Lote número siete en ciento cincuenta metros
Por el Oeste: Bolívar Sosa en doscientos cincuenta metros
TERCER LOTE: Superficie: 221,20 HAS Por el Norte: Posesión de Marcos Zambrano
Por el Sur: Río Unión y posesión de Jaime Intriago
Por el Este: Posesión de Raúl Ramírez.
Por el Oeste: Posesión de Pedro Donato Trejo.
CUARTO LOTE: Superficie: 5,93 HAS
Por el Norte: Con la compañía Eucalyptus Pacifico S.A. en 34,8 metros.
Por el Sur: Con la compañía Eucalyptus Pacifico S.A. siguiendo el curso del estero Bunche en cincuenta y tres punto un metros
Por el Este: Con la compañía Eucalyptus Pacific, siguiendo el curso del estero Bunche en
58,6 metros
Por el Oeste: con el señor Manuel Rodríguez en 64 metros.
QUINTO LOTE: Superficie: 20,80 HAS
Por el Norte: Con el señor Merejildo Angulo siguiendo el curso del estero Bunche en cincuenta y siete punto dos metros.
Por el Sur: Con la compañía Eucalyptus Pacifico S.A. en ochenta y seis punto cinco metros.
Por el Este: Con la compañía Eucalyptus Pacifico S.A. en 46 metros.
Por el Oeste: Con el señor Merejildo Angulo, en 87,3 metros.
SEXTO LOTE: Dos lotes de terreno, forman un solo cuerpo: a) 32.40 has y b) 94.40 has.
Superficie: 126,80 HAS
Por el Norte: Con propiedad de la familia Dueñas.
Por el Sur: Con Río Vilsa
Por el Este: Con propiedades de las familias Andrade, Vergara, Solórzano y Dueñas
Por el Oeste: Con propiedades de las familias T. Vélez, Bermúdez E, Colorado
SÉPTIMO LOTE: Superficie: 6,46 HAS
Por el Norte: Con la compañía Eucalyptus Pacifico S.A. en ciento setenta y seis metros
Por el Sur: Con la compañía Eucalyptus Pacifico S.A. en treinta y cinco metros
Por el Este: Con la compañía Eucalyptus Pacifico S.A. en 65 metros.
Por el Oeste: Con el señor Merejildo Angulo en 45,3 metros.
OCTAVO LOTE: Superficie: 18,35 HAS
Por el Norte: Con el señor Carlos Cortés, en setenta y cinco punto ocho metros.
Por el Sur: Con la compañía Eucalyptus Pacifico S.A. en cuarenta y dos punto cinco metros
Por el Este: Con la compañía Eucalyptus Pacifico S.A. siguiendo el curso Del estero Partidero en
21,3 metros.
Por el Oeste: Con la compañía Eucalyptus Pacifico S.A. en 42 metros.
NOVENO LOTE: Superficie: 132, 72 HAS
Por el Norte: Con la compañía Eucalyptus Pacifico S.A. en treinta y dos punto un metros
Por el Este: Con la compañía Eucalyptus Pacifico S.A. en cincuenta punto Cuatro metros.
Por el Oeste: Con el señor Jorge Gámez en treinta y uno punto un metro.
DÉCIMO LOTE: Superficie: 11,30 HAS
Por el Norte: Con el señor Bolívar Alcívar en 480,01 metros y el señor Román en 198,08 metros.
Por el Sur: Con el señor J. Zambrano en 597,07 metros.
Por el Este: Con el señor Caicedo en ciento seis metros.
Por el Oeste: Con L. Chila en 238,09 metros
DÉCIMO PRIMER LOTE: Superficie: 44,80 HAS
Por el Norte: Con el lote número dos en ciento cincuenta metros
Por el Sur: Con el estero Pododera en ochocientos metros.
Por el Este: Con propiedad del señor Raúl Ramírez en
122,00 metros.
Por el Oeste: Con el lote número dos y mide cien metros.
DÉCIMO SEGUNDO LOTE: Tres lotes de terreno, forman un solo cuerpo: a) 64.20 has, b) 35 has. y c) 20.5 has.
Superficie: 119,70 HAS Linderos cuerpo 64.20 has:
Por el Norte: Con el señor Lombardo Chila, en 1452,05, metros
Por el Sur: Con la Compañía Eucapacific en 593,02 metros; señor Alcivar en 543,02 metros
Por el Este: Con la Compañía Eucapacific en 497,01 metros.
Por el Oeste: Con varios posesionarios en 531,04 metros.
Linderos cuerpo 35 has:
Por el Norte: Con el señor Aparicio, en 171,02 metros; Con la Escuela en 140; Con Recinto Nueva Unión 154,04 metros.
Por el Sur: Con la Compañía Eucapacific en 762 metros.
Por el Este: Con la Compañía Eucapacific en 1.097 metros.
Por el Oeste: Con la Compañía Eucapacific en 163,04 metros.
Linderos cuerpo 20.5 has
Por el Norte: Con el señor Caicedo en 567, 00 m
Por el Oeste: Con la Eucalyptus Pacifico S.A., en
370,01metros.
DÉCIMO TERCER LOTE: Superficie: 2,6 HAS Por el Norte: Con la Eucalyptus Pacifico S.A
Por el Sur: Con la señora Ortiz
Por el Este: Con el señor Luna
Por el Oeste: Con la Eucalyptus Pacifico S.A
DÉCIMO CUARTO LOTE: Superficie: 70,38 HAS
Por el Norte: Con la Eucalyptus Pacifico S.A., en setenta y un punto ocho metros
Por el Sur: Con la Eucalyptus Pacifico S.A., en cincuenta y dos punto un metros.
Por el Este: Con la Eucalyptus Pacifico S.A., en ochenta y cuatro punto cuatro metros.
Por el Oeste: Con la Eucalyptus Pacifico S.A., en doscientos treinta punto nueve metros.
DÉCIMO QUINTO LOTE: Superficie: 31,40 HAS
Por el Norte: Con la Eucalyptus Pacifico S.A., en seis punto tres metros.
Por el Sur: Con la Eucalyptus Pacifico S.A., en ciento dieciocho punto cuatro metros.
Por el Este: Con el señor Segundo Caicedo en ciento cuarenta y cuatro punto tres metros.
Por el Oeste: Con la Eucalyptus Pacifico S.A., en treinta y nueve punto dos metros.
DÉCIMO SEXTO LOTE: Superficie: 35,33 HAS
Por el Norte: Con estero Cruz en ochocientos setenta metros.
Por el Sur: Con posesión de Vicente Caicedo en mil ciento noventa metros.
Por el Este: Con estero Partidero en mil trescientos quince metros.
Por el Oeste: Con posesión de Gutembert Zambrano en ciento treinta y cinco metros sesenta centímetros.
DÉCIMO SÉPTIMO LOTE: Superficie: 38,80 HAS Por el Norte: Con el señor Dueñas en 503,06 metros.
Por el Sur: Con la Compañía Eucacapacific S.A., en
1.363 metros.
Por el Este: Con el señor Zatizabal en 1.037,03 metros.
Por el Oeste: Con la Compañía Eucacapacific S.A., en
1.363 metros.
DÉCIMO OCTAVO LOTE: Superficie: 39,70 HAS Por el Norte: Con el señor Zambrano en 869,01 metros
Por el Sur: Con el señor Luna en novecientos sesenta y ocho metros
Por el Este: Con el señor Luna en novecientos sesenta y ocho metros
Por el Oeste: Con el señor Vera en 180,01 metros; señor
Alcivar en 270,05 metros.
DÉCIMO NOVENO LOTE: Superficie: 116,4845 HAS Por el Norte: Con el señor Bolívar Vázquez en 227
metros.
Por el Sur: Con el señor Raúl Vera en 29,6 metros.
Por el Este: Con la Escuela del Recinto Nueva Unión en 137,5 Metros.
Por el Oeste: Con el señor Luis Chila en 94,7 metros.
VIGÉSIMO LOTE: Superficie: 136,60 HAS
Por el Norte: Con lote número 74-A, propiedad del señor
Segura R. Vera
Por el Sur: Con propiedades de los señores Vera
Rodríguez. F. Segura
Por el Este: Con lote número 25 con terrenos de la familia Estrada y Naveda.
Por el Oeste: Con estero Matambal y propiedades de
Zambrano.
VIGÉSIMO PRIMERO LOTE: Superficie: 69,40
Por el Norte: Con Río Bunche, en trescientos diez metros.
Por el Sur: Con varios posesionarios en cuatrocientos setenta metros.
Por el Este: Con lote No tres-A, en cuarenta y cinco metros.
Por el Oeste: Con lote número ocho, en trescientos sesenta metros.
VIGÉSIMO SEGUNDO LOTE: Tres lotes de terreno, Superficie total: 138,40
a) 92.40 has
Por el Norte: Con el Río Bunche
Por el Sur: Con Propiedad del señor Linder Guagua
Por el Este: Con la Rivera del Estero el Salto.
Por el Oeste: Con la Rivera del Estero “La Pedorrera”
b) 26 has
Por el Norte: Con el Río Bunche, mide 350 metros.
Por el Sur: Con lote de terreno 3 A , mide 660 metros. Por el Este: Con Estero “La Pedorrera”
Por el Oeste: Con lote No 1, mide 120 metros.
c) 20 has
Por el Norte: Con terrenos de Donato Trejo, mide 63,75 metros.
Por el Sur: Con Río Bunche y mide 350 metros.
Por el Este: Con terrenos del señor Roque Menéndez y mide 45 metros.
Por el Oeste: Con terrenos de Germán Estrada y mide
50,15 metros.
Se exceptúan de ésta declaratoria de utilidad pública, los lotes internos que no forman parte del predio Palmas Juntas, conprendido dentro de los siguientes linderos específicos:
Predio de Merejildo Alcívar
NORTE: Con Predio "Palmas Juntas" en 270,67m rumbo S 85°58'29" O + 115,85m rumbo S 83°3'32" O + 137,42m rumbo N 68°39'47" O.
SUR: Con Predio "Palmas Juntas" en 103,75m rumbo N
63°40'55" E + 206,48m rumbo S 86°6'44" E.
ESTE: Con Predio "Palmas Juntas" en 119,07m rumbo N
1°55'31" O + 150,21m rumbo N 1°16'1" E.
OESTE: Con Predio "Palmas Juntas" en 175,70m rumbo S
38°45'42" E + 200,80m rumbo S 26°18'35" E.
Predio de Rigoberto Caicedo
NORTE: Con Predio "Palmas Juntas" en 906,47m rumbo
N 59°52'15" O + 762,26m rumbo N52°24'31" O.
SUR: Con Predio "Palmas Juntas" en 669,43m rumbo S
59°52'23" E + 200,49m rumbo N 71°23'4" E + 283,28m rumbo S 13°53'21" E + 475,45m rumbo S 74°52'56"E
ESTE: Con Estero "Partidero" en 600,46m rumbo según su curso.
OESTE: Con Predio "Palmas Juntas" en 270,50m S
23°31'56" O + 181,60m rumbo S 27°33'10" E + 189,59m rumbo S 4°32'16" O.
Predio Recinto La Unión
NORTE: Con Predio "Palmas Juntas" en 95,78m rumbo S
40°20'30"E
SUR: Con Predio "Palmas Juntas" en 110,21m rumbo N
36°8'31" O + 43,97m rumbo N 17°11'55"O
ESTE: Con Predio "Palmas Juntas" en 41,79m rumbo S
68°57'45" O + 119,92m rumbo S 24°38'30" O+ 130,92m rumbo S 34°25'6" O.
OESTE: Con Predio "Palmas Juntas" en 43,08m rumbo N
Predio Familia “Los Luna”
NORTE: Con Predio "Palmas Juntas" en 320,66m rumbo
S 76°39'26" O + 355,19m rumbo S 72°38'11"O.
SUR: Con Predio "Palmas Juntas" en 59,54m rumbo S
60°51'7" E.
ESTE: Con Predio "Palmas Juntas" en 109,17m rumbo N
24°55'18" E + 197,52m rumbo N 34°53'49" O + 205,65m rumbo N 20°11'50" E + 201,53m rumbo N 45°12'4" E.
OESTE: Con Predio "Palmas Juntas" en 74,71m rumbo S
27°56'14" O + 583,28m rumbo S 56°36'35" E.
Predio de Luis Vergara
NORTE: Con Predio "Palmas Juntas" en 58,05m rumbo S
47°47'34" E + 104,39m rumbo N 80°37'40"E.
ESTE: Con Predio "Palmas Juntas" en 64,41m rumbo S
25°46'10" E + 198,91m rumbo S 5°28'53" E + 41,15m rumbo S 25°56'32" E.
SUR: Con Vía Muisne – Esmeraldas en 95,69m rumbo según su trazado.
OESTE: Con Predio "Palmas Juntas" en 56,94m rumbo N
59°22'53" O + 44,00m rumbo N 0°00'00"E + 100,13m
rumbo N 8°36'56" O + 87,02m rumbo N 1°19'1" O +
122,41m rumbo N 17°6'10" O + 39,56m rumbo N
20°43'32" E
Art 2.- No obstante la identificación del inmueble realizada en el artículo anterior, la declaratoria se hará como cuerpo cierto e incluye todas las edificaciones que sobre el predio se levanten, los bienes muebles que por su destino, accesión o incorporación se los considera inmuebles, sus usos, costumbres, derechos y servidumbres, activas o pasivas, que le son anexas a cualquier título.
La presente declaratoria de utilidad pública servirá de suficiente título habilitante para el inmueble expropiado, trámite que no impedirá la ocupación inmediata de la respectiva propiedad.
Art. 3.- El inmueble descrito en el artículo anterior, se destinará para ejecutar un plan productivo de desarrollo social, ambientalmente sustentable, para desarrollo social de los miembros de las organizaciones y sus familias y para bienestar colectivo conforme dispone la Constitución.
Art. 4.- De conformidad con el segundo inciso del artículo
58 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, una vez inscrita la presente declaratoria de utilidad pública, decurre el lapso de hasta noventa días, a fin de llegar a un acuerdo directo entre las partes sobre el valor del inmueble expropiado, en base al avalúo constante exclusivamente en los certificados emitidos el 02, 09 y 23 de abril del 2015, por el Director de Avalúos y Catastros del Gobierno Autónomo descentralizado municipal del cantón Muisne.
Art. 5.- En caso de llegar a un acuerdo con el propietario en cuanto al precio, se procederá a la compraventa del inmueble declarado utilidad pública, mediante la celebración de la correspondiente escritura pública, que se inscribirá en el Registro de la Propiedad y Mercantil del Cantón Muisne, provincia de Esmeraldas, para perfeccionar la transferencia de dominio.
Art. 6.- De no existir acuerdo con el precio de venta del inmueble expropiado, el propietario podrá iniciar el correspondiente juicio de expropiación, conforme al trámite previsto en el Código de Procedimiento Civil, para impugnar el precio más no el acto administrativo de expropiación. En este caso, dentro del trámite del juicio, el propietario podrá recibir a cuenta del precio final a fijarse judicialmente, el valor que ha propuesto el Ministerio de Agricultura, Ganadería, Acuacultura y Pesca, en base a los certificados catastrales emitidos el 02, 09 y 23 de abril del
2015, por el Director de Avalúo del Gobierno Autónomo descentralizado municipal del cantón Muisne, conforme lo dispone el inciso séptimo del artículo 58 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública.
Art. 7.- De conformidad a lo dispuesto en el artículo 62 del Reglamento General de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, notifíquese con el contenido de la presente resolución de declaratoria de utilidad pública, al señor Registrador de la Propiedad y Mercantil del cantón Muisne y al propietario, al registrador a fin de que inscriba en el registro correspondiente requiriendo a dicho funcionario registral que cancele
cualquier gravamen o limitación del dominio existente sobre la propiedad que se expropia, así como se abstenga de cualquier acto o contrato traslaticio de dominio o gravamen que limite el dominio del inmueble expropiado, de cualquier forma, a excepción de actos a favor del Ministerio de Agricultura, Ganadería, Acuacultura y Pesca, incluyendo la escritura pública de transferencia de dominio de dicho inmueble.
Art. 8.- Conforme lo dispone el inciso octavo del artículo
58 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, el dueño del inmueble expropiado deberá tener cancelados todos los impuestos correspondientes a dicha propiedad, excepto el pago de la plusvalía y los que correspondan a la transferencia de dominio, que no se generarán en este tipo de adquisiciones. Si los tributos se mantuvieren impagos, el Ministerio de Agricultura, Ganadería, Acuacultura y Pesca los deducirá del precio de compra y los transferirá a las entidades beneficiarias de los tributos.
Art. 9.- El artículo 115 del Código Orgánico de Planificación y Finanzas Públicas, establece la obligación de la certificación de disponibilidad presupuestaria, la misma que se obtendrá una vez suscrito el acuerdo entre las partes, de acuerdo al artículo 58 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública. En caso de juicio de expropiación, se procederá conforme las normas correspondientes del Código de Procedimiento Civil.
Art. 10.- Una vez inscrito este acto administrativo conforme el artículo 7, se notificará para los fines legales consiguientes con la presente resolución a la compañía Eucalyptus Pacific S.A. Eucapacific, representada legalmente por su Gerente General Sr. Cristhian GuillermoTuchie Álvarez, propietaria del predio “Palmas Juntas”.
Art. 11.- Forma parte integrante de la presente Resolución, los certificados de gravámenes emitidos por el señor Registrador de la Propiedad y Mercantil del cantón Muisne, el 27 de marzo y 24 de abril de 2015, de conformidad con el artículo 62 del Reglamento General de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública.
Art. 12.- Del cumplimiento de la presente Resolución encárguese el Gerente Nacionaldel Proyecto Plan de Fomento del Acceso a Tierras de los Productores Familiares en el Ecuador.
Art. 13.- La presente Resolución entrará en vigencia a partir de su suscripción.
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