Resolución 119-IEPS-2014 Deléguense responsabilidades a los señores/as Coordinador General Técnico; Gerentes y Coordinadores Generales de Proyectos; Directores/as Nacionales y Zonales

No. 119–IEPS-2014
Ec. Raúl Zurita Arthos
DIRECTOR GENERAL DEL INSTITUTO NACIONAL DE ECONOMÍA POPULAR Y SOLIDARIA

Resuelve:

Artículo 1.- DELEGACIÓN GENERAL.- Delegar a los señores/as Coordinador General Técnico; Gerentes y Coordinadores Generales de Proyectos; Directores/as Nacionales y Zonales previstos en el Estatuto Orgánico de Gestión Organizacional por Procesos, para que a nombre del Instituto Nacional de Economía Popular y Solidaria, en el área de su competencia, autorice el gasto, expidan y suscriban los actos y hechos necesarios para el cumplimiento de las atribuciones y responsabilidades determinadas en el citado Estatuto Orgánico.

Artículo 2.- DELEGACIONES ESPECÍFICAS.

A) GESTIÓN ADMINISTRATIVA Y DE TALENTO HUMANO

Al Coordinador/a General Técnico:

1. Autorizar permisos y el uso de vacaciones de los Gerentes y Coordinadores Generales de Proyectos, Directores Nacionales y Zonales;

2. Aprobar el Plan Anual de Contratación del Talento Humano y los necesarios para el buen desempeño del personal de la institución;

3. Suscribir nombramientos previstos en la Ley Orgánica del Servicio Público, así como remociones, aceptación de renuncias y cesación de funciones de los puestos de libre nombramiento y remoción de los servidores públicos del IEPS;

4. Autorizar el inicio de procesos para la selección del personal de carrera administrativa, mediante concursos públicos de méritos y oposición;

5. Autorizar la contratación del personal bajo la modalidad de prestación de servicios ocasionales, contratos civiles sin relación de dependencia y/o bajo Código de Trabajo;

6. Aceptación de renuncias de funciones de los servidoras y servidores bajo la modalidad de la LOSEP y Código de Trabajo.

7. Autorizar y suscribir los actos administrativos de encargos o subrogaciones de las autoridades institucionales;

8. Suscribir los formularios de autorización de viaje al exterior de los funcionarios movilizados para cumplir tareas oficiales, a nombre de la máxima autoridad; y,

9. Autorizar el pago de horas extraordinarias y suplementarias, conforme a lo dispuesto en la Ley Orgánica de Servicio Público.

Al asesor/a de la Dirección General:

1. Conocer y distribuir la correspondencia y documentación oficial que ingrese a la Dirección General y Coordinación Técnica del Instituto; y,

2. Autorizar la movilización de los Gerentes y Coordinadores Generales de Proyectos, Directores Nacionales y Zonales, para cumplir tareas oficiales y disponer la autorización del gasto de los correspondientes viáticos y subsistencias, observando las disposiciones del Reglamento expedido por el Ministerio de Relaciones Laborales.

A los Gerentes y Coordinadores/as Generales de Proyectos, Directores/as Nacionales y Zonales, en el área de su competencia:

1. Autorizar la movilización del personal dependiente y asignado a cada una de sus áreas para cumplir tareas oficiales y disponer la autorización del gasto de los correspondientes viáticos, movilizaciones y subsistencias; observando las disposiciones del Reglamento expedido por el Ministerio de Relaciones Laborales;

2. Autorizar permisos y el uso de vacaciones del personal dependiente y asignado a cada una de sus áreas; y,

3. Llevar y custodiar los archivos de la documentación oficial, de cada una de sus dependencias y unidades, de acuerdo con los criterios que al respecto establezca el Instituto Nacional de Economía Popular y Solidaria.

Al Director/a Administrativo Financiero:

1. Aprobar las modificaciones y resoluciones presupuestarias que sean necesarias para la adecuada ejecución de las actividades que desarrolla el IEPS, en el caso de modificaciones de proyectos de inversión, estas vendrán debidamente motivadas por el Coordinador General o Gerente del Proyecto y validadas por la Dirección de Planificación; y,

2. Autorizar, que el personal técnico conduzca los vehículos del Instituto cuando no existan los choferes necesarios cumpliendo lo que establece la normativa.

Al Director/a de Talento Humano:

1. Suscribir los convenios y actos relacionados con la administración del Talento Humano del Instituto, derivados de la aplicación de la Ley Orgánica de Servicio Público -LOSEP-, de su Reglamento General y del Código del Trabajo, con excepción de las acciones de personal correspondientes a nombramientos, suspensión y destitución que corresponden a la máxima autoridad del Instituto o su delegado;

2. Suscribir los convenios de práctica pre profesionales;

3. Suscribir comunicaciones y consultas que se remitan a las diferentes instituciones del sector público, relacionadas con la administración del Talento Humano;

4. Suscribir los convenios de devengación de capacitaciones;

5. Ejercer las atribuciones de empleador en los procedimientos de visto bueno en conjunto con la Dirección de Asesoría Jurídica;

6. Notificar la terminación de los contratos suscritos, en aplicación de la Ley Orgánica de Servicio Público -LOSEP-, de su Reglamento General y del Código del Trabajo; y,

7. Suscribir los contratos del personal bajo la modalidad de prestación de servicios ocasionales, contratos civiles sin relación de dependencia y/o bajo Código de Trabajo.

Al Director/a de Planificación:

1. Aprobar las reformas al Plan Anual de Política Pública, solicitado y debidamente motivado por el área requirente para solicitar la correspondiente reforma presupuestaria de ser pertinente.

B) CONTRATACIÓN PÚBLICA

Al Coordinador/a General Técnico/a:

1. La gestión relacionada con la preparación, organización y ejecución de las fases preparatorias y precontractual de los procedimientos previstos en la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública para la contratación de obras, bienes y servicios normalizados y no normalizados de menor cuantía y cotización, incluyendo las autorizaciones y aprobaciones necesarias;

2. La gestión relacionada con la preparación, organización y ejecución de las fases preparatorias y precontractual del procedimiento previsto en la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública para la contratación directa, lista corta de servicios de consultoría, incluyendo las autorizaciones y aprobaciones necesarias, de gasto corriente;

3. La suscripción de los contratos a nombre del Instituto derivados de los procedimientos de contratación especificados en los numerales 1 y 2 anteriores; y,

4. La expedición de la Resolución de terminar los contratos referidos en los numerales 1 y 2 de conformidad con la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública y su Reglamento.

A los y las Gerentes y Coordinadores/as Generales de Proyectos de Inversión, en el ámbito de su competencia:

1. La gestión relacionada con la preparación, organización y ejecución de las fases preparatorias y precontractual de los procedimientos previstos en la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública para la contratación de obras, bienes y servicios normalizados y no normalizados mediante feria inclusiva, menor cuantía e ínfima cuantía, incluyendo las autorizaciones y aprobaciones necesarias;

2. La gestión relacionada con la preparación, organización y ejecución de las fases preparatorias y precontractual de los procedimientos previstos en la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública para la contratación de servicios de consultoría mediante el procedimiento de contratación directa, incluyendo las autorizaciones y aprobaciones necesarias;

3. La suscripción de los contratos, a nombre del Instituto derivados de los procedimientos de contratación especificados en los numerales 1 y 2 anteriores; y,

4. La expedición de la Resolución de terminar los contratos referidos en el numeral 1 y 2 de conformidad con la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública y su Reglamento.

A los Directores/as Zonales, en el ámbito de su competencia:

1. La gestión relacionada con la preparación, organización y ejecución de las fases preparatorias y precontractual de los procedimientos previstos en la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública para la contratación de obras, bienes y servicios normalizados y no normalizados mediante ínfima cuantía, incluyendo las autorizaciones y aprobaciones necesarias.

Al Director/a Administrativo Financiero:

1. La gestión relacionada con la preparación, organización y ejecución de las fases preparatoria y precontractual de los procedimientos previstos en la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública para la contratación de obras, bienes y servicios mediante procesos dinámicos de catálogo electrónico y subasta inversa electrónica, así como los de ínfima cuantía, incluyendo las autorizaciones y aprobaciones necesarias;

2. La suscripción de los contratos a nombre del Instituto, de los procedimientos de contratación especificados en el numeral anterior; y,

3. La suscripción de la resolución de terminar los contratos referidos en el numeral 1 de conformidad con la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública y su Reglamento.

A los Directores/as Nacionales:

1. Sobre la base de las necesidades generadas en virtud de sus competencias y su POA, autoricen el gasto y,

2. Realicen la gestión relacionada con la preparación, organización y ejecución del procedimiento previsto en la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública para la contratación de obras, bienes y servicios normalizados y no normalizados, de ínfima cuantía, incluyendo las autorizaciones y aprobaciones necesarias.

C) LEGALES Y JURÍDICOS

Al Director/a de Asesoría jurídica:

1. Conocer y sustanciar los reclamos y recursos administrativos que se presenten al Instituto, conforme a la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación pública o el Estatuto del Régimen Jurídico Administrativo de la Función Ejecutiva;

2. Presidir los Tribunales de Apelación en los concursos públicos para ocupar vacantes en el Instituto; y,

3. Resolver en caso de ser necesario, las impugnaciones, que se llegaren a presentar a la máxima autoridad del Instituto, en contra de los actos y hechos administrativos, relacionados con la administración de personal.

D) ORDENADORES DE PAGO

El ordenador de pago será el o la directora/a Administrativa/o financiera/o del IEPS quien autorizara el pago una vez verificado el cumplimiento de los procedimientos establecidos en la normativa legal vigente y en base a la documentación habilitante (contrato, orden de adquisiciones, factura, acta de entrega recepción, informe a satisfacción del administrador del contrato y/o ordenador de gasto, etc)

Artículo 3.- RESPONSABILIDAD.- Los delegados serán responsables de los actos que realicen en el ejercicio de esta delegación, por acción u omisión; e informarán de sus actuaciones a la máxima autoridad, mediante un informe mensual, que será consolidados por el asesor /a de la Dirección General.

Los delegados no podrán a su vez delegar.

Artículo 4.- DEROGATORIAS.- Derogase expresamente lo dispuesto en la Resolución No. 056-IEPS-2013 de 18 de julio de 2013; Resolución No. 013-IEPS-2013 de 11 de marzo de 2013 y otras que se opongan a la presente Resolución.

Artículo 5.- NOTIFICACIÓN.- Notifíquese al Secretario General de la Administración Pública, con el contenido de la presente Resolución.

Artículo 6.- VIGENCIA.- La presente Resolución entrará en vigencia a partir de la fecha de suscripción, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.

Jueves 20 de Noviembre de 2014