No. 144 - ARCH-DJ-2015
EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA AGENCIA DE REGULACIÓN Y CONTROL HIDROCARBURÍFERO
Resuelve:
Art. 1.- Delegar a la Ing. Siria Eliana Rentería Landivar, para que a nombre y representación del Director Ejecutivo de la Agencia de Regulación y Control Hidrocarburífero ejerza las siguientes funciones:
- Aprobar las solicitudes cronogramas e informes de comisión de servicios con remuneración de los servidores públicos y trabajadores de la Agencia;
- Autorizar las órdenes de pago necesarias para cancelar obligaciones, en virtud del ámbito de su competencia;
- Suscribir las Resoluciones de reformas presupuestarias y de Plan Anual de Contrataciones (PAC) que correspondan al ámbito de acción, previo informe motivado del área requirente;
- Realizar todos los actos y trámites inherentes al proceso de contratación por ínfima cuantía conforme las disposiciones y formalidades dispuestas en la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, su Reglamento y Resoluciones dictadas por la SERCOP;
- Realizar todos los actos y trámites inherentes al proceso de contratación de servicio de limpieza por catálogo electrónico, para las Direcciones Regionales de Control de Hidrocarburos y Combustibles a nivel nacional, conforme las disposiciones y formalidades dispuestas en la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, su Reglamento y Resoluciones dictadas por la SERCOP;
- Realizar todos los actos y trámites inherentes al proceso de autorización de viajes al exterior de los servidores de esta Agencia de Regulación y Control Hidrocarburífero previo las formalidades establecidas en el Reglamento de viajes al exterior; y en el exterior; de los servidores públicos de las instituciones de la administración pública central; institucional y que dependen de la Función Ejecutiva (APCID);
- Suscribir oficios y/o comunicaciones que deban elaborarse para solicitar información o documentación complementaria inherente a sus funciones con la finalidad de agilitar los trámites que correspondan; y,
- Suscribir oficios de atención de requerimientos de información realizada por instituciones públicas y privadas inherentes al ámbito de su competencia.
Art. 2.- La Ing. Siria Eliana Rentería Landivar, responderá administrativamente ante el Director Ejecutivo de la Agencia de Regulación y Control Hidrocarburífero, personal, civil y penalmente ante las autoridades competentes por los actos realizados en ejercicio de la presente delegación.
Art. 3.- La Ing. Siria Eliana Rentería Landivar, emitirá un informe ejecutivo por escrito al menos una vez por mes, o cuando el Director Ejecutivo de la Agencia de Regulación y Control Hidrocarburífero (ARCH) lo requiera, de las acciones tomadas en ejercicio de la presente delegación.
Art. 4.- En el contenido de los documentos a los que se refiere el artículo 1 de la presente resolución, deberá hacerse constar el siguiente texto:
“Suscribo el presente (Tipo de documento) en virtud de la Delegación otorgada mediante Resolución (Señalar No. y fecha de la delegación), por el Ing. José Luis Cortázar, en su calidad de Director Ejecutivo de la Agencia de Regulación y Control Hidrocarburífero.”
Art. 5.- Deróguense expresamente las Resoluciones No. 014, 85 y 127- ARCH-DJ-2015 de 09 de febrero, 28 de mayo y 14 de julio de 2015 respectivamente.
Art. 6.- Esta resolución entrará en vigencia a partir de su suscripción, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.
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