Resolución 161 Establécese que la comercialización del maíz suave choclo se realice en sacos de polipropileno de 55 cm de ancho y 95 cm de largo, cerrado y sin colma

No. 161

EL MINISTRO DE AGRICULTURA, GANADERÍA, ACUACULTURA Y PESCA

Resuelve:

Artículo 1.- Acoger la recomendación de la Subsecretaría de Comercialización, para establecer que la comercialización del maíz suave choclo se realice en sacos de polipropileno de 55 cm de ancho y 95 cm de largo, cerrado y sin colma.

Artículo 2.- De la ejecución de la presente resolución ministerial, encárguese a la Subsecretaría de Comerciali- zación del MAGAP.

Artículo 3.- La presente Resolución entrará en vigencia a partir de la fecha de su promulgación en el Registro Oficial.

 

Viernes 26 de Junio de 2015