Resolución 172/2015 Enmiéndese el Anexo denominado Programa Nacional de Facilitación del Transporte Aéreo Internacional (FAL)

No. 172/2015
Roberto Yerovi De La Calle
EL DIRECTOR GENERAL DE AVIACION CIVIL

Resuelve:

Artículo 1.- Aprobar la primera Enmienda al Anexo denominado PROGRAMA NACIONAL DE FACILITACION DEL TRANSPORTE AEREO INTERNACIONAL (FAL) de la Resolución No 289/2014, de 30 de julio de 2014, el cual quedará así:

  1. Sustitúyese el título DE LA COMPETENCIA DE LAS INSTITUCIONES E IDENTIDADES PARTICIPANTES del Anexo aprobado por el Artículo 1 de la Resolución No 289/2014, por el siguiente: COMPETENCIA DE LAS INSTITUCIONES Y ENTIDADES PARTICIPANTES.
  2. Elimínese la viñeta segunda del acápite COMPAÑÍAS EXTRANJERAS del Anexo aprobado por el Artículo 1 de la Resolución No 289/2014.
  3. Sustitúyese la viñeta sexta del acápite COMPAÑIAS EXTRANJERAS: Informar con la debida anticipación el cambio de sus itinerarios, al Administrador del Aeropuerto DGAC o Administrador del Aeropuerto Concesionado del Anexo aprobado por el Artículo 1 de la Resolución 289/2014, por el siguiente: Informar con la debida anticipación el cambio de sus itinerarios, al Administrador del Aeropuerto DGAC y Administrador del Aeropuerto Concesionado.
  4. Elimínese las viñetas segunda y cuarta del acápite COMPAÑÍAS NACIONALES del Anexo aprobado por el Artículo 1 de la Resolución No 289/2014.

Artículo 2.- Encomendar a Transporte Aéreo de la DGAC notifique a los miembros del Comité Nacional de Facilitación del Transporte Aéreo Internacional (FAL) con el contenido de esta Resolución.

Artículo 3.- Encargar a la Secretaría del Comité Nacional de Facilitación del Transporte Aéreo Internacional (FAL) la aplicación de lo establecido en esta Resolución.

Artículo 4.- Publicar la presente Resolución en el Registro Oficial y en el portal institucional de la Entidad.

Artículo 5.- La presente Resolución entrará en vigencia desde la fecha de suscripción sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.

Jueves 2 de Julio de 2015