Resolución 178 Planta de Beneficio Svetlana I para la fase de beneficio de minerales metálicos, ubicada en la provincia de El Oro

No. 178
Lorena Tapia Núñez
MINISTRA DEL AMBIENTE 

Resuelve:

Art. 1.- Aprobar la Actualización al Plan de Manejo Ambiental del proyecto Planta de Beneficio Svetlana I (Código 390421) para la Fase de Beneficio de Minerales Metálicos, ubicada en la Provincia de El Oro, sobre la base

del Oficio No. MAE-SCA-2014-3366 de fecha 22 de diciembre de 2014 e Informe Técnico No. 761-14-ULA- DNPCA-SCA-MA de 20 de diciembre de 2014, remitido mediante memorando Nro. MAE-DNPCA-2014-2548 de 21 de diciembre de 2014, y de conformidad con las coordenadas establecidas en el Certificado de Intersección emitido mediante Oficio Nro. MAE-DNPCA-2013-1399 de 22 de octubre de 2013.

Art. 2.- Declarar al proyecto “Actualización al Plan de Manejo Ambiental del proyecto Planta de Beneficio Svetlana I (Código 390421) para la Fase de Beneficio de Minerales Metálicos, ubicada en la provincia de El Oro, como parte integrante de la Resolución No. 849 de 18 de noviembre de 2013, mediante la cual se otorga la Licencia Ambiental a la Compañía Golden Valley Planta S.A., para el proyecto Planta de Beneficio Svetlana I (Código 390421), localizada en la provincia de El Oro.

Art. 3.- Modificar la Licencia Ambiental del proyecto Planta de Beneficio Svetlana I (Código 390421) para la Fase de Beneficio de Minerales Metálicos, ubicado en la provincia de El Oro, emitida mediante Resolución No. 849 de 18 de noviembre de 2013, a fin de que se incluyan las nuevas actividades propuestas en la Actualización al Plan de Manejo Ambiental del proyecto Planta de Beneficio Svetlana I (Código 390421) para la Fase de Beneficio de Minerales Metálicos, ubicada en la provincia de El Oro, aprobado mediante Oficio No. MAE-SCA-2014-3366 de fecha 22 de diciembre de 2014.

Art. 4.- Los documentos habilitantes que se presentaren para reforzar la evaluación ambiental del proyecto, pasarán a constituir parte integrante del Estudio de Impacto Ambiental, Plan de Manejo Ambiental, los mismos que deberán cumplirse estrictamente, caso contrario se procederá con la suspensión o revocatoria de la Licencia Ambiental conforme lo establecen los artículos 286 y 287 del Libro VI del Texto Unificado de Legislación Secundaria del Ministerio del Ambiente, expedido mediante Acuerdo Ministerial No. 028, publicado en la Edición Especial No. 270 del Registro Oficial de 13 de febrero de 2015.

NotifíqueseconlapresenteResoluciónal Representante Legal de la Compañía Golden Valley Planta S.A., y publíquese en el Registro Oficial por ser de interés general.

De la aplicación de esta Resolución se encarga la Subsecretaría de Calidad Ambiental y la Dirección Provincial de El Oro de este Ministerio.

Viernes 20 de Marzo de 2015