No. 2010-173
LA SECRETARÍA NACIONAL DEL AGUA
Resuelve
Artículo 1.- Declarar de utilidad pública con fines de expropiación, de carácter urgente y ocupación inmediata, a favor de la Secretaría Nacional del Agua, los inmuebles que se encuentran ubicados en el margen derecho del Canal Internacional Zarumilla, el mismo que tiene una longitud de 17,9 km, desde la Bocatoma La Palma, ubicada en el sector de Chacras, coordenadas 587922 E,9606998 N, hasta el actual Puente Internacional de Zarumilla, coordenadas 584.305 E, 9’615.522 N, de conformidad al siguiente detalle:
PROPIETARIO |
DESCRIPCIÓN |
LINDEROS Y DIMENSIONES |
AVALÚO DINAC |
Guamán Rentería Amanda Elaine |
Solar ubicado en la Lotización "Pizarro", en el sector o Barrio 9 de Octubre, en las calles Av. Machala y la intersección Galo Cárdenas, zona 01, sector 02, manzana No. 021, predio No. 038. |
NORTE: Predio desconocido, con 5,40 mts. SUR: Av. Machala, con 4,50 mts. ESTE: Predio de Carlos Calderón, 12,50 mts. OESTE: Predio de Luis López, con 12,80 mts. |
32.522,36 |
Bravo Benalcázar Rosa Amanda |
Predio urbano ubicado en la ciudad de Huquillas, compuesto de solar y construcción, signado con el No. 11, manzana 261, sector 2. Con 3 metros más o menos de frente por 13 mts, más o menos de fondo. La construcción es de hormigón armando, de 2 plantas altas y terraza, puertas de hierro enrollables. |
FRENTE: Plazoleta principal de comerciantes de Huaquillas. UN COSTADO: Establecimiento Comercial de Oswaldo Vicuña. OTRO COSTADO: establecimiento de Ubaldo Ríos. ATRÁS: Canal internacional. |
53,676,87 |
Cevallos Montero Rud Piedad Ríos Herrera Ubaldo Guillermo |
Inmueble convertido en régimen de propiedad horizontal, ubicado en esta ciudad, compuesto de 42,70 m2 y una construcción de 4 plantas, estructura de hormigón armado, paredes de ladrillo enlucidas de cemento interior y exteriormente, cubierta de loza de hormigón, teniendo el edificio 42,70 m2 y un área total de construcción 160,01 m2 |
NORTE: Propiedad de Alfonso Astudillo, con 13,40 mts. SUR: Propiedad de Alicia Puertas, con 13,40 mts. ESTE: Plazoleta, con 3,25 mts. OESTE: Canal Internacional, con 3,25 mts. |
42.947,74 |
Astudillo Paladines Flor Alicia Vicuña Astudillo Drivar Oswaldo Vicuña Astudillo Karol Tatiana Vicuña Astudillo Susana Gabriela |
Predio urbano, un kiosko y un solar que lo sustenta, con las medidas de 3 mts de frente por 10 mts de fondo, cupado la edificación mixta, techo de zinc, puertas de hierro, toda el área de terreno. |
FRENTE: Plazoleta Santa Marianita. ATRÁS: Canal Internacional. COSTADO DERECHO: Con vendedores. COSTADO IZQUIERDO: Puente Internacional Perú- Ecuador. |
33.857,85 |
Puertas Salvatierra Elías Teodoro Puertas Salvatierra Mauro Fabián Puertas Salvatierra Pablo Daniel |
Predio compuesto de solar y construcción estructura de hormigón, cubierta de loza de hormigón, paredes de ladrillo, con 4 lozas, piso de cemento, con 172,80 m2, de edificación con el No 24, manzana No. 21, sector 02, zona No 1. |
NORTE: Predio de los hermanos Puerta Salvatierra, con 10 mts. SUR: Predio de Olfo Vicuña, con 10,50 mts. ESTE: Plazoleta Marianita de Jesús, con 3 mts. OESTE: Canal Internacional, con 3,40 mts. |
144.099,32 |
Predio urbano compuesto de solar y construcción en la cabecera cantonal de Huaquillas, signado con el No 25, manzana No 21, sector No 2. La construcción es de 2 plantas de hormigón armado, la planta baja destinada al comercio, con mezzanine, piso de baldosa, puerta metálica erollable, y la planta alta con piso de cemento, puertas de madera, ventanas de aluminio y vidrio. |
NORTE: Predio de Alicia Cumandá, con 10 mts. SUR: Predio de Teodoro Puertas Citelly, con 9,90 mts. ESTE: Plazoleta Cívica, con 2,75 mts. OESTE: Canal Internacional, con 3,10 mts. |
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Eras Hidaldo Emma Luz Lozano Vega José Ernesto |
Solar urbano en el cantón Huaquillas, pertenece a la Ciudadela 9 de Octubre, manzana No. 21, sector No. 2. |
NORTE: Predio en posesión N. N., con 3,10 mts. SUR: Calle Machala con 3 mts. ESTE: Predio en posesión N. N., con 17,50 mts. OESTE: Predio de Norma Morocho, con 17,50 mts. |
43.507,94 |
PROPIETARIO |
DESCRIPCIÓN |
LINDEROS Y DIMENSIONES |
AVALÚO DINAC |
Vicuña Encalada Olfo Orlando |
Predio urbano ubicado en la ciudad de Huquillas, compuesto de solar y 2 kioscos de madera con paredes de cemento y techo de zinc |
FRENTE: Plazoleta del parque Huaquillas. ATRÁS Y POR UN COSTADO: Casa y patio de Rigoberto Arias. OTRO COSTADO: Con el Kiosco de Mario Jarrín. |
113.501,64 |
Medina Puertas Leticia Cumandá |
Inmueble consistente solar y construcción de hormigón armado, ubicado en la cabecera cantonal de Huaquillas, Plazoleta Pública y Canal Internacional. Construcción que consta de plata baja, primera planta alta, segunda planta alta y terraza. |
NORTE: Predio de Mariana Núñez, con 13, 67 mts. SUR: Predio de Jorge Suárez, con 13,67 mts. ESTE: Plazoleta Pública, con 3,20 mts. OESTE: Canal Internacional, con 3,20 mts. |
71.374,86 |
Artículo 2.- Sin perjuicio de la superficie, linderos y dimensiones detallados en el artículo anterior, la expropiación de los inmuebles se hará como cuerpo cierto y comprenderá sus usos, costumbres, derechos y servidumbres que le son anexos.
Artículo 3.- De conformidad a lo dispuesto en el segundo inciso del artículo 58 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, una vez perfeccionada la presente declaratoria de utilidad pública, se establece el lapso de hasta 90 días a fin de llegar a un acuerdo directo entre las partes, con respecto al valor de los inmuebles, en base al avalúo fijado por la Dirección Nacional de Avalúos y Catastros del Ministerio de Desarrollo Urbano y Vivienda.
Artículo 4.- En caso de llegar a un acuerdo con los propietarios en cuanto al precio, procédase a la compraventa del inmueble declarado de utilidad pública, y la correspondiente transferencia de dominio mediante la respectiva escritura pública que se inscribirá en el Registro de la Propiedad del cantón Huaquillas.
Artículo 5.- De no existir acuerdo en el precio, el propietario propondrá la respectiva demanda de expropiación del inmueble declarado de utilidad pública, de que trata esta resolución, de conformidad con las disposiciones del Código de Procedimiento Civil, y lo dispuesto en el inciso séptimo del artículo 58 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, demanda que versará únicamente sobre el precio del inmueble expropiado.
Artículo 6.- De conformidad a lo dispuesto en el segundo inciso del artículo 62 del Reglamento General de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, dispónese notificar con el contenido de la presente Resolución de Declaratoria de Utilidad Pública al señor Registrador de la Propiedad del cantón Huaquillas, a fin de que la inscriba en el registro correspondiente, requiriendo a dicho funcionario registral se abstenga de inscribir cualquier acto o contrato traslaticio de dominio o gravamen que limite el dominio del inmueble expropiado, de cualquier forma, a excepción de la escritura pública de transferencia de dominio del inmueble a favor de la Secretaría Nacional del Agua, que se derive de la presente declaratoria de utilidad pública.
Artículo 7.- De la ejecución de la presente resolución, encárguese a la Subsecretaría de la Demarcación Hidrográfica de Jubones en coordinación con la Coordinación General Jurídica quienes implementarán las acciones respectivas y brindarán el apoyo que fue necesario.
DISPOSICIÓN FINAL.- La presente resolución entrará en vigencia a partir de la fecha de suscripción, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial; para el efecto, será publicada por una sola vez y dada a conocer al público en general mediante uno de los periódicos de mayor circulación a nivel nacional.
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