Resolución 267-2015 Apruébese la Emisión Postal Conmemorativa denominada “Ecuador Libre de Aftosa”

No. 267-2015
Ricardo José Quiroga Magallanes
LA GERENCIA GENERAL DE LA EMPRESA PÚBLICA CORREOS DEL ECUADOR CDE E. P.

Resuelve:

Art. 1.- Aprobar la Emisión Postal Conmemorativa denominada “ECUADOR LIBRE DE AFTOSA” de la Empresa Pública Correos del Ecuador CDE-E.P., con el tiraje, valor características siguientes:

SELLO POSTAL 1

Valor del sello: US $ 0.75

Tiraje: 30.000 sellos Dimensión: 2,8 x 3,8cm. Impresión: IGM.-Offset Color: Policromía

Motivo: “Ecuador Libre de Aftosa”

Diseño: Correos del Ecuador CDE E.P

SELLO POSTAL 2

Valor del Sello: US $ 1.25

Tiraje: 30.000 sellos

Dimensión: 2,8 x 3,8 cm. Impresión: L.G.M.-Offset Color: Policromía

Motivo: “Ecuador Libre de Aftosa”

Diseño: Correos del Ecuador CDE E.P.

SELLO POSTAL 3

Valor del Sello: US $ 3.00

Tiraje: 30.00 sellos Dimensión: 2,8 x 3,8 cm. Impresión: I.G.M.-Offset Color: Policromía

Motivo: “Ecuador Libre de Aftosa”

Diseño: Correos del Ecuador CDE E.P

SOBRE DE PRIMER DÍA

Valor del Sello: UD $ 7.00

Tiraje: 460.00 sellos Dimensión: 1,6 x 10 cm. Impresión: Particular- Offset Color: Policromía

Motivo: “Ecuador Libre de Aftosa” ”

Diseño: Correos del Ecuador CDE E.P.

BOLETÍN INFORMATIVO

Valor del Boletín: Sin valor comercial

Tiraje: 600 boletines

Dimensión: 9.5x15 cm Impresión: Particular – Offset Color: Policromía

Motivo: “Ecuador Libre de Aftosa”

Diseño: Correos del Ecuador CDE E.P.

La emisión será presentada y puesta en circulación día 02 de junio de 2015, en la Ciudad de Quito.

Art. 2.- La impresión del Sello Postal denominado “ECUADOR LIBRE DE AFTOSA” se encuentra a cargo del Instituto Geográfico Militar, mediante el sistema offst en policromía, sujetándose a los diseños que entregue la Empresa Pública Correos del Ecuador CDE-E.P., en papel especial con marca de seguridad y según especificaciones constantes en el Artículo 1 de esta Resolución.

Art. 3.- La impresión de sobres de primer día y boletines informativos dentro del contrato No. CDE-EP-2015- DNCPN-035-RE.

Art. 4.- Esta Resolución entrará en vigencia a partir de la fecha de su expedición, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.

Viernes 1 de Mayo de 2015