No. 292-2015
EL PLENO DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA
RESUELVE:
REFORMAR LA RESOLUCIÓN 273-2014, DE 28
DE OCTUBRE DE 2014, MEDIANTE LA CUAL EL PLENO DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA RESOLVIÓ: “CREAR UNIDADES JUDICIALES: DE TRABAJO; INQUILINATO Y RELACIONES VECINALES; Y, CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN RIOBAMBA, PROVINCIA DE CHIMBORAZO”
Artículo 1.- Sustituir el artículo 18, por el siguiente texto:
“Artículo 18.- Las juezas y jueces que integran la Unidad Judicial Civil, con sede en el cantón Riobamba, serán competentes para conocer y resolver las siguientes materias:
1) Civil y Mercantil, conforme lo determinado en el artículo 240 del Código Orgánico de la Función Judicial y en el Código de Procedimiento Civil;
2) Inquilinato y Relaciones Vecinales, de conformidad a la disposición contenida en el artículo 243 del Código Orgánico de la Función Judicial y en la Ley de Inquilinato; y,
3) Constitucional, conforme las disposiciones comunes de garantías jurisdiccionales previstas en el Título III de la Constitución de la República del Ecuador y en la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional.”.
Artículo 2.- Agregar a continuación del artículo 18, los siguientes artículos innumerados:
“Artículo (…).- Suprimir la Unidad Judicial de Inquilinato y Relaciones Vecinales con sede en cantón Riobamba, Provincia de Chimborazo.
Artículo (…).- Las causas que se encuentran en conocimiento de las juezas y jueces de la judicatura suprimida, seguirán siendo conocidas y resueltas por las mismas juezas y jueces, quienes pasaran a integrar la Unidad Judicial Civil, con sede en el cantón Riobamba, con las mismas competencias en razón de la materia y territorio.
Artículo (…).- Las servidoras y los servidores judiciales que prestan sus servicios en la judicatura suprimida, pasarán a formar parte de la Unidad Judicial Civil, con sede en el cantón Riobamba, debiendo sujetarse a las disposiciones administrativas que emitan la Dirección Provincial de Chimborazo y la Dirección Nacional de Talento Humano del Consejo de la Judicatura.”.
DISPOSICIÓN DEROGATORIA
ÚNICA.- Derogar los artículos 7, 10, 11 y 12 del Capítulo II de la Resolución 273-2014, de 28 de octubre de 2014, mediante la cual el Pleno del Consejo de la Judicatura resolvió: “CREAR UNIDADES JUDICIALES: DE TRABAJO; INQUILINATO Y RELACIONES VECINALES; Y, CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN RIOBAMBA, PROVINCIA DE CHIMBORAZO”.
DISPOSICIONES FINALES
PRIMERA.- La ejecución de esta resolución estará a cargo en el ámbito de sus competencias de la Dirección General, la Dirección Nacional de Planificación, la Dirección Nacional de Tecnologías de la Información y Comunicaciones TIC´s, la Dirección Nacional de Talento Humano, la Dirección Nacional de Innovación, Desarrollo y Mejora Continua del Servicio Judicial, la Dirección Nacional de Gestión Procesal y la Dirección Provincial de Chimborazo del Consejo de la Judicatura.
SEGUNDA.- Esta resolución entrará en vigencia siete días después de su publicación en el registro oficial.
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