No. 514
EL CONSEJO DE COMERCIO EXTERIOR E INVERSIONES
Resuelve:
Artículo Unico.- Emitir dictamen favorable para modificar el Decreto Ejecutivo 1581 de 12 de febrero del 2009, para el diferimiento arancelario para la subpartida arancelaria 8438.30.00.00 del Arancel Nacional de Importaciones, en los siguientes términos:
En el artículo 1, donde dice:
CODIGO NANDINA DECISION 675 |
Detalle de la Mercancía |
Ad -Valórem |
Observaciones |
8438.30.00.00
|
- - - Maquinarias y aparatos para la industria azucarera |
0 %
|
Sólo para unidades funcionales con capacidad de procesamiento superior a 1.000 TM diarias. |
Debe decir:
Código NANDINA DECISION 675 |
Detalle de la Mercancía |
Ad-Valórem |
Observaciones |
8438.30.00.00 |
-Maquinaria y aparatos para la industria azucarera |
0% |
Solamente: Para unidades funcionales con capacidad de procesamiento superior a 1.000 TM diarias, vigente hasta el 12 de febrero del 2010. |
Esta resolución fue adoptada por el Consejo de Comercio Exterior e Inversiones (COMEXI), en sesión llevada a cabo el 17 de septiembre del 2009 y entrará en vigencia a partir de su publicación en el Registro Oficial.
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