No. 561
Marcela Aguiñaga Vallejo
MINISTRA DEL AMBIENTE
Resuelve:
Art. 1.- Otorgar licencia de aprovechamiento forestal especial Coca Sinclair EP, para el aprovechamiento de 154846,28 m³ (ciento cincuenta y cuatro mil ochocientos cuarenta y seis con veinte y ocho metros cúbicos de madera en pie), en un área de 205,84 hectáreas “Vía al Embalse Compensador y del Polígono de 1062,5 Ha (Área de Otros Usos)”, ubicado entre el cantón El Chaco, en la provincia de Napo y el cantón Gonzalo Pizarro en la provincia de Sucumbíos.
Ubicación Geográfica
Coordenadas extremas de la “Vía al Embalse Compensador y del Polígono de 1062,5 Ha (Área de Otros Usos)”.
X Y
228.543,55 9´995.337,82
225.083,76 9´985.763,06
Coordenadas Extremas de Áreas de Otros Usos
X Y
225.114,20 9´985.352,17
226.949,04 9´985.600,00
Coordenadas Extremas Helipuertos
X Y
222.489,00 9´992.809,00
219.907,00 9´989.982,00
Cantón El Chaco, en la provincia de Napo y el cantón Gonzalo Pizarro en la provincia de Sucumbíos.
Art. 2.- La empresa COCA SINCLAIR EP,seobliga a cumplir con las obligaciones contenidas en la Normativa Ambiental vigente así como en los artículos 36 y 39 del Acuerdo Ministerial No. 139 suscrito el 30 de diciembre del2009.Encasode incumplimiento seprocederá conforme a la ley. Además se obliga a:
- Informar cuando la actividad de la “Vía al Embalse Compensador y del Polígono de 1062,5 Ha (Área de Otros Usos)” haya alcanzado el 40% y 70% de construcción, y al término de la misma, a fin de programar las verificaciones de cumplimiento;
- Entregar un estudio florístico completo y documentado con fotografías, con descripción de las especies, de las áreas afectadas;
- Cubrir los gastos de operatividad para la verificación del cumplimiento cabal de los términos establecidos en la licencia de aprovechamiento forestal especial; y,
- Proporcionar al personal técnico del Ministerio del Ambiente, todas lasfacilidades para llevar a efecto los procesos de monitoreo, control, seguimiento y cumplimiento de la licencia de aprovechamiento forestal especial aprobada, durante la ejecución del proyecto y materia de otorgamiento de esta licencia.
Art. 3.- De la ejecución de la presente resolución encárguese a la Subsecretariade Patrimonio Naturalya la Dirección Nacional Forestal.
Art. 4.- Esta resolución entrará en vigencia a partir de su suscripción, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.
Comuníquese y publíquese.-
MINISTERIO DEL AMBIENTE 561
LICENCIA DE APROVECHAMIENTO FORESTAL ESPECIAL PARA LA CONSTRUCCIÓN DE LA “VÍA AL EMBALSE COMPENSADOR Y DEL POLÍGONO DE 1062,5 HA (ÁREA DE OTROS USOS)”
El Ministerio del Ambiente en su calidad de autoridad ambiental nacional, en cumplimiento de las disposiciones contenidas en la Constitución de la República del Ecuador, la Ley Forestal de Conservación y de Áreas Naturales y Vida Silvestre yel Acuerdo Ministerial No. 139 de fecha 30 de diciembre del 2009, relacionadas a la preservación del ambiente y el aprovechamiento forestal sustentable y el desarrollo sustentable, confiere la presente, licencia de aprovechamiento forestal especial a COCA SINCLAIR EP, en la persona de su representante legal, para el aprovechamiento de 154846,28 m³ (ciento cincuenta y cuatro mil ochocientos cuarenta y seis con veinte y ocho metros cúbicos de madera en pie), en un área de 205,84 hectáreas, para la construcción de la “Vía al Embalse Compensador y del Polígono de 1062,5 Ha (Área de Otros Usos)”, ubicado entre el cantón El Chaco, en la provincia de Napo y el cantón Gonzalo Pizarro en la provincia de Sucumbíos.
Ubicación Geográfica
Coordenadas extremas de la “Vía al Embalse Compensador y del Polígono de 1062,5 Ha (Área de Otros Usos)”.
X Y
228.543,55 9´995.337,82
225.083,76 9´985.763,06
Coordenadas Extremas de Áreas de Otros Usos
X Y
225.114,20 9´985.352,17
226.949,04 9´985.600,00
Coordenadas Extremas Helipuertos
X Y
222.489,00 9´992.809,00
219.907,00 9´989.982,00
Ubicado en el cantón El Chaco, en la provincia de Napo y el Cantón Gonzalo Pizarro en la provincia de Sucumbíos.
En virtud de la presente Licencia, COCASINCLAIR EP, se obliga alo siguiente:
- Cumplir estrictamente lo establecido en la resolución y licencia de aprovechamiento forestal especial para el presente proyecto.
- Informar cuando la actividad de la “Vía al Embalse Compensador y del Polígono de 1062,5 Ha (Área de Otros Usos)”, haya alcanzado el 40% y 70% de construcción, y al término de la misma, a fin de programar las verificaciones de cumplimiento.
- Realizar un estudio florístico completo, documentado con fotografías y con descripción de las especies presentes en el área del proyecto, así comoelaborará un documento informe y entregará al Ministerio del Ambiente.
- Cubrir los gastos de operatividad para la verificación del cumplimiento cabal de los términos establecidos en la licencia de aprovechamiento forestal especial.
- Proporcionar al personal técnico del Ministerio del Ambiente, todas las facilidades para llevar a efecto los procesos de monitoreo, control, seguimiento y cumplimiento de la licencia de aprovechamiento forestal especial aprobada, durante la ejecución del proyecto y materia de otorgamiento de esta licencia.
- A realizar el rescate de semillas de especies de la zona para ser utilizadas en la restauración de las áreas afectadas por el proyecto, lo cual deberá coordinar con el Ministerio del Ambiente.
- En las actividades de restauración de las áreas afectadas por el proyecto, Coca Sinclair E.P. utilizará especies nativas de la zona.
- Coordinar con la Dirección Nacional Forestal la implementación del plande restauración y manejo forestal, con la finalidad de garantizar el buen manejo de los remanentes de bosques y de la regeneración natural y laselección delas especies nativas para repoblación forestal que en las áreasafectadas por el proyecto.
- Coordinar con el Ministerio del Ambiente, la aplicación de las medidas necesarias para evitar problemas de colonización, aprovechamiento forestal, deforestación e invasiones dentro de las áreas de la “Vía al Embalse Compensador y del Polígono de 1062,5 Ha (Área de Otros Usos)”.
- En el caso de que el proyecto requiera ampliación, lo que implica afectar un área mayor a la aprobada (205,84 hectáreas), COCASINCLAIR EP, previamente pondrá a consideración del Ministerio del Ambiente, para lo cual deberá presentar el estudio técnico que lo justifique.
- Cancelar los costos de verificación del proyecto.
- Apoyar al equipo técnico del Ministerio del Ambiente, para facilitar los procesos de monitoreo y control del cumplimiento de obligaciones adquiridas por parte de COCA SINCLAIR EP, en la presente licencia.
La licencia de aprovechamiento forestal especial, tiene una duración de un (1) año desde la fecha de su expedición, en caso de que el beneficiario no pudiere ejecutar el proyecto en el tiempo establecido, antes de su vencimiento deberá solicitar su ampliación a la vigencia.
La presente licencia de aprovechamiento forestal especial se rige por las disposiciones de la Ley Forestal de Conservación y de Áreas Naturales y Vida Silvestre, Texto Unificado de la Legislación Secundaria del Ministerio del Ambiente, Normativa Ambiental vigente y tratándose de un acto administrativo, por el Estatuto del Régimen Jurídico Administrativo de la Función Ejecutiva.
Se dispone el registro de la licencia de aprovechamiento forestal especial en el registro nacional de fichas y licencias que lleva la Dirección Nacional Forestal.
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