Resolución 697 Apruébense los estudios de impacto ambiental expost y ex-ante, planes de manejo ambiental a Fase de exploración avanzada del proyecto minero Urcutambo (Cód. 403009), ubicado en la provincia de Pichincha

No. 697

Lorena Tapia Núñez

MINISTRA DEL AMBIENTE

Resuelve:

Art. 1. Aprobar el Estudio de Impacto Ambiental ex-ante y Plan de Manejo Ambiental, para la fase de exploración avanzada del proyecto minero Urcutambo (Cód. 403009), ubicado en la provincia de Pichincha, con Oficio No. MAE- SCA-2015-1818 de 12 de junio de 2015, y sobre la base del Informe Técnico No. 490-15-ULA-DNPCA-SCA-MA de 27 de mayo de 2015, remitido mediante Memorando No. MAE-DNPCA-2015-1531 de 27 de mayo de 2015, de conformidad con las coordenadas establecidas en el Certificado de Intersección emitido mediante oficio No. MAE-DNPCA-2012-1108 de 03 de agosto de 2012;

Art. 2. Otorgar la Licencia Ambiental a LA EMPRESA NACIONAL MINERA ENAMI EP, para la fase de exploración avanzada de minerales metálicos del proyecto minero Urcutambo (Cód. 403009), ubicada en la provincia de Pichincha, cantón Quito, parroquia Gualea;

Art. 3. Los documentos habilitantes que se presentaren para reforzar la evaluación ambiental del proyecto, pasarán a constituir parte integrante del Estudio de Impacto Ambiental ex-ante y Plan de Manejo Ambiental, para la fase de exploración avanzada de minerales metálicos del proyecto minero Urcutambo (Cód. 403009), ubicada en la provincia de Pichincha, los mismos que deberán cumplirse estrictamente, caso contrario se procederá con la suspensión o revocatoria de la Licencia Ambiental conforme lo establecen los artículos 281 y 282 del Libro VI del Texto Unificado de Legislación Secundaria del Ministerio del Ambiente, expedido mediante Acuerdo Ministerial No. 061 de 07 de abril de 2015, publicado en la Edición Especial No. 316 del Registro Oficial de 04 de mayo de 2015.

Notifíquese con la presente Resolución al Representante Legal de LA EMPRESA NACIONAL MINERA ENAMI EP, y publíquese en el Registro Oficial por ser de interés general.

De la aplicación de esta Resolución se encarga la Subsecretaría de Calidad Ambiental y la Dirección Provincial de Pichincha del Ministerio del Ambiente.

 

Martes 14 de Julio de 2015