Que, según lo dispuesto en el numeral 8 del Art. 120 de la Constitución de la República, y el numeral 8 del Art. 9 de la Ley Orgánica de la Función Legislativa es función de la Asamblea Nacional, aprobar o improbar los tratados internacionales en los casos que corresponda;
Que, de acuerdo a los numerales 3 y 4 del Art. 419 de la Constitución de la República, y a los numerales 3 y 4 del Art. 108 de de la Ley Orgánica de la Función Legislativa la ratificación de los tratados internacionales, requerirá de aprobación previa de la Asamblea Nacional, cuando contengan el compromiso de expedir, modificar o derogar una ley; y, se refieran a los derechos y garantías establecidas en la Constitución;
Que, mediante oficio No. T. 7168-SGJ-15-793, de 4 de noviembre de 2015, suscrito por el Presidente Constitucional de la República, Rafael Correa Delgado, se remite a la Asamblea Nacional, para el trámite respectivo, el Tratado de Marrakech para facilitar el acceso a las obras publicadas a personas ciegas, con discapacidad visual o con otras dificultades para acceder a texto impreso suscrito en la ciudad de Marrakech, Marruecos, el 28 de junio de 2013;
Que, conforme al numeral 1 del Art. 438 de la Constitución de la República, la Corte Constitucional declaró, mediante Dictamen No. 008-15-DTI-CC, de 21 de octubre de 2015, que las disposiciones contenidas en el ?Tratado de Marrakech para facilitar el acceso a las obras publicadas a personas ciegas, con discapacidad visual o con otras dificultades para acceder a texto impreso suscrito en la ciudad de Marrakech, Marruecos, el 28 de junio de 2013, guardan armonía con la Constitución de la República del Ecuador;
Que, conforme al Art. 108 de la Ley Orgánica de la Función Legislativa, la Comisión Especializada Permanente de Soberanía, Integración, Relaciones Internacionales y Seguridad Integral, emitió el informe referente al Tratado de Marrakech para facilitar el acceso a las obras publicadas a personas ciegas, con discapacidad visual o con otras dificultades para acceder a texto impreso ; y,
En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales: