Resolución ARCP-DE-2020-16 16 Refórmese al Reglamento de los Servicios Postales en Régimen de Libre Competencia, su catálogo de servicios postales y Reglamento de Títulos Habilitantes

Nro. ARCP-DE-2020-16

EL DIRECTOR EJECUTIVO,

ENCARGADO, DE LA AGENCIA DE REGULACIÓN Y CONTROL POSTAL

Resuelve:

Artículo 1.- Acoger la  recomendación  de  la  Dirección  de Regulación constante en el Informe Técnico de Pertinencia para la Reforma a los Siguientes Reglamentos “Reglamento de los Servicios Postales en Régimen de Libre  Competencia,  su  catálogo  de  servicios  postales   y Reglamento de Títulos Habilitantes”, adjunto al Memorando Nro. ARCP-DR-2020-0013-M de 02  de marzo de 2020.

Artículo 2.- Reformar los literales m), p) y q) del artículo  1 Definiciones del Reglamento de Títulos Habilitantes, expedido mediante Resolución Nro.  53-DE-ARCP-2016 de 15 de noviembre de 2016, publicado en el Suplemento del Registro Oficial Nro. 902 de 14 de diciembre de 2016 por el siguiente:

  • “m) Servicios postales en régimen de libre competencia. Se clasifican en: Mensajería Acelerada o Courier; Mensajería Especializada;  Postal  Logístico y Giro Postal”.
  • p) Servicios postales. Son todas las descritas en el Catálogo de Servicios Postales en Régimen de Libre Competencia y las establecidas en el Reglamento para la Prestación del Servicio Postal Universal”.
  • q) Catálogo de servicios postales. Es el documento técnico elaborado por la Agencia de Regulación y Control Postal que contiene las especificaciones y requisitos de cada servicio postal contenido en una operación postal y que pueden ser ofertadas por los operadores postales en régimen de libre competencia. La información contenida en el Catálogo mencionado será pública y le corresponde a la Dirección de Títulos Habilitantes su administración y actualización”.

Artículo 3.- Reformar el literal e) del artículo 41 Ingreso de la Solicitud del Reglamento de Títulos Habilitantes, expedido mediante Resolución Nro.  53-DE-ARCP-2016 de 15 de noviembre de 2016, publicado en el Suplemento del Registro Oficial Nro. 902 de 14 de diciembre de 2016 por el siguiente:

  • e) Servicios a prestar de acuerdo con el Catálogo de Servicios Postales”.

Artículo 4.- Disponer a la Dirección de Asesoría Jurídica la publicación de la presente Resolución en el Registro Oficial y a la Unidad de Comunicación Social su publicación en la página Web institucional.

Artículo 5.- Disponer a la Subdirección de Gestión Técnica,  Dirección  de  Regulación,  Dirección  de   Títulos Habilitantes, se encarguen de la ejecución de la presente Resolución de conformidad con sus funciones y atribuciones.

DISPOSICIÓN FINAL

La presente Resolución entrará en vigencia a partir de su suscripción sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.

Miércoles 4 de Marzo de 2020