No. ARCSA-DE-0047-2015-GGG
EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA AGENCIA NACIONAL DE REGULACIÓN, CONTROL Y VIGILANCIA SANITARIA – ARCSA
Resuelve:
Delegar a las siguientes autoridades que se encuentran dentro del nivel jerárquico superior, para que dentro del ámbito de sus competencias; y, en representación del Director Ejecutivo de la Agencia Nacional de Regulación, Control y Vigilancia Sanitaria, realicen y suscriban lo descrito a continuación:
Artículo 1.- Director/a de Planificación: Proceder a realizar todos los procesos de contratación que requiera la Agencia hasta por los montos establecidos en contratación de cuantías equivalentes o menores al 0,000002 del Presupuesto Inicial del Estado tanto de bienes o servicios normalizados como no normalizados, de acuerdo a lo que establece la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública y su Reglamento General; y, demás disposiciones emitidas por la entidad rectora en Contratación Pública.
- Autorizar la adquisición de bienes, obras o servicios;
- Suscribir Resoluciones de inicio de proceso y adjudicación, así como, aprobación de pliegos;
- Cancelar o declarar desierto procesos de contratación, sujetos a los tiempos y casos previstos en la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública;
- Conformar las Comisiones Técnicas de acuerdo con lo establecido en el artículo 18 del Reglamento General de la ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública;
- Designar al servidor encargado de llevar a cabo el procedimiento precontractual; y, los respectivos Administradores y fiscalizadores de los contratos;
- Suscribir los contratos a nombre y representación de la Agencia;
- Autorizar la concesión de prórrogas en los contratos suscritos, previo informe del Administrador del contrato;
- Dentro del proceso de ejecución contractual autorizar y suscribir contratos complementarios y/o contratos modificatorios, diferencia en cantidades de obra u órdenes de trabajo y todo lo que se requiera para la correcta ejecución del contrato;
- Designar la Comisión para la recepción provisional, parcial, total o definitiva, de bienes obras y servicios, incluidos los de consultoría;
- Autorizar la terminación de los contratos sea en forma unilateral o por mutuo acuerdo, de conformidad con lo establecido en la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública;
- Suscribir Resoluciones y Convenios de terminación de contrato por mutuo acuerdo;
- Suscribir Resoluciones de Terminación unilateral de contrato y todos los actos que se requieran para dicha terminación;
- Por excepción, cuando por circunstancias ajenas a la voluntad de la autoridad, se hayan recibido de terceros bienes, obras o servicios sin el correspondiente respaldo contractual, autorizar y suscribir Convenios de Pago;
- Suscribir Resoluciones presupuestarias por modificaciones.
Artículo 2.- Director/a de Asesoría Jurídica:
a) Ejercer la potestad sancionatoria, autorizando lo que legal y reglamentariamente se desprende de los procesos disciplinarios iniciados por la Dirección de Talento Humano a los servidores públicos de la ARCSA, conforme lo dispuesto Ley Orgánica del Servicio Público y su Reglamento, con excepción de los servidores públicos del nivel jerárquico superior
Artículo 3.- Director/a de Talento Humano:
a) Suscribir las acciones de personal de las y los servidores públicos de la ARCSA – Planta Central que no se encuentren en el nivel jerarquico superior, correspondientes a nombramientos provisionales, ingresos, reingresos, restitución o reintegro, traspasos, cambios administrativos, intercambios voluntarios, sesión de funciones, reclasificación de puestos; y, las acciones de personal que se deriven de un proceso administrativo de régimen disciplinario;
Artículo 4.- Director/a Administrativo/a Financiero/a a) Autorizar el pago de residencia para los funcionarios del nivel jerárquico superior.
Artículo 5.- Coordinadores Zonales:
a) Suscribir las acciones de personal de las y los servidores públicos de la Zonal a su cargo exceptuando servidores comprendidos en el nivel jerárquico superior, correspondientes a nombramientos, ingresos, reingresos, restitución o reintegro, cesación de funciones; y, las acciones de personal que se deriven de un proceso administrativo de régimen disciplinario.
DISPOCISIÓN DEROGATORIA
ÚNICA: Déjese sin efecto las atribuciones delegadas al Director de Planificación de la ARCSA, a través del artículo 2 de la Resolución No. ARCSA-DE-004-2015- GGG de 12 de enero de 2015, suscrita por el Director Ejecutivo de la Agencia Nacional de Regulación, Control y Vigilancia Sanitaria.
DISPOSICIONES GENERALES PRIMERA.- La ejecución de la presente resolución, no cambiará las responsabilidades y atribuciones delegadas a las diferentes Direcciones de la Agencia Nacional de Regulación, Control y Vigilancia Sanitaria, a través de la resolución No. ARCSA-DE-004-2015-GGG, de 12 de enero de 2015.
SEGUNDO.- En todos los documentos que por la presente delegación, deba suscribir, las diferentes autoridades de la Agencia Nacional de Regulación, Control y Vigilancia Sanitaria, se deberá hacer constar expresamente, la frase: “Por delegación del Director Ejecutivo”.
TERCERO.- La presente resolución entrará en vigencia a partir de su publicación en el Registro Oficial.
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