No. BCE-039-2015
EL GERENTE GENERAL
DEL BANCO CENTRAL DEL ECUADOR
Resuelve:
Artículo Primero.- Delegar al Subgerente de Programación y Regulación, o quien haga sus veces, para que a su nombre y representación, dentro del ámbito nacional, y con sujeción al Código Orgánico Monetario y Financiero, las Resoluciones de la Junta de Política y Regulación Monetaria y Financiera, los Reglamentos que fueren pertinentes y las instrucciones que imparta la Gerencia General, a fin de:
Suscribir los oficios dirigidos a la Superintendencia de Bancos y la Superintendencia de Economía Popular y Solidaria, para:
- Comunicar a la Superintendencia de Bancos y a la Superintendencia de la Economía Popular y Solidaria, el incumplimiento en el envío de la información sobre operaciones activas y pasivas por parte de las entidades del Sistema Financiero Nacional.
- Comunicar a la Superintendencia de Bancos y a la Superintendencia de la Economía Popular y Solidaria, sobre las operaciones de crédito que exceden las tasas activas efectivas máximas que se observen en el reporte de información que remiten las entidades del Sistema Financiero Nacional al Banco Central del Ecuador.
- Requerir y responder a las entidades del Sistema Financiero Nacional, la explicación sobre eventuales inconsistencias que se observen en el reporte de información de operaciones activas y pasivas que se remite al Banco Central del Ecuador.
Artículo Segundo.- Delegar al Subgerente de Servicios, o quien haga sus veces, para que a su nombre y representación, dentro del ámbito nacional, y con sujeción al Código Orgánico Monetario y Financiero, las Resoluciones de la Junta de Política y Regulación Monetaria y Financiera, los Reglamentos que fueren pertinentes y las instrucciones que imparta la Gerencia General, a fin de:
Suscribir los oficios dirigidos a la Superintendencia de Bancos y la Superintendencia de Economía Popular y Solidaria, para:
- Comunicar a la Superintendencia de Bancos y a la Superintendencia de la Economía Popular y Solidaria, el incumplimiento a la normativa vigente respecto de las Reservas Mínimas de Liquidez y Coeficiente de Liquidez Doméstica a la que están sujetas las entidades del Sistema Financiero Nacional.
- Comunicar a la Superintendencia de Bancos, sobre el incumplimiento a la normativa vigente respecto del Encaje de las entidades del Sistema Financiero Nacional al Banco Central del Ecuador.
- Responder a los requerimientos de la Superintendencia de Bancos y de la Superintendencia de la Economía Popular y Solidaria sobre las explicaciones del Sistema Financiero Nacional, a los incumplimientos reportados por el Banco Central del Ecuador sobre reservas mínimas de liquidez, coeficiente de liquidez doméstica y encaje.
DISPOSICION GENERAL:
ÚNICA.- La presente delegación no interfiere con las funciones y atribuciones asignadas específicamente a los funcionarios delegados.
ARTÍCULO FINAL.- La presente Resolución entrará en vigencia a partir de la presente fecha.
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